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13 Normas Legales Jueves 26 Febrero 2026 Norma RV 029-2026-MINEDU Cultura
2/26/2026
13 Normas Legales Jueves 26 Febrero 2026 Norma RV 029-2026-MINEDU Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura 13 NORMAS LEGALES Jueves 26 de febrero de 2026 Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan la gestión de los Programas de Segunda Especialidad en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica" RV 029-2026-MINEDU Lima, 24 de febrero de 2026 VISTOS, el Expediente DIFOID2025-INT-0982659, los Informes Nº 01636-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y Nº 00020-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 00263-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de P…
13 NORMAS LEGALES Jueves 26 de febrero de 2026 Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan la gestión de los Programas de Segunda Especialidad en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica"
RV 029-2026-MINEDU
Lima, 24 de febrero de 2026
VISTOS, el Expediente DIFOID2025-INT-0982659, los Informes Nº 01636-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y Nº 00020-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 00263-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00290-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 115 de la Ley Nº 30512 dispone que el Ministerio de Educación y las autoridades competentes supervisan el cumplimiento de las normas relacionadas con el licenciamiento, las condiciones básicas de calidad y las políticas nacionales y sectoriales y las obligaciones contenidas en la mencionada ley, su reglamento y la normativa emitida por el Ministerio de Educación, en los programas de estudios conducentes al grado de bachiller, título profesional y segunda especialidad;
Que, el numeral 18.1 del artículo 18 del Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU (en adelante, Reglamento), establece que el Programa de Segunda Especialidad conduce a la obtención de un título profesional de Segunda Especialidad en el nivel formativo profesional y que se organiza mediante un plan de estudios con un mínimo de cuarenta (40) créditos y únicamente es otorgado por la Escuela de Educación Superior;
Que, el numeral 18.5 del artículo 18 del Reglamento dispone que la ejecución de los programas de segunda especialidad y profesionalización docente de la Escuela de Educación Superior Pedagógica debe ser informada a las Direcciones Regionales de Educación y al Ministerio de Educación, para la supervisión de su ejecución, de conformidad con las normas que emite el Ministerio de Educación;
Que, bajo dicho marco normativo, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes Nº 01636-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y
Nº 00020-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, elaborados por la Dirección de Formación Inicial Docente, dependiente de la referida Dirección General, a través de los cuales se propone y sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan la gestión de los Programas de Segunda Especialidad en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica", con el objetivo de establecer disposiciones que regulen la gestión de los Programas de Segunda Especialidad que ofertan las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas, conducentes al título de segunda especialidad profesional;
Que, la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED) y de la Unidad de Organización y Métodos (UNOME);
Que, mediante el Informe Nº 00263-2026-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP , la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera que resulta técnicamente factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta; por cuanto, desde el punto de vista de planificación resulta concordante con los instrumentos de planificación estratégica institucional y sectorial del sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, para el Año Fiscal y los subsiguientes, la implementación de dicha propuesta no irrogará gastos adicionales a los programados en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, ni al Tesoro Público;
Que, con el Informe Nº 00290-2026-MINEDU/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes;
el Reglamento de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MARIANO NAVARRO PANDO
Viceministro de Gestión Pedagógica
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 029-2026-MINEDU 13 NORMAS LEGALES Jueves 26 de febrero de 2026 Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan la gestión de los Programas de Segunda Especialidad en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 029-2026-MINEDU
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-02-26
- Fecha de aplicacion : 2026-02-27
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