12/28/2024

Dos 02 Fichas Homologación Denominadas: malla RM 0426-2024-MIDAGRI Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Aprueban dos (02) Fichas de Homologación denominadas: "Malla ganadera de 1,20 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana" y "Malla ganadera de 0,90 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana" RM 0426-2024-MIDAGRI Lima, 27 de diciembre de 2024 VISTOS: El Oficio Nº 2400-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Agrario Rural - AGRO RURAL, sobre la aprobación…
Poder Ejecutivo, Cultura
Aprueban dos (02) Fichas de Homologación denominadas: "Malla ganadera de 1,20 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana" y "Malla ganadera de 0,90 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana"
RM 0426-2024-MIDAGRI
Lima, 27 de diciembre de 2024
VISTOS:

El Oficio Nº 2400-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO
RURAL-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Agrario Rural - AGRO RURAL, sobre la aprobación de dos (02) Fichas de Homologación; el Oficio Nº 000447-2024-PERU COMPRAS-JEFATURA de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS y el Informe Nº 1522-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, ejerciendo competencia en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; fl ora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación;
debiendo elaborar y actualizar su plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS;
una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentren bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, los numerales 30.1 y 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones 33 NORMAS LEGALES
Sábado 28 de diciembre de 2024
del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, (en adelante el Reglamento) señalan que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERU COMPRAS y que el uso de la Ficha de Homologación es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siempre que no se haya convocado el procedimiento de selección correspondiente;

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento establece, entre otros, que la aprobación de la Ficha de Homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERU COMPRAS, siendo esta facultad indelegable;

Que, el numeral 31.2 del artículo 31 del Reglamento establece que el proyecto de Ficha de Homologación se prepublica en el portal institucional de la Entidad que realiza la homologación, de PERU COMPRAS y en el SEACE a fin de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido por un periodo mínimo de quince (15) días hábiles, contando la Entidad con un plazo de quince (15) días hábiles para evaluar y, de ser el caso, modificar el proyecto de ficha de homologación, esto concordante con los numerales 8.7 y 8.9 de la Directiva Nº Nº 008-2023-PERU COMPRAS denominada "Disposiciones que regulan el Proceso de Homologación de Requerimientos" (en adelante la Directiva) aprobada por Resolución Jefatural Nº 000164-2023-PERU
COMPRAS-JEFATURA;

Que, el numeral 8.10 de la citada Directiva establece que una vez finalizadas las actividades de prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación y evaluación de comentarios, recomendaciones y observaciones al proyecto de Ficha de Homologación, los ministerios solicitarán a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS emitir opinión respecto de la viabilidad del proyecto de Fichas de Homologación;

Que, el sub numeral 8.13.1 del numeral 8.13 de la Directiva señala que contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante Resolución Ministerial, la cual será publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el sub numeral 8.13.2 del numeral 8.13 de la Directiva, indica que el Ministerio debe remitir a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU
COMPRAS la Resolución de aprobación y la Ficha de Homologación aprobada, el mismo día de publicada en el Diario Oficial "El Peruano", a efectos de gestionar su incorporación en el "Listado de Requerimientos Homologados" publicada en la sede digital de PERU
COMPRAS";

Que, por Oficio Nº 000447-2024-PERU COMPRAS-JEFATURA el Jefe de la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS, remite el Informe Nº 000244-2024-PERU COMPRAS-DES de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERU COMPRAS, mediante el cual emite opinión favorable sobre los Proyectos de Fichas de Homologación denominadas: "Malla ganadera de 1,20 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/ m2- liviana" y "Malla ganadera de 0,90 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana";

Con las visaciones del Secretario General, del Viceministro de Desarrollo de Agricultura e Infraestructura Agraria y Riego, del Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución Jefatural Nº 000164-2023-PERU COMPRAS que aprueba la Directiva Nº 008-2023-PERU COMPRAS denominada "Disposiciones que regulan el Proceso de Homologación de Requerimientos";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar dos (02) Fichas de Homologación denominadas: "Malla ganadera de 1,20 m de alto x 100
m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana"
y "Malla ganadera de 0,90 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana", que como Anexos 1 y 2 forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle:

Nº Código CUBSO Denominación del Bien 1 3011190300392670 Malla ganadera de 1,20 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90%
zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana.

2 3011190300392671 Malla ganadera de 0,90 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90%
zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana Artículo 2.- Disponer se remita a la Central de Compras Públicas - PERU COMPRAS las Fichas de Homologación aprobadas en el artículo 1, el mismo día de publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0426-2024-MIDAGRI Aprueban dos (02) Fichas de Homologación denominadas: "Malla ganadera de 1,20 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana" y "Malla ganadera de 0,90 m de alto x 100 m de largo, de alambre galvanizado recubrimiento aleación 90% zinc + 10% aluminio - 160 g/m2- liviana"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0426-2024-MIDAGRI
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2024-12-28
  • Fecha de aplicacion : 2024-12-29

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