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Transferencia Financiera Recursos Favor Gobierno RM 326-2024-MINEM/DM Defensa
8/22/2024
Transferencia Financiera Recursos Favor Gobierno RM 326-2024-MINEM/DM Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque RM 326-2024-MINEM/DM Lima, 21 de agosto de 2024 VISTOS: El Informe Nº 250-2024-MINEM/OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional y el Informe Nº 003-2024-MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto, correspondientes a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 239-2024/MINEM-OGA-OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 804-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;…
Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque
RM 326-2024-MINEM/DM
Lima, 21 de agosto de 2024
VISTOS: El Informe Nº 250-2024-MINEM/OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional y el Informe Nº 003-2024-MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto, correspondientes a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 239-2024/MINEM-OGA-OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 804-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el acápite i) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza de manera excepcional al Ministerio de Energía y Minas - MINEM, a realizar transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales, destinadas a financiar exclusivamente, a las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para financiar el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por la suma de S/ 5 200 000,00 (Cinco millones doscientos mil y 00/100 Soles);
Que, en el literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la precitada Ley, dispone, que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso de los acápites i y ii. Las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos. Asimismo, el penúltimo párrafo del citado literal ordena que, las entidades que reciben las transferencias financieras deben informar al MINEM
los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes;
Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, dispone que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 de la citada ley, se realizan en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la cual se publica en el diario oficial "El Peruano";
26 NORMAS LEGALES Jueves 22 de agosto de 2024
Que, el numeral 13.4 del citado artículo 13 establece que la entidad pública que transfiere, con excepción del acápite v) del literal i) del numeral 13.1 del artículo 13, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia;
Que, con fecha 13 de febrero de 2024, el MINEM y el Gobierno Regional de Lambayeque (en adelante, GORE Lambayeque), suscribieron el Convenio de Cooperación y Gestión, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a la Dirección Regional de Energía y Minas o a la unidad de organización que haga sus veces, para realizar las competencias y atribuciones en las materias de energía y minería del mencionado GORE, a fin de que cuente con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia;
Que, conforme lo establece el numeral 5.2 de la Cláusula Quinta del citado Convenio, se constituirá un Equipo de Coordinación, conformado por el/la Director(a)
Regional de Energía y Minas o quien haga sus veces en el GORE y el/la Jefe(a) de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINEM, el cual estará a cargo de la ejecución, coordinación y monitoreo del cumplimiento del Convenio, los cuales informarán a sus respectivas entidades respecto del desarrollo de las actividades a implementarse;
Que, de acuerdo a lo señalado en el literal a) del numeral 6.1 de la Cláusula Sexta del citado convenio, el MINEM se compromete a destinar los recursos presupuestales necesarios para la contratación de personal profesional y especializado para que desarrollen las competencias en las materias de energía y de minería, en el año fiscal 2024, por un monto de hasta S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles);
Que, asimismo, el literal b) del numeral 6.1 de la Cláusula Sexta del referido Convenio, estipula que la Segunda Transferencia se efectuará en el segundo semestre del 2024, por el monto de hasta S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), previa presentación del Informe de Avances y Logros correspondiente al primer y segundo trimestre del 2024, con la conformidad del mismo por parte de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe Nº 003-2024-MINEM-OGPP-OPRE, emitió opinión favorable para efectuar las transferencias financieras a favor de los GORE hasta por la suma de S/ 5 200 000,00 (Cinco millones doscientos mil y 00/100 Soles);
Que, a través del Informe Nº 250-2024-MINEM/ OGPP-ODICR, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se pronuncia, indicando que el GORE Lambayeque cumplió con presentar los Informes de Avances y Logros del Convenio 2024, dando la conformidad de los mismos a través de los Informes Nº 151-2024-MINEM/OGPP-ODICR y 248-2024-MINEM/ OGPP-ODICR, a fin que se realice la transferencia a favor del mencionado GORE, cumpliéndose así con lo establecido en la Cláusula Sexta del citado Convenio;
Que, la Oficina de Presupuesto ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2024-00031-001, con cargo a la Meta Nº 0050 y SIAF Nº 0000000027, por el monto de hasta S/ 5 200 000,00 (Cinco millones doscientos mil y 00/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;
Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante el Informe Nº 239-2024/ MINEM-OGA-OFIN, informa que el MINEM dispone de los recursos financieros hasta el monto de S/ 100,000.00 (Cien mil con 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y cuenta con los documentos sustentatorios requeridos que permiten realizar la segunda transferencia financiera a favor del GORE Lambayeque, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, por lo que resulta pertinente su aprobación;
Que, mediante Informe Nº 804-2024-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia financiera de recursos a favor del GORE
Lambayeque;
Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, resulta necesario autorizar la segunda transferencia de recursos del MINEM, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), a favor del GORE Lambayeque;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2017, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles)
2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 100 000,00
Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:
A LA:
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles)
Pliego 452 : Gobierno Regional de Lambayeque 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Lambayeque - Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0855
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20479569780
Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Lambayeque, correspondiente al Año Fiscal 2024.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RÓMULO MUCHO MAMANI
Ministro de Energía y Minas
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 326-2024-MINEM/DM Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Lambayeque
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 326-2024-MINEM/DM
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-08-22
- Fecha de aplicacion : 2024-08-23
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