10/17/2023

Incorporación Un 01 Procedimiento RM 301-2023-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban incorporación de un (01) procedimiento administrativo del Ministerio de la Producción (PRODUCE) para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior RM 301-2023-MINCETUR Lima, 11 de octubre de 2023 VISTOS, el Informe Nº 0017-2023-MINCETUR/VMCE/ DGFCE/DVUCEPT-YND de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas, de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior; y el Memorándum Nº 795-2023-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Ext…
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban incorporación de un (01) procedimiento administrativo del Ministerio de la Producción (PRODUCE) para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior
RM 301-2023-MINCETUR
Lima, 11 de octubre de 2023
VISTOS, el Informe Nº 0017-2023-MINCETUR/VMCE/ DGFCE/DVUCEPT-YND de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas, de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior; y el Memorándum Nº 795-2023-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 2 de Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, se define a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) como el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional;
así como gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de dicho sistema;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que establece, entre otros aspectos, las reglas para el funcionamiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) a través de sus diversos Componentes y Servicios que presta a la comunidad del comercio exterior;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, detalla las entidades públicas comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la VUCE y que cuentan con procesos, procedimientos y trámites vinculados al ámbito de aplicación de la misma, entre las cuales, figura el Ministerio de la Producción (PRODUCE);

Que, mediante los documentos de vistos, el Viceministerio de Comercio Exterior alcanza un proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la incorporación de un (01) procedimiento administrativo de PRODUCE para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la VUCE, asimismo, remite el Acta de Certificación Nº 2023-002-PRODUCE que lo sustenta; razón por la cual resulta procedente emitir la Resolución Ministerial que aprueba su incorporación;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR
y sus modificatorias; la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 008-2020-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la incorporación de un (01)
procedimiento administrativo del Ministerio de la Producción (PRODUCE) para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), el cual se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
ANEXO
INCORPORACIÓN DE UN (1) PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DEL MINISTERIO DE LA
PRODUCCIÓN (PRODUCE) A LA VENTANILLA ÚNICA
DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE) DEL MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO (MINCETUR)

DENOMINACIÓN DEL PROCED-IMIENTO ADMINISTRATIVO
ENTIDAD COMPE-TENTE
1
Constancia de Cumplimiento del Regla-mento Técnico sobre Cilindros de Alta Presión para Almacenamiento de Gas Natural Comprimido (GNC) utilizado como combustible para Vehículos Au-tomotores y Dispositivos de Sujeción de Cilindros para Gas Natural Comprimido.

Ministerio de la Producción (PRODUCE)

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 301-2023-MINCETUR Aprueban incorporación de un (01) procedimiento administrativo del Ministerio de la Producción (PRODUCE) para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 301-2023-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-10-17
  • Fecha de aplicacion : 2023-10-18

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