7/28/2023
Rs 027 2023 de Crea Comisión Multisectorial 038-2023-DE Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Modifican la R.S. Nº 027-2023-DE, que crea la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Defensa, con el objeto de elaborar un informe técnico que evalúe y recomiende acciones para optimizar el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, creado por Ley Nº 28455 RS 038-2023-DE Lima, 27 de julio de 2023 VISTOS: El Informe Nº 00003-2023-MINDEF/VRD-CM-RS-Nº027-2023-DE, de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema Nº 027-2023-DE; el Informe Nº 00168-2023-MINDEF/ VRD-DGPP-DIDOM, de la Direcci…
Modifican la R.S. Nº 027-2023-DE, que crea la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Defensa, con el objeto de elaborar un informe técnico que evalúe y recomiende acciones para optimizar el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, creado por Ley Nº 28455
RS 038-2023-DE
Lima, 27 de julio de 2023
VISTOS:
El Informe Nº 00003-2023-MINDEF/VRD-CM-RS-Nº027-2023-DE, de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema Nº 027-2023-DE; el Informe Nº 00168-2023-MINDEF/ VRD-DGPP-DIDOM, de la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 01133-2023-MINDEF/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
señala que el Fondo es administrado por un Comité que asigna los recursos de acuerdo a los planes estratégicos de modernización, repotenciación, renovación, reemplazo y reparación, del equipamiento, los que deben ser aprobados por el Consejo de Defensa Nacional y formalizados por resolución suprema de la Presidencia del Consejo de Ministros, y refrendado por el sector correspondiente;
Que, el artículo 11 del Reglamento de la Ley Nº 28455, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2005-DE-SG, contempla como funciones del Comité de Administración el formular la política de administración de dicho Fondo; el asignar los recursos de acuerdo a la disponibilidad del Fondo y según los Planes Estratégicos de las Instituciones Armadas y Policía Nacional del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 5 del citado Reglamento; la de identificar y proponer al Poder Ejecutivo fuentes adicionales de ingresos para incrementar los recursos del Fondo, en concordancia con lo dispuesto en el inciso e) del artículo 2 de la Ley Nº 28455; y, la de supervisar las actividades de la Secretaría Técnica;
Que, el artículo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, prevé que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal son creadas con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos; las mismas que se crean formalmente mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados;
Que, el numeral 4.1.2 del Anexo de la Directiva Nº 001-2013-PCM, "Lineamientos sobre las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 268-2013-PCM, establece que "las Comisiones Multisectoriales Temporales se extinguen cuando cumplen sus funciones dentro del periodo de existencia establecido en su norma de creación. En caso dicho periodo se encuentre por vencer sin que la Comisión haya culminado de cumplir sus funciones, deberá tramitarse la emisión de la Resolución Suprema que amplíe su periodo de existencia";
Que, con Resolución Suprema Nº 027-2023-DE, se crea la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Defensa, con el objeto de elaborar un informe técnico que evalúe y recomiende acciones para optimizar el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, creado por Ley Nº 28455;
Que, el artículo 6 de la citada Resolución Suprema señala que la Comisión Multisectorial tiene una vigencia de sesenta (60) días calendario, desde su fecha de instalación; plazo en el cual debe presentar un informe técnico al Ministro de Defensa;
Que, a través del Informe Nº 00003-2023-MINDEF/ VRD-CM-RS-Nº027-2023-DE, la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema Nº 027-2023-DE, solicita la ampliación de la vigencia del colegiado por un plazo adicional de quince (15)
días calendario, lo cual permitirá obtener la información necesaria para elaborar el informe técnico para su posterior remisión al Ministro de Defensa;
Que, mediante Informe Nº 00168-2023-MINDEF/ VRD-DGPP-DIDOM, la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, concluye que, desde el punto de vista organizacional, es viable la ampliación de la vigencia de la Comisión Multisectorial por un plazo adicional de quince (15) días calendario;
Que, a través del Informe Legal Nº 01 133-2023-MINDEF/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa estima legalmente viable la
tramitación de una Resolución Suprema que modifique el artículo 6 de la Resolución Suprema Nº 027-2023-DE, con el objeto de ampliar la vigencia de la Comisión Multisectorial, por quince (15) días calendario, esto es, de sesenta a setenta y cinco (75) días calendario, a fin de recabar y procesar en forma oportuna la información necesaria que permita culminar la elaboración del informe técnico que evalúe y recomiende acciones para optimizar el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, creado por Ley Nº 28455;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;
SE RESUELVE:
Modificar el artículo 6 de la Resolución Suprema Nº 027-2023-DE, en los siguientes términos:
"Artículo 6.- Vigencia La Comisión Multisectorial tiene una vigencia de setenta y cinco (75) días calendario, contados desde su fecha de instalación; plazo en el cual debe presentar un informe técnico al Ministro de Defensa."
Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Defensa, por el Ministro del Interior y por el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA
Ministro de Defensa
OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH
Ministro de Energía y Minas
VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ
Ministro del Interior
NORMA LEGAL:
- Titulo: RS 038-2023-DE Modifican la R.S. Nº 027-2023-DE, que crea la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Defensa, con el objeto de elaborar un informe técnico que evalúe y recomiende acciones para optimizar el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, creado por Ley Nº 28455
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
- Numero : 038-2023-DE
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-07-28
- Fecha de aplicacion : 2023-07-29
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