11/29/2024
Publicación Proyecto Decreto Supremo RM 0388-2024-MIDAGRI Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2024-MIDAGRI RM 0388-2024-MIDAGRI Lima, 28 de noviembre de 2024 VISTOS: El Memorando Nº 1617-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/ DGAAA de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; los Informes Nº 0004 y Nº 0006-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGAAA-DGAA-MLAS, de la Dirección de Gestión Ambiental Agraria; y, el Informe Nº 1378-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CON…
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2024-MIDAGRI
RM 0388-2024-MIDAGRI
Lima, 28 de noviembre de 2024
VISTOS:
El Memorando Nº 1617-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/ DGAAA de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; los Informes Nº 0004 y Nº 0006-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGAAA-DGAA-MLAS, de la Dirección de Gestión Ambiental Agraria; y, el Informe Nº 1378-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2 del artículo 6 de la referida Ley, establece como funciones generales de este Ministerio, las funciones técnico-normativas que, comprende, entre otras, aprobar disposiciones normativas de su competencia, así como las demás que señale la ley;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2024-MIDAGRI, se aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, el cual tiene por objeto regular la gestión ambiental de los proyectos de inversión y actividades del sector agrario y de riego, a fin de prevenir y minimizar, y cuando no sea posible ello, restaurar y compensar los impactos ambientales negativos que pudieran generarse, con el fin de asegurar la sostenibilidad ambiental de los proyectos de inversión y las actividades de referido sector, así como promover una mejor calidad de vida y el desarrollo integral de la población;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, establece que las Autoridades Competentes, bajo responsabilidad, deben elaborar o actualizar sus normas relativas a la evaluación de impacto ambiental en coordinación con el Ministerio del Ambiente, adecuándolas a lo dispuesto en el citado Reglamento;
Que, de acuerdo con el inciso d) del artículo 8 del referido Reglamento, las autoridades competentes tienen la función de emitir normas para regular y orientar el proceso de evaluación de impacto ambiental de los proyectos de inversión a su cargo;
Que, el literal a) del artículo 108 del T exto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, establece que es una función de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios proponer planes, programas, estrategias, normas y lineamientos para mejorar la gestión ambiental del Sector, el aprovechamiento sostenible del recurso suelo de uso agrario, y la reducción de la vulnerabilidad y la adaptación y mitigación al cambio climático;
Que, en ese contexto, mediante Memorando Nº 1617-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGAAA, la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, a través del Informe Nº 0004-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA-DGAA-MLAS, ampliado con el Informe Nº 0006-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA-DGAA-MLAS, de la Dirección de Gestión Ambiental Agraria, propone y sustenta la modificación del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2024-MIDAGRI, con la finalidad de regular y/o precisar aspectos ambientales del sector agrario y de riego, solicitando su publicación previa a su aprobación;
Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en 23 NORMAS LEGALES
Viernes 29 de noviembre de 2024
Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales deben ser puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de publicación del proyecto debe publicarse en el diario oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el Portal de Transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de diez (10) días útiles;
Que, por otro lado, el numeral 4.10 del artículo 4 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, define a la publicación de proyectos normativos como la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses;
Que, estando a la normativa glosada precedentemente, así como el sustento de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, contenido los Informes Nº 0004
y Nº 0006-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA-DGAA-MLAS, corresponde disponer la publicación, mediante resolución ministerial, del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2024-MIDAGRI, así como su Exposición de Motivos que la sustenta, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a efecto de recibir los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; y, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Recepción de comentarios y consolidación Disponer que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, se encargue de la recepción, consolidación, sistematización y análisis de los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, según corresponda, respecto del proyecto normativo, citado en el artículo precedente, las que se recibirán a través del documento denominado "Formato de comentarios, aportes, opiniones y sugerencias", que en Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial, o vía correo electrónico institucional a la dirección consultas_dgaaa@
midagri.gob.pe, a fin de elaborar la propuesta final del acotado proyecto normativo.
Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, el proyecto de Decreto Supremo y su Exposición de Motivos en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial y su Anexo en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
ANEXO
FORMATO DE COMENTARIOS, APORTES, OPINIONES Y SUGERENCIAS
Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2024-MIDAGRI
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, pone a consideración del público interesado el contenido del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2024-MIDAGRI, a fin de recibir comentarios, aportes, opiniones y sugerencias de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda, los que se efectuarán por escrito a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; vía correo electrónico institucional: consultas_dgaaa@midagri.gob.pe; o, a través de la mesa de partes virtual del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dentro del plazo de quince (15) días calendario, de acuerdo al formato siguiente:
Artículo del proyecto normativo Comentarios, aportes, opiniones y sugerencias
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0388-2024-MIDAGRI Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2024-MIDAGRI
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0388-2024-MIDAGRI
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2024-11-29
- Fecha de aplicacion : 2024-11-30
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)