12/04/2025

14 Normas Legales Jueves 4 Diciembre El Peruano / RM Defensa

Poder Legislativo, Defensa 14 NORMAS LEGALES Jueves 4 de diciembre de El Peruano / Escanea el código QR 915 248 103 pgaconsulta@editoraperu.com.pe www.elperuano.pe/pga Simplificando acciones, agilizando procesos La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas en EL Peruano. Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. SENCILLO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. RÁPIDO Trámite validado mediante firma digital del responsable de la institución. SEGURO a publicar Normas Legales. RM D000331-2025-MIDIS San Isi…
Poder Legislativo, Defensa
14 NORMAS LEGALES Jueves 4 de diciembre de El Peruano / Escanea el código QR 915 248 103 pgaconsulta@editoraperu.com.pe www.elperuano.pe/pga Simplificando acciones, agilizando procesos La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas en EL Peruano. Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. SENCILLO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. RÁPIDO Trámite validado mediante firma digital del responsable de la institución. SEGURO a publicar Normas Legales.
RM D000331-2025-MIDIS
San Isidro, 2 de diciembre del 2025
VISTOS:

El Memorando Nº D000568-2025-MIDIS-VMPES
emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº D000458-2025-MIDIS-DGPE emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Informe Nº D000418-2025-MIDIS-DDP emitido por la Dirección de Diseño de Políticas;
el Informe Nº D000349-2025-MIDIS-OPI emitido por la Oficina de Planeamiento e Inversiones; el Informe Nº 000366-2025-MIDIS-OGPPM emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
el Informe Nº D000954-2025-MIDIS-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, el Informe NºD00020-2025-CEPLAN-DNSE del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y se determina su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica.

Asimismo, se crea el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (Sinadis) como sistema funcional;

Que, de acuerdo con los artículos 6 y 8 de la Ley Nº 29792, el MIDIS es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente en todo el territorio nacional para formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en desarrollo e inclusión social, entre otras acciones; asimismo, ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (Sinadis) y de las políticas de desarrollo e inclusión social a nivel intergubernamental dentro del marco del proceso de descentralización y aprueba las disposiciones normativas en el marco de sus competencias;

Que, conforme a los artículos 21 y 24 de la Ley Nº 29792, el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social se crea como un sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales. El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es su ente rector, ejerciendo autoridad técnico-normativa a nivel nacional, dictando normas y estableciendo procedimientos relacionados con la implementación de políticas nacionales, coordinando su operación técnica y articulación entre las entidades involucradas, siendo responsable de su correcto funcionamiento;

Que, el numeral 4.6 del artículo 4 del Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2024-MIDIS, define a la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, como aquella política que se desarrolla en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, bajo la conducción del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS, se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, la cual es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública en el marco de sus competencias, así como para las personas jurídicas de derecho privado y la sociedad civil, en cuanto les sea aplicable. Las entidades de la Administración Pública, en todos los niveles de gobierno, asumen los roles, obligaciones y responsabilidades correspondientes, de acuerdo con los artículos 19 y 20 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM;

Que, asimismo, conforme al artículo 3 del Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS, la conducción de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030 está a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en su calidad de ente rector en materia de desarrollo e inclusión social.

Que, el acápite 7 "Seguimiento y Evaluación" de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030 establece que, en el caso de los indicadores con información no disponible en la línea base y/o proyección de logros esperados, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se compromete a establecerlos en coordinación con las instituciones competentes, al constituir éstos, elementos fundamentales para el proceso de seguimiento;

Que, la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030 incluye las fichas técnicas de indicadores, estando pendiente completar la información de once (11) indicadores de once (11) servicios, a cargo del Ministerio de Educación, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Policía Nacional del Perú y el Instituto Nacional Penitenciario;

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social está a cargo del proceso de seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, proceso que se ejerce a través de la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, en coordinación con los demás órganos del Ministerio cuyas funciones se vinculen con dicho proceso;

Que, conforme a la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución Ministerial, modifica las fichas técnicas de los indicadores de objetivos prioritarios y de servicios que conforman la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030 (PNDIS al 2030). La citada Resolución Ministerial debe contar con un informe previo de la entidad responsable del indicador, un informe previo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como conductor de la PNDIS al 2030, y la opinión técnica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, con la finalidad de establecer los valores en los indicadores pendientes de completar información de línea de base y/o proyección de logros esperados, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de la Dirección General de Políticas y Estrategias y con la asistencia técnica de la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, ha coordinado, asistido técnicamente y realizado seguimiento a las entidades responsables;

Que, como resultado de estas acciones, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio de Educación y Ministerio de Agricultura y Riego han definido los valores de las líneas de base y logros esperados para siete (7) indicadores de siete (7)
servicios de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, lográndose completar la información de sus fichas técnicas;

Que, mediante el Oficio Nº 000016-2025-MTPE/3, de fecha 15 de enero de 2025, el Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del 16 NORMAS LEGALES Jueves 4 de diciembre de 2025
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remite al Viceministerio de Políticas y Evaluación Social del MIDIS, el Informe Nº 000004-2025-MTPE/3/19.1, de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de las Competencias Laborales, mediante el cual se traslada la ficha técnica del indicador I.3.3.5
"Porcentaje de personas que culminan la capacitación de reconversión laboral", en atención al Oficio Nº D000138-2024-MIDIS-VMPES;

Que, mediante el Oficio Nº 000016-2025-MTPE/2, de fecha 7 de febrero de 2025, la Viceministra de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remite al Viceministerio de Políticas y Evaluación Social del MIDIS, el Informe Nº 000016-2025-MTPE/2/15.1 y la ficha técnica del indicador I.3.3.10 "Porcentaje de Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo (DRTPE/GRTPE)", en atención al Oficio Nº D000140-2024-MIDIS-VMPES;

Que, mediante el Oficio Nº 009-2025/VIVIENDA/ VMVU, de fecha 20 de enero de 2025, el Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite al Viceministerio de Políticas y Evaluación Social del MIDIS, el Informe Nº 0004-2025-VIVIENDA/VMVU-PNVR, suscrito por el Director Ejecutivo del PNVR, a través del cual, traslada el Informe Nº 012-2025-VIVIENDA/VMVU/PNVR-APP, elaborado por el Área de Planeamiento y Presupuesto del PNVR, adjuntando la ficha técnica del indicador I.5.2.1 "Porcentaje de familias rurales en condición de pobreza que cuentan con una vivienda adecuada y segura", en atención al Oficio Nº D000143-2024-MIDIS-VMPES;

Que, mediante el Oficio Nº 00009-2025-MINEDU/ VMPG, de fecha 5 de febrero de 2025, la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación remite al Viceministerio de Políticas y Evaluación Social del MIDIS, el Informe Nº 00017-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEI
elaborado por la Coordinadora del Equipo de Gestión de la Información de la DEI, junto con la ficha técnica del indicador I.1.6.1 "Porcentaje de aulas de 5 años donde se mantienen interacciones positivas entre docente y estudiantes a lo largo de la jornada", en atención al Oficio
Nº D000142-2024-MIDIS-VMPES;

Que, mediante el Oficio Nº 130-2024/VIVIENDA/ VMCS, de fecha 26 de febrero de 2025, el Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite al Viceministerio de Políticas y Evaluación Social del MIDIS, la Nota Nº 025-2025-VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, del Programa Nacional de Saneamiento Rural mediante la cual traslada el Informe Nº 008-2025-VIVIENDA/ VMVU/PNSR/UTPS-mcantorin, y la ficha técnica del indicador I.5.1.6 "Porcentaje de hogares rurales concentrados con acceso al servicio de agua de calidad", en atención al Oficio Múltiple Nº D000144-2024-MIDIS-VMPES;

Que, mediante el Oficio Nº 1036-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGESEP, de fecha 4 de diciembre de 2024, la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego remite al Viceministerio de Políticas y Evaluación Social del MIDIS, el Informe Nº 83-2024-MIDAGRI/ DVPSDA/DGESEP-DSEP, elaborado por la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas, que contiene el informe sustentatorio del estado situacional de los indicadores I.3.2.4.a "Porcentaje de productores familiares agrarios de subsistencia satisfechos con los mecanismos de apoyo" e I.3.2.7.a "Porcentaje de productores agrarios satisfechos con el mecanismo de articulación y promoción comercial directa", en atención al Oficio Nº D000111-2024-MIDIS-DGPE;

Que, mediante Informe Nº D000163-2025-MIDIS-DDP
e Informe Nº D000189-2025-MIDIS-DGPE, la Dirección General de Políticas y Estrategias remitió al Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, las fichas de los indicadores y documentos de las entidades, sustentando la necesidad de presentarlos ante el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico para solicitar su opinión técnica;

Que, mediante Oficio Nº D000307-2025-MIDIS-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico opinión técnica sobre las fichas de los indicadores de los servicios de las entidades que cumplieron con la presentación de los valores de la línea de base y/o proyección de logros esperados en la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030;

Que, mediante Oficio Nº 00020-2025-CEPLAN-DNSE, la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Informe Nº 000016-2025-CEPLAN-DNSE-YRV, el cual concluye que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ha cumplido con remitir un total de siete fichas técnicas de indicadores de servicios, las cuales presentan una estructura y contenido coherentes con la metodología establecida por la entidad vigente al momento de aprobación de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030;

Que, mediante Informe Nº D000458-2025-MIDIS-DGPE, la Dirección General de Políticas y Estrategias presenta y sustenta ante el Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, los informes y fichas técnicas de los indicadores de servicios de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, para gestionar la aprobación de la modificación de siete (7) indicadores de los siete (7) servicios que responden a cinco (5) lineamientos y tres (3) objetivos prioritarios a cargo de cuatro (4)
Ministerios (Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y Ministerio de Agricultura y Riego), y que además, cuentan con la opinión técnica favorable del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, mediante Informe Nº D000366-2025-MIDIS-OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo y traslada el Informe Nº D000349-2025-MIDIS-OPI emitido por la Oficina de Planeamiento e Inversiones a través del cual, emite opinión técnica favorable sobre el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba fichas técnicas de los indicadores de servicios que no cuentan con información de línea de base y/o proyección de logros esperados en la Políticas Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, propuesto por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; recomendando continuar con el trámite respectivo;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, la Dirección General de Políticas y Estrategias, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 012-2024-MIDIS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social;
el Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (PNDIS al 2030) modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-MIDIS; y la Resolución Ministerial Nº D000254-2025-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación de las Fichas Técnicas de siete (7) indicadores de siete (7) servicios a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio de Educación y el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; que como Anexos forman parte de la presente Resolución Ministerial, conforme al cuadro siguiente:

17 NORMAS LEGALES
Jueves 4 de diciembre de 2025
Nº Objetivo Lineamiento Servicio Indicador Responsable 01
OP1: Mejorar el desarrollo infantil temprano para asegurar su inclusión social L.1.6. Mejorar el desarrollo de la función simbólica de las niñas y niños de 55 a 71 meses S.1.6.1. Servicios de aprendizaje y cuidado infantil idóneo para niñas y niños de 36 a 71 meses I.1.6.1. Porcentaje de aulas de 5 años donde se mantienen interacciones positivas entre docente y estudiantes a lo largo de la jornada.

MINEDU
02
OP3: Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos para asegurar su inclusión social L.3.2 Mejorar la seguridad alimentaria de jóvenes y adultos S.3.2.4 Mecanismos de apoyo accesibles para la articulación de los productores agrarios al mercado I.3.2.4.a. Porcentaje de productores familiares agrarios de subsistencia satisfechos con los mecanismos de apoyo.

MIDAGRI
03
OP3: Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos para asegurar su inclusión social S.3.2.7 Canales accesibles de comercialización directa a productores agrarios (en transición y consolidados) y empresariales.

I.3.2.7.a. Porcentaje de productores agrarios que están satisfechos con el mecanismo de articulación y promoción comercial directa.

MIDAGRI
04
OP3: Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos para asegurar su inclusión social L.3.3. Incrementar el acceso al trabajo decente en jóvenes y adultos S.3.3.5. Reconversión laboral continua para personas en situación de vulnerabilidad sociolaboral I.3.3.5. Porcentaje de personas que culminan la capacitación de reconversión laboral
MTPE
05
S.3.3.10. Servicios de orientación y acompañamiento fiable a trabajadores y trabajadoras para los casos de hostigamiento sexual en el trabajo - "Trabaja Sin Acoso".

I.3.3.10. Porcentaje de Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo (DRTPE/ GRTPE), que implementan el servicio "Trabaja sin acoso" de acuerdo a los protocolos establecidos
MTPE
06
OP5: Mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su inclusión social L.5.1. Incrementar el acceso de la población a servicios básicos e infraestructura S.5.1.6. Servicios de agua potable y disposición sanitaria de excretas de calidad a hogares rurales I.5.1.6.a. Porcentaje de hogares rurales concentrados con acceso al servicio de agua de calidad
MVCS
07
L.5.2 Mejorar las condiciones de la vivienda y su entorno S.5.2.1 Servicio de viviendas rurales mejoradas para la población en situación de pobreza del ámbito rural I.5.2.1. Porcentaje de familias rurales en condición de pobreza que cuentan con una vivienda adecuada y segura
MVCS
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio de Educación y el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación en el diario oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLY NADIR SHICA SEGUIL
Ministra de Estado Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM D000331-2025-MIDIS 14 NORMAS LEGALES Jueves 4 de diciembre de El Peruano / Escanea el código QR 915 248 103 pgaconsulta@editoraperu.com.pe www.elperuano.pe/pga Simplificando acciones, agilizando procesos La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas en EL Peruano. Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. SENCILLO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. RÁPIDO Trámite validado mediante firma digital del responsable de la institución. SEGURO a publicar Normas Legales.
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : D000331-2025-MIDIS
  • Emitida por : Defensa - Poder Legislativo
  • Fecha de emision : 2025-12-04
  • Fecha de aplicacion : 2025-12-05

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