4/18/2023
Autoriza Transferencia Partidas Presupuesto DS 064-2023-EF Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables DS 064-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante los Decretos Supremos Nº 024-2023-PCM, Nº 028-2023-PCM, Nº 029-2023-PCM, Nº 030-2023-PCM, Nº 034-2023-PCM, Nº 035-2023-PCM, Nº 036-2023-PCM, Nº 038-2023-PCM, Nº 039-2023-PCM y Nº 044-2023-PCM, se declara el Estado de Emergencia en distritos de diversos departamentos del país, por peligro inminen…
Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
DS 064-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Oficio Nº D000698-2023-MIMP-SG, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar la implementación de la Estrategia SonRIE y garantizar la continuidad de los servicios brindados por las Unidades de Protección Especial, Centros de Acogida Residencial y Centros de Emergencia Mujer, en el marco de las declaratorias de Estado de Emergencia por peligro inminente e impacto de daños a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº D000128-2023-MIMP-PRE, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del referido Ministerio, con los respectivos sustentos;
Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 7
239 269,00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA
Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE Y
00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente Año Fiscal;
De conformidad con lo establecido en los artículos 53
y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS
SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para financiar la implementación de la Estrategia SonRIE y garantizar la continuidad de los servicios brindados por las Unidades de Protección Especial, los Centros de Acogida Residencial y los Centros de Emergencia Mujer, en el marco de las declaratorias de Estado de Emergencia por peligro inminente e impacto de daños a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 7 239 269,00
===========
TOTAL EGRESOS 7 239 269,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 7 060 769,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 178 500,00
===========
TOTAL EGRESOS 7 239 269,00
===========
1.2. El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se encuentra en el Anexo: "Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables", que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 064-2023-EF que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 064-2023-EF
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-04-18
- Fecha de aplicacion : 2023-04-19
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