10/12/2023
Publicación Proyecto Decreto Supremo reglamento RM 217-2023-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el "Reglamento de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI)" y su Exposición de Motivos RM 217-2023-PCM Lima, 11 de octubre de 2023 CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Constitución Política del Perú señala que es deber del Estado promover el desarrollo científico y tecnológico del país; Que, la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), tiene p…
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el "Reglamento de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI)" y su Exposición de Motivos
RM 217-2023-PCM
Lima, 11 de octubre de 2023
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), tiene por objeto crear y normar el SINACTI y regular los fines, funciones y organización del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC); para impulsar, promover, fortalecer y consolidar las capacidades de ciencia, tecnología e innovación del país, para contribuir a su desarrollo sustentable y al bienestar de su población;
Que, mediante el artículo 3 de la Ley Nº 31250, se crea el SINACTI como un sistema funcional del Poder Ejecutivo, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de ciencia, tecnología e innovación (CTI), articulando las diversas actividades e intervenciones de las entidades de la administración pública; y, para promover las actividades de las empresas, organizaciones de la sociedad civil, la academia y los ciudadanos, orientadas a alcanzar los objetivos del país en el ámbito de la CTI;
Que, el artículo 4, concordante con el artículo 14 de la Ley Nº 31250, dispone que el CONCYTEC, organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, es el ente rector del SINACTI, constituyéndose en la autoridad técnico-normativa, en el ámbito nacional, sobre la materia;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31250, dispone que el Poder Ejecutivo aprueba y publica el reglamento de dicha ley, a propuesta del CONCYTEC;
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, regula el principio de participación y transparencia, según el cual, las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo, conforme a los procedimientos establecidos por la ley. Para ello, las entidades del Poder Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a información, conforme a ley;
Que, asimismo, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, prescribe que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; precisando que, dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, bajo dicho marco normativo, el CONCYTEC
ha elaborado el proyecto de "Reglamento de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI)" y propone su publicación;
Que, en ese sentido, resulta necesario disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el "Reglamento de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI)" y de su respectiva Exposición de Motivos, por un plazo de diez (10) días calendario, con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI); el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Establecer el plazo de diez (10) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, para recibir las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general; las mismas que deben ser presentadas en la Mesa de Partes del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC (mesadepartes@concytec.gob.pe) o remitidas a la dirección electrónica comentariossinacti@concytec.gob. pe.
Artículo 3.- Encargar al Consejo Nacional de Ciencia, T ecnología e Innovación T ecnológica - CONCYTEC recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones que se presenten.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 217-2023-PCM Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el "Reglamento de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI)" y su Exposición de Motivos
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 217-2023-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-10-12
- Fecha de aplicacion : 2023-10-13
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