2/26/2025

Transferencia Financiera Favor Centro Formación RM 052-2025-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban Transferencia Financiera a favor del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR RM 052-2025-MINCETUR Lima, 25 de febrero de 2025 VISTOS, el Oficio Nº 000036-2025-J/CENFOTUR, de la jefatura del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR y el Informe Nº 0069-2025-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP , de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo (OGPPD); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 379-2024-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucion…
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban Transferencia Financiera a favor del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR
RM 052-2025-MINCETUR
Lima, 25 de febrero de 2025
VISTOS, el Oficio Nº 000036-2025-J/CENFOTUR, de la jefatura del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR y el Informe Nº 0069-2025-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP , de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo (OGPPD); y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 379-2024-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal z) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se autoriza, en el presente Año Fiscal, al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) a realizar, de manera excepcional, una transferencia financiera a favor del Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR), hasta por la suma de S/ 1 000 000,00 (UN MILLÓN
Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, provenientes de la aplicación del literal d) del artículo 42 de la Ley Nº 27153, Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas y modificatorias, con la finalidad de implementar las acciones establecidas en el Plan de Fortalecimiento de Competencias Laborales y Certificación de Competencias Laborales;

Que, asimismo, el numeral 13.2 del artículo 13 de la citada Ley, dispone que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, en el marco de lo previsto en la referida autorización, mediante el Oficio Nº 000036-2025-J/ CENFOTUR, el pliego 180. Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, gestionar la transferencia financiera a favor de dicha entidad hasta por la suma de S/ 1
000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 SOLES); para la implementación de las acciones establecidas en el Plan de Fortalecimiento de Competencias Laborales y Certificación de Competencias Laborales;

Que, el Viceministerio de Turismo mediante el Informe Nº 0007-2025-MINCETUR/VMT-CCT, adjunto al Memorándum Nº 213-2024-MINCETUR/VMT, considera pertinente efectuar la transferencia financiera solicitada por CENFOTUR;

Que, mediante el documento de vistos, la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, emite opinión favorable para la Transferencia Financiera, a favor del Pliego 180: Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, por la suma de S/ 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100
SOLES), para implementar las acciones establecidas en el Plan de Fortalecimiento de Competencias Laborales y Certificación de Competencias Laborales, a que se hace referencia en los considerandos anteriores, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;
el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; y, la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01
"Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 0001-2025-EF/50.01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del pliego 180. Centro de Formación en Turismo -
CENFOTUR
Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 035:

Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, por la suma de S/ 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 180. Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, para ser destinado a la implementación de las acciones establecidas en el Plan de Fortalecimiento de Competencias Laborales y Certificación de Competencias Laborales.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2025 del Pliego 035:

Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5001951: Diseño y Planeamiento de la Política en Materia de Turismo, Genérica Gasto: 4
Donaciones y Transferencias, en la Específica de Gasto:

24.13.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la suma de S/ 1 000 000,00 (UN MILLÓN Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 052-2025-MINCETUR Aprueban Transferencia Financiera a favor del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 052-2025-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2025-02-26
  • Fecha de aplicacion : 2025-02-27

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