9/12/2023

Grupo Trabajo Transferencia Instalación E Inicio RM 398-2023-VIVIENDA Transportes y Comunicaciones

Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones Crean el "Grupo de Trabajo para la transferencia, instalación e inicio de gestiones para la incorporación de la Procuraduría Pública sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado" RM 398-2023-VIVIENDA Lima, 11 de setiembre de 2023 VISTOS: El Oficio Nº D000024-2023-JUS/PGE-CTPPPGE de la Comisión de Transferencia de las Procuradurías Públicas a la Procuraduría General del Estado; los Memorándums Nº 1142-2023-VIVIENDA/ OGPP y Nº 1607-2023-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeami…
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones
Crean el "Grupo de Trabajo para la transferencia, instalación e inicio de gestiones para la incorporación de la Procuraduría Pública sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado"
RM 398-2023-VIVIENDA
Lima, 11 de setiembre de 2023
VISTOS: El Oficio Nº D000024-2023-JUS/PGE-CTPPPGE de la Comisión de Transferencia de las Procuradurías Públicas a la Procuraduría General del Estado; los Memorándums Nº 1142-2023-VIVIENDA/ OGPP y Nº 1607-2023-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 231-2023-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 798-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, modificada por el artículo único de la Ley Nº 31778, establece que "La implementación de la Procuraduría General del Estado, así como el proceso de transferencia de plazas, personal, recursos presupuestarios, bienes y acervo documentario de las procuradurías públicas a la Procuraduría General del Estado, se encuentra sujeto al plan de implementación de la Procuraduría General del Estado, aprobado por resolución ministerial del ministro de Justicia y Derechos Humanos, con opinión previa del Ministerio de Economía y Finanzas en cuanto se refiere a los aspectos presupuestales del referido proceso de transferencia, en el cual no se encuentran comprendidas las procuradurías públicas del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos. Las entidades públicas que cuentan con Procuradurías Públicas y que se encuentran comprendidas en el mencionado Plan de Implementación, quedan autorizadas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Procuraduría General del Estado, a efectos de transferir los recursos correspondientes en el marco de dicho Plan. Las mencionadas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el/a Ministro/a de Economía y Finanzas y el/a Ministro/a de Justicia y Derechos Humanos, a propuesta de este último. (...)";

Que, de conformidad con lo dispuesto por la Décima Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, "El Plan de implementación a que se refiere la Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1326, comprende la incorporación y transferencia de las procuradurías públicas de todos los niveles de gobierno a la Procuraduría General del Estado. Las Procuradurías Públicas Especializadas, forman parte de la estructura orgánica de la Procuraduría General del Estado, se encuentran en primer orden. (...)";

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0287-2022-JUS, se aprueba el Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado, conforme lo dispuesto en la Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1326 y la Décima Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS; cuyo objetivo es "Establecer el proceso de incorporación progresiva de las Procuradurías Públicas a la Procuraduría General del Estado, asegurando la adecuada transferencia de plazas, personal, recursos presupuestarios, bienes y acervo documentario";

Que, a través del documento de Vistos, la Comisión de Transferencia de las Procuradurías Públicas a la Procuraduría General del Estado, ha solicitado la creación de un órgano colegiado de transferencia, instalación e inicio de gestiones para la incorporación de la Procuraduría Pública sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado;

Que, en ese contexto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de los Memorándums Nº 1142-2023-VIVIENDA/OGPP y Nº 1607-2023-VIVIENDA/OGPP, sustentada en el Informe Nº 231-2023-VIVIENDA/OGPP-OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, propone la creación del Grupo de Trabajo denominado "Grupo de Trabajo de naturaleza temporal para la transferencia, instalación e inicio de gestiones para la incorporación de la Procuraduría Pública sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado";

Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, precisando que, para otras funciones distintas a las precitadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo;

Que, de conformidad con lo establecido en los numerales 28.1 y 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias, los grupos de trabajo sectoriales y multisectoriales son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual dependen y se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su período de vigencia;

Que, a través del Memorándum Nº 2408-2023- VIVIENDA-PP, la Procuraduría Pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento opina favorablemente sobre la propuesta formulada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Que, con Informe Nº 798-2023-VIVIENDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial respectiva;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y su modificatoria;
el Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS;
y la Resolución Ministerial Nº 0287-2022-JUS, que aprueba el Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Crear el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado "Grupo de Trabajo para la transferencia, instalación e inicio de gestiones para la incorporación de la Procuraduría Pública sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado" (en adelante Grupo de Trabajo Sectorial).

Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo Sectorial tiene por objeto, contribuir al proceso de transferencia de la Procuraduría Pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Implementación aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0287-2022-JUS.

Artículo 3.- Conformación El Grupo de Trabajo Sectorial está integrado de la siguiente manera:
a) El/la Secretario/a General, quien lo preside.
b) El/la Director/a de la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo.
c) El/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos.
d) El/la Director/a General de la Oficina General de Estadística e Informática.
e) El/la Director/a de la Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial.
f) El/la Director/a de la Oficina de Presupuesto.

Los/las integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial ejercen sus funciones ad honorem y pueden contar con un/a representante alterno/a quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del/de la titular.

Artículo 4.- Funciones El Grupo de Trabajo Sectorial tiene a su cargo las siguientes funciones:
a) Revisar y atender las solicitudes de información a ser transferida a la Procuraduría General del Estado.
b) Revisar y suscribir las actas de transferencia a ser celebradas con la Procuraduría General del Estado.
c) Elaborar y presentar un informe de cierre de proceso de trasferencia de plazas, personal, recursos presupuestarios, bienes, acervo documentario y demás de la Procuraduría Pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado.
d) Otras que sean necesarias en el marco del proceso de transferencia de la Procuraduría Pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado.

Artículo 5.- Designación de representantes Los/as integrantes que conforman el Grupo de Trabajo Sectorial, así como sus representantes alternos/as, se acreditan mediante comunicación dirigida a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial está a cargo de la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo, la cual brinda apoyo técnico y administrativo para el cumplimiento del objeto y funciones del Grupo de Trabajo Sectorial.

Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo Sectorial se instala dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo a que se refiere el artículo 5 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 8.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al presupuesto institucional de los órganos y unidades orgánicas involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 9.- Periodo de vigencia El Grupo de Trabajo Sectorial tiene una vigencia de dos (2) años, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación.

Artículo 10.- Notificación Disponer la notificación de la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA
Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 398-2023-VIVIENDA Crean el "Grupo de Trabajo para la transferencia, instalación e inicio de gestiones para la incorporación de la Procuraduría Pública sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a la Procuraduría General del Estado"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 398-2023-VIVIENDA
  • Emitida por : Transportes y Comunicaciones - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-09-12
  • Fecha de aplicacion : 2023-09-13

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