5/06/2023

Procedimiento Prestación Servicio Integral RV 017-2023-MINEM/VMH Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban el "Procedimiento para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna y la ejecución de Proyectos de Masificación de Gas Natural en el marco de los Programas de Promoción de Suministros de Gas Natural financiados por el Fondo de Inclusión Social Energético - FISE" RV 017-2023-MINEM/VMH Lima, 3 de mayo de 2023 VISTOS: El Informe Nº 103-2023-MINEM/DGH de la Dirección General de Hidrocarburos; y el Informe Nº 489-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con …
Poder Ejecutivo, Defensa
Aprueban el "Procedimiento para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna y la ejecución de Proyectos de Masificación de Gas Natural en el marco de los Programas de Promoción de Suministros de Gas Natural financiados por el Fondo de Inclusión Social Energético - FISE"
RV 017-2023-MINEM/VMH
Lima, 3 de mayo de 2023
VISTOS: El Informe Nº 103-2023-MINEM/DGH de la Dirección General de Hidrocarburos; y el Informe Nº 489-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos. Asimismo, el artículo 5 de dicha norma señala como competencias exclusivas del MINEM: i)
Diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; ii) Regular la infraestructura pública de carácter y alcance nacional en materia de energía y de minería; y iii) Otorgar y reconocer derechos correspondientes en el ámbito de su competencia, con excepción de aquellos transferidos en el marco del proceso de descentralización;

Que, mediante la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, Ley del FISE), se crea el Fondo de Inclusión Social Energético (en adelante, FISE), como un sistema de compensación energética que permita brindar seguridad al sistema, así como de un esquema de compensación social y mecanismos de acceso universal a la energía;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de Ley del FISE
señala que el FISE se destinará, entre otros fines, a la masificación del uso del gas natural mediante el financiamiento parcial o total de las conexiones de consumidores regulados, sistemas o medios de distribución o transporte, y conversiones vehiculares, todo, de acuerdo con el Plan de Acceso Universal a la Energía, aprobado por el MINEM;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM (en adelante, Reglamento del FISE), señala que el FISE destinará los recursos necesarios para la masificación del uso residencial y vehicular del gas natural y a la promoción de nuevos suministros a que se refieren el numeral 5.1 del artículo 5 y el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley del FISE;

Que, los numerales 18.1 y 18.2 del artículo 18 del Reglamento del FISE señalan que el MINEM establece la cartera de proyectos del Programa Anual de Promociones a ejecutarse con recursos del FISE, considerando su disponibilidad financiera, y que como entidad decisora y promotora de los mencionados proyectos, es el responsable que el diseño y/o la ejecución de los proyectos consideren mecanismos competitivos para su aprovisionamiento que garanticen su eficiencia;

Que, mediante el numeral 10.5 del artículo 10 del Reglamento FISE se establece que los recursos del FISE podrán ser utilizados para cubrir, individual o conjuntamente, una parte o la totalidad del Derecho de Conexión, la Acometida y el Servicio Integral de Instalación Interna; siendo que para el caso del Servicio Integral de Instalación Interna, el Administrador del FISE
suscribirá convenios con las Empresas Instaladoras inscritas en el registro del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin o con los concesionarios de distribución de gas natural cuando corresponda; asimismo, se establece que el Administrador del FISE puede desarrollar licitaciones para el Servicio Integral de Instalación Interna; para lo cual, las bases de las licitaciones y modelos de contrato serán aprobados y supervisados por el Administrador, estableciendo el Osinergmin, si fuera necesario, precios máximos y cantidades mínimas de conexiones, bajo mecanismos que propicien la competencia;

Que, mediante Resolución Secretarial Nº 028-2020-MINEM/SG, se aprobó el Procedimiento para celebrar Convenios para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna y Otros Servicios en el marco de los Programas de Promoción de Suministros de Gas Natural a ejecutarse con recursos del FISE, el cual establece los requisitos que las empresas instaladoras inscritas en el Registro de Instaladores de Gas Natural o los concesionarios de distribución de gas 27 NORMAS LEGALES
Sábado 6 de mayo de 2023
natural deben cumplir para prestar el Servicio Integral de Instalación Interna y otros servicios en el marco de los Programas de Promoción de Suministros de Gas Natural a ejecutarse con recursos del FISE, conforme a lo establecido en el Programa Anual de Promociones aprobado por el MINEM;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 063-2005-EM, a través del cual se dictan normas para promover el consumo masivo de gas natural, se dispone que el Administrador del FISE puede ejecutar proyectos de abastecimiento de GNC y/o GNL, descomprimido o regasificado, según sea el caso, para el cumplimiento de los fines del FISE, de acuerdo a los lineamientos que para tal finalidad se establezcan;

Que, desde el 01 de febrero de 2020, el MINEM viene ejerciendo las funciones del Administrador del FISE; por lo que, en el marco de los convenios suscritos con las empresas instaladoras y los concesionarios de distribución de gas natural se ha identificado oportunidades de mejora en la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna en el marco del cumplimiento del Programa Anual de Promociones; así como otras actividades y/o servicios para el desarrollo del mismo;

Que, en este contexto, en atención a las facultades que posee el MINEM contenidas en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; así como lo previsto en la Ley del FISE
y su reglamento, resulta necesario aprobar el marco normativo que regule los requisitos para la suscripción de convenios, así como que contemple las obligaciones y lineamientos para las empresas instaladoras que participan en los programas que son financiados por el FISE y establecer los requisitos y el procedimiento para la realización de licitaciones del Servicio Integral de Instalación Interna;

Que, en atención a lo previsto en la Ley del FISE y su reglamento, en concordancia con el cumplimiento de la Política Energética Nacional del Perú 2010-2040, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 064-2010-EM y el Plan de Acceso Universal a la Energía 2023
- 2027, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 053-2023-MINEM/DM, a efectos de continuar con el desarrollo de proyectos para acelerar el acceso de la población al servicio público de distribución de gas natural, corresponde al MINEM establecer lineamientos, requisitos y procedimientos para la ejecución de proyectos de masificación de gas natural, conforme a lo establecido en el Programa Anual de Promociones;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 231-2020-MINEM/DM, se delegó en el Viceministro de Hidrocarburos del MINEM el ejercicio de las facultades y atribuciones que la Ley FISE y su reglamento, normas reglamentarias y demás Directivas emitidas para la administración del FISE o normas que la sustituyan, asignan al Administrador del FISE, dentro de las cuales se encuentra aprobar mediante Resolución Viceministerial los procedimientos, directivas, manuales, instrumentos de gestión y/o documentos normativos necesarios para la adecuada aplicación, implementación y administración del FISE;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2012-EM y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 064-2010-EM, que aprueba la Política Energética Nacional del Perú 2010-2040, y el Plan de Acceso Universal a la Energía 2023
- 2027, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 053-2023-MINEM/DM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el "Procedimiento para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna y la ejecución de Proyectos de Masificación de Gas Natural en el marco de los Programas de Promoción de Suministros de Gas Natural financiados por el Fondo de Inclusión Social Energético - FISE", el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial.

Artículo 2.- En el plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados desde la publicación de la presente norma, el Administrador del FISE realiza las convocatorias de Empresas Instaladoras GNR, de acuerdo a lo dispuesto en el procedimiento aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Viceministerial.

Artículo 3.- Disponer que el Organismo Supervisor de Inversión en Energía y Minería - Osinergmin realice la supervisión y fiscalización del cumplimiento del procedimiento aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo establecido en el numeral 9.2 de la Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, Ley Nº 29852 y el artículo 17 del reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2012-EM.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y de su anexo, en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ENRIQUE BISETTI SOLARI
Viceministro de Hidrocarburos

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 017-2023-MINEM/VMH Aprueban el "Procedimiento para la prestación del Servicio Integral de Instalación Interna y la ejecución de Proyectos de Masificación de Gas Natural en el marco de los Programas de Promoción de Suministros de Gas Natural financiados por el Fondo de Inclusión Social Energético - FISE"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 017-2023-MINEM/VMH
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-05-06
  • Fecha de aplicacion : 2023-05-07

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