1/31/2023
Documento Técnico: Plan Nacional Vacunación RM 099-2023/MINSA Salud
Poder Ejecutivo, Salud Aprueban el Documento Técnico: Plan Nacional de Vacunación contra el Virus del Papiloma Humano - 2023 RM 099-2023/MINSA Lima, 30 de enero del 2023 Visto, el Expediente Nº DGIESP20230000063, que contiene la Nota Informativa Nº D000057-2023-DGIESP-MINSA y el Informe Nº D000014-2023-DGIESP-DMUNI-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; el Memorándum Nº D000213-2023-OGPPM-MINSA y el Informe Nº D000010-2023-OGPPM-OPEE-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº D000088-2023-OGAJ-MINSA de la O…
Aprueban el Documento Técnico: Plan Nacional de Vacunación contra el Virus del Papiloma Humano - 2023
RM 099-2023/MINSA
Lima, 30 de enero del 2023
Visto, el Expediente Nº DGIESP20230000063, que contiene la Nota Informativa Nº D000057-2023-DGIESP-MINSA y el Informe Nº D000014-2023-DGIESP-DMUNI-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; el Memorándum Nº D000213-2023-OGPPM-MINSA y el Informe Nº D000010-2023-OGPPM-OPEE-MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº D000088-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto
Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otras;
Que, conforme a los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 28010, Ley General de Vacunas, las actividades de vacunación son obligatorias para la salud pública nacional por su elevado impacto en la prevención y control de las enfermedades prevenibles por vacunación. El Ministerio de Salud en su calidad de ente rector es el responsable de establecer la sectorización y el calendario de vacunación, así como de vigilar su cumplimiento;
Que, con Resolución Ministerial Nº 884-2022/MINSA
se aprueba la NTS Nº 196-MINSA/DGIESP-2022, Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación, cuyo numeral 6.1 incluye como parte del mencionado esquema la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano;
Que, el artículo 38 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se han asignado recursos en el pliego Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 10 365
000,00 (Diez Millones Trescientos Sesenta y Cinco Mil y 00/100 Soles) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el Programa Presupuestal 0024 Prevención y Control del Cáncer, para financiar el cierre de brechas de las intervenciones de vacunación contra el Virus del Papiloma Humano;
Que, de otro lado, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de salud pública en materia de inmunizaciones, entre otras;
Que, asimismo, los literales a), b) y d) del artículo 64 del precitado Reglamento señalan como funciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, coordinar, proponer y supervisar las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños en materia de inmunizaciones, entre otras; proponer, evaluar y supervisar la implementación de políticas, normas, lineamientos y otros documentos normativos en materia de intervenciones estratégicas de salud pública; así como proponer, conducir, supervisar y evaluar el planeamiento y/o modelo de las acciones de las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños a la salud, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio de Salud, así como con los gobiernos regionales;
Que, con los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública propone la aprobación del Documento Técnico: Plan Nacional de Vacunación contra el Virus del Papiloma Humano - 2023;
Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Instituto Nacional de Salud, del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado mediante los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y Nº 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Incorporar el numeral 8.2 al numeral 8 de la NTS Nº 196-MINSA/DGIESP-2022, Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación, aprobada por Resolución Ministerial Nº 884-2022/MINSA, de acuerdo al siguiente texto:
"8. DISPOSICIONES EN SITUACIONES
ESPECIALES (...)
8.2. Disponer que, para el Año Fiscal 2023, las niñas y los niños de las Instituciones Educativas públicas y privadas que cursen el quinto (5to.) grado de primaria sean vacunadas, teniendo en cuenta que aquellas niñas que recibieron la primera dosis de la vacuna completan la segunda dosis con un intervalo mínimo de seis (06) meses."
Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO
Ministra de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 099-2023/MINSA Aprueban el Documento Técnico: Plan Nacional de Vacunación contra el Virus del Papiloma Humano - 2023
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 099-2023/MINSA
- Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-01-31
- Fecha de aplicacion : 2023-02-01
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