7/05/2023

Como Mecanismo Gestión Participativa Protección RM 000261-2023-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Aprueban como mecanismo para la gestión participativa en la protección, salvaguardia y preservación del patrimonio cultural, el reconocimiento de "Embajadores de la Cultura"; y reconocen como "Embajadores de la Cultura" a niños rimenses de Mariscal Castilla RM 000261-2023-MC San Borja, 4 de julio del 2023 VISTOS: los expedientes Nº 0082934, Nº 0082940 y 0084650 presentados por la Municipalidad del Rímac; el Proveído Nº 005523-2023-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000122-2023-DGDP/M…
Poder Ejecutivo, Cultura
Aprueban como mecanismo para la gestión participativa en la protección, salvaguardia y preservación del patrimonio cultural, el reconocimiento de "Embajadores de la Cultura"; y reconocen como "Embajadores de la Cultura" a niños rimenses de Mariscal Castilla
RM 000261-2023-MC
San Borja, 4 de julio del 2023
VISTOS: los expedientes Nº 0082934, Nº 0082940
y 0084650 presentados por la Municipalidad del Rímac;
el Proveído Nº 005523-2023-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000122-2023-DGDP/MC de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000994-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público con autonomía administrativa y económica, constituyendo pliego presupuestal del Estado; estableciéndose en el artículo 3
que el sector cultura comprende al Ministerio de Cultura, las entidades a su cargo, las organizaciones públicas de nivel nacional y otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia, incluyendo a las personas naturales o jurídicas que realizan actividades referidas al sector cultura;

Que, asimismo, conforme al literal e) del artículo 7 de la referida ley, el Ministerio de Cultura tiene como función exclusiva, propiciar la participación de la población, las organizaciones de la sociedad civil y las comunidades en la gestión de protección, conservación y promoción de las expresiones artísticas, las industrias culturales y el Patrimonio Cultural Material e Inmaterial de la Nación, propiciando el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2020-MC, se aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030, como un documento que sustenta la acción pública en materia de derechos culturales y, que permite integrar, alinear y dar coherencia a las estrategias e intervenciones con el propósito de servir mejor a la ciudadanía; y tiene como objetivo promover un mayor ejercicio de los derechos culturales, garantizando el acceso, participación y contribución de los/las ciudadanos/as en la vida cultural;

Que, la referida política nacional presenta objetivos prioritarios que son el centro de la apuesta estratégica de la Política Nacional de Cultura al 2030, conteniendo indicadores que medirán su desempeño y, lineamientos que concretarán las intervenciones del sector; dichos Objetivos Prioritarios (OP) son: OP1) Fortalecer la valoración de la diversidad cultural; OP2) Incrementar la participación de la población en las expresiones artístico -
culturales; OP3) Fortalecer el desarrollo sostenible de las artes e industrias culturales y creativas; OP4) Fortalecer la valoración del patrimonio cultural; OP5) Fortalecer la protección y salvaguardia del patrimonio cultural para su uso social; y, OP6) Garantizar la sostenibilidad de la gobernanza cultural;

Que, los Lineamientos 4.1 y 4.5 del Objetivo Prioritario 4 de la citada Política Nacional de Cultura, establecen que el Ministerio de Cultura debe "implementar programas de sensibilización, de información y formativos para el conocimiento y apropiación social del patrimonio cultural"; y "generar mecanismos para la gestión participativa en la protección, salvaguardia y preservación del patrimonio cultural";

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 000215-2023-MC, se resolvió aprobar la institucionalización del mecanismo "Gana Cultura", en su modalidad virtual y/o presencial, con la finalidad de difundir en los niños, niñas y adolescentes, y hacer conocer, valorar, promover y proteger nuestra cultura como un instrumento que fortalece el orgullo, la identidad y la unión nacional, a través de las propuestas educativas didácticas:
"PATRIACTÍVATE POR LA DEFENSA DEL PATRIMONIO
CULTURAL", "PATRIDADO, REVALORANDO NUESTRO
PATRIMONIO" y "TRAS LAS HUELLAS DE LA
INDEPENDENCIA", y las que se generen;

Que, el artículo 71 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, dispone que la Dirección General de Defensa del Patrimonio es el órgano de línea que tiene a su cargo la protección, defensa, recuperación, repatriación, vigilancia y custodia de los bienes integrantes pertenecientes al patrimonio cultural de la Nación; y el numeral 72.9 del artículo 72 del citado ROF establece que tiene como función proponer recursos pedagógicos y actividades orientadas a la formación de valores relacionados con la protección y defensa del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 76 del citado ROF dispone que la Dirección de Participación Ciudadana, unidad orgánica de la Dirección General de Defensa del Patrimonio, tiene a cargo promover y ejecutar acciones para la formación de valores y el cambio de actitudes en la sociedad civil a favor de la protección y defensa de nuestro patrimonio cultural, a través del fomento de una actitud participativa y responsable entre las personas e instituciones públicas y privadas involucradas en su gestión y conservación;

Que, mediante los expedientes Nº 82934, 82940
y 84650, la Municipalidad del Rímac solicita el reconocimiento a los niños rimenses de Mariscal Castilla como "Embajadores de la Cultura", ganadores de la copa interbarrios organizado por la Municipalidad Distrital del Rímac, que representarán al Perú en la Copa "Gothia Cup" en Gotemburgo, Suecia;

Que, mediante el Informe Nº 000122-2023-DGDP/ MC, la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural hace suyo el Informe Nº 000048-2023/DPAC/MC
elaborado por la Dirección de Participación Ciudadana, donde se considera pertinente emitir el acto resolutivo que institucionalice el mecanismo "Embajadores de la Cultura", como reconocimiento destinado a la gestión participativa de la ciudadanía en la preservación, salvaguarda, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del patrimonio cultural. Asimismo, solicita se proceda con el reconocimiento de los niños rimenses de Mariscal Castilla como "Embajadores de la Cultura";

Que, en el mencionado Informe se señala que en el caso de los niños rimenses de Mariscal Castilla, se realizó la jornada de inducción el 19 de junio de 2023 que comprendió un total de 3 horas, la cual abarcó un recorrido a la Huaca San Borja, a la Sala Paracas, al Patio de las Artes, Videowall y al Gran Teatro Nacional, así como un taller a cargo de la Dirección de Participación Ciudadana con el apoyo de la Dirección de Recuperaciones y la Dirección del Libro y la Lectura, brindándose información relacionada con el ámbito cultural, utilizándose las propuestas educativas didácticas de "Gana Cultura", en el marco del nombramiento solicitado, concluyendo con la redacción de los compromisos que asumirían los niños rimenses Mariscal Castilla como "Embajadores de la cultura" de nuestro país; cabe indicar que estos niños, cuyas edades bordean los 10 años, han demostrado ser imagen de esfuerzo y superación, y representarán al Perú en la Copa "Gothia Cup" en Gotemburgo, Suecia;

Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el reconocimiento de "Embajadores de la Cultura", mecanismo para la gestión participativa en la protección, salvaguardia y preservación del patrimonio cultural; y que reconozca a los niños rimenses de Mariscal Castilla como "Embajadores de la Cultura";

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección
General de Defensa del Patrimonio Cultural y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; el Decreto Supremo Nº 009-2020-MC, que aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030; y el Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM, o que aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del mecanismo 1.1 APROBAR como mecanismo para la gestión participativa en la protección, salvaguardia y preservación del patrimonio cultural, el reconocimiento de "Embajadores de la Cultura", de conformidad con lo previsto en los lineamientos 4.1 y 4.5 del Objetivo Prioritario 4 de la Política Nacional de Cultura, aprobada por Decreto Supremo Nº 009-2020-MC.

1.2 El mecanismo "Embajadores de la Cultura" se realiza a través de una jornada de inducción de tres horas que comprende: i) Taller: Espacio lúdico educativo y cultural donde se brindarán y afianzarán conocimientos relacionados a la cultura nacional y la labor que realiza el Ministerio de Cultura; ii) Visita a un sitio arqueológico y/o histórico y/o áreas representativas del Ministerio de Cultura; iii) Redacción de los compromisos que asumirían los participantes.

1.3 Este reconocimiento está dirigido para niños/as y jóvenes que cumplan los siguientes requisitos: i) Ser peruano/a de nacimiento, ii) contar con una de edad de 8
a 15 años; iii) Representar al país a nivel internacional, y iv) Ser imagen de esfuerzo y superación.

Artículo 2.- RECONOCER como "Embajadores de la Cultura" a los niños rimenses de Mariscal Castilla, en mérito de las consideraciones expuestas en la presente resolución, conforme con los siguientes nombres y apellidos:

1. JHON ESTEBAN ALVAREZ CANSAYA identificado con DNI Nº 77972141.

2. TIAGO JOHAN BULEJÉ HINOJOSA identificado con DNI Nº 78057525.

3. JAMAL RUBIO LUIS CUEVA MATUTE identificado con DNI Nº 77846854.

4. JESUS LANDON DONOVAN CHUMACERO
PAREDES identificado con DNI Nº 77986383.

5. RENEE AYMAR HUAYHUA DELGADO identificado con DNI Nº 77554494.

6. EDUARDO ANTONIO LAZARTE CUROTTO
identificado con DNI Nº 77737360.

7. THIAGO HELDER FABIANO MORALES ORDINOLA
identificado con DNI Nº 77956605.

8. JOSÉ KAMIL PORRAS MINCHAN identificado con
DNI Nº 77594845.

9. MATHÍAS ADRÍAN TEJADA CRUZ identificado con
DNI Nº 77520458.

10. IKER ROBERTO ZAMBRANO PAUCAR
identificado con DNI Nº 77745072.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Participación Ciudadana de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, difundir y promover el mecanismo de "Embajadores de la Cultura".

Artículo 4.- La aplicación de lo dispuesto en la presente resolución, no irroga gasto adicional al pliego presupuestal del Ministerio de Cultura.

Artículo 5.- Notificar la presente resolución a la Municipalidad Distrital del Rímac, para conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000261-2023-MC Aprueban como mecanismo para la gestión participativa en la protección, salvaguardia y preservación del patrimonio cultural, el reconocimiento de "Embajadores de la Cultura"; y reconocen como "Embajadores de la Cultura" a niños rimenses de Mariscal Castilla
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000261-2023-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-07-05
  • Fecha de aplicacion : 2023-07-06

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