Inicio
Últimas normas legales
Autoriza Transferencia Financiera Partidas DS 313-2022-EF Economia y Finanzas
12/27/2022
Autoriza Transferencia Financiera Partidas DS 313-2022-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Decreto Supremo que autoriza Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de la Reserva de Contingencia y de diversos pliegos del Gobierno Nacional DS 313-2022-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDER…
Decreto Supremo que autoriza Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de la Reserva de Contingencia y de diversos pliegos del Gobierno Nacional
DS 313-2022-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, en el marco de las acciones orientadas al cierre del presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante el Oficio Nº 0665-2022-MTC/09, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, informa que cuenta con saldos disponibles, según la proyección de gastos efectuada al cierre del Año Fiscal 2022, provenientes de diversas partidas de gasto, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 82 868 610,00 (OCHENTA Y DOS MILLONES
OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS
DIEZ Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de lo establecido en el numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
Que, mediante Oficio Nº 767-2022-JUS/DM, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Instituto Nacional Penitenciario, para financiar el pago de servicios básicos y el servicio de alimentación de la población penal; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 529-2022-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con los sustentos respectivos;
Que, asimismo, mediante Oficio Nº 05436-2022-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio de Defensa, para financiar el pago de la planilla de pensionistas y las altas del personal militar; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00555-2022-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos respectivos;
Que, mediante Oficios OF. RE (MIN) Nº 2-5/65 y OF. RE (SGG) Nº 2-5-A/39, el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar el pago de obligaciones por concepto de servicio de procesamiento y emisión del Documento Nacional de ldentidad (DNl) al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y por las consultas efectuadas por las Oficinas Consulares para la expedición del "Certificado Consular de Antecedentes Penales" al Poder Judicial; adjuntando, para dicho efecto, el Informe (OPR) Nº OPR0070/2022, de la Oficina de Programación y Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos respectivos;
Que, mediante Memorando Nº 0716-2022-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), en mérito a la información remitida por el Ministerio de Defensa, informa el costo para financiar la planilla de pensionistas y las altas del personal militar que egresan de las Escuelas de Formación Militar de la Marina de Guerra del Perú;
Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 82 868
610,00 (OCHENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS
SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100
SOLES), a favor del Instituto Nacional Penitenciario, Ministerio de Relaciones Exteriores y Ministerio de Defensa, para el financiamiento de lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 36.5 del artículo 36 y el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO
MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los saldos disponibles según proyección de gastos al cierre del Año Fiscal 2022, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco del numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo Nº 1440, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 82,868,610.00
============
TOTAL EGRESOS 82,868,610.00
============
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que No Resultan en Productos
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 82,868,610.00
============
TOTAL EGRESOS 82,868,610.00
============
Artículo 2.- Transferencia de Partidas a favor de diversos Pliegos 2.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 82 868 610,00 (OCHENTA Y
DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO
MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional Penitenciario, Ministerio de Relaciones Exteriores y Ministerio de Defensa, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar los fines descritos en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, en el marco del numeral 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo Nº 1440, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 82,868,610.00
============
TOTAL EGRESOS 82,868,610.00
============
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 22,195,060.00
2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 38,804,806.00
2.3 Bienes y Servicios 21,868,744.00
============
TOTAL EGRESOS 82,868,610.00
============
2.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 2.1 del presente artículo, se encuentra en el Anexo "Transferencia de Partidas a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob. pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3.- Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 El Titular del pliego habilitador en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, así como los Titulares de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 2.1 del artículo 2;
aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para la Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las Transferencia de Partidas a que hace referencia en el numeral 2.1 del artículo 2 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 313-2022-EF que autoriza Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de la Reserva de Contingencia y de diversos pliegos del Gobierno Nacional
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 313-2022-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-12-27
- Fecha de aplicacion : 2022-12-28
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- junio 2023 (8)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)