10/17/2023
Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 226-2023-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RM 226-2023-PCM Lima, 16 de octubre de 2023 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31638, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica de…
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RM 226-2023-PCM
Lima, 16 de octubre de 2023
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM;
Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando además que las transferencias financieras en el caso del Gobierno Nacional, se aprueban mediante Resolución del Titular del Pliego y se publican en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG se aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que deben transferirse a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; consignándose en la "Comisión Ad Hoc-Ley Nº 29625 (Fonavi-Ex MEF-Fonavi en liquidación", los montos de S/ 56 320,00 por retribución económica; S/ 10
138,00 por Impuesto General a las Ventas; y, S/ 3 379,00
por derecho de designación y supervisión; así como, en la "Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625", los montos de S/ 40 960,00
por retribución económica; S/ 7 373,00 por Impuesto General a las Ventas; y, S/ 2 458,00 por derecho de designación y supervisión;
Que, la Gerencia de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República con los Oficios Nº 000078 y Nº 000083-2023-CG/GRECE solicita a la Comisión Ad Hoc-Ley 29625 / FONAVI y a la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625, la transferencia de recursos hasta por el monto de S/ 132 916,00 y S/ 96 666,00, respectivamente, para atender la retribución económica que incluye el IGV por los periodos 2023-2024;
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante el Informe Nº D000260-2023-PCM-OGPP emite opinión favorable en materia presupuestal, para el trámite de transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, a fin de cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría correspondiente a los periodos 2023-2024 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros-Unidad Ejecutora 020 PCM Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625, hasta por el importe de S/ 229 582,00 (DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES);
Que, en virtud de lo antes expuesto y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente autorizar la transferencia financiera por el monto de S/ 229 582,00 (DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que realice labores de control posterior externo de los periodos 2023- 2024 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República; y, la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros-PCM; la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG; y, la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM
que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS Y
00/100 SOLES).
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 020: PCM Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, y específica de gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 020: PCM- Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625, para que realice las acciones administrativas que correspondan.
Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 226-2023-PCM Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 226-2023-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-10-17
- Fecha de aplicacion : 2023-10-18
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- febrero 2025 (38)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)