3/20/2026
13 Normas Legales Viernes 20 Marzo 2026 Delimitan RV Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura 13 NORMAS LEGALES Viernes 20 de marzo de 2026 Delimitan el monumento denominado Antiguo Polvorín, ubicado en la avenida Huayruropata Nº 850, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, declarado monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación RV 000080-2026-VMPCIC/MC San Borja, 17 de marzo del 2026 VISTOS: los Informes Nº 000182-2026-DGPC-VMPCIC/MC y Nº 000285-2026-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación Nº 000094-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: …
13 NORMAS LEGALES Viernes 20 de marzo de 2026 Delimitan el monumento denominado Antiguo Polvorín, ubicado en la avenida Huayruropata Nº 850, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, declarado monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación
RV 000080-2026-VMPCIC/MC
San Borja, 17 de marzo del 2026
VISTOS: los Informes Nº 000182-2026-DGPC-VMPCIC/MC y Nº 000285-2026-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación Nº 000094-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 6.4 del artículo 6 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, dispone que el bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación que pertenezca al período posterior al prehispánico, de propiedad privada conserva la condición de particular, estando su propietario sujeto a las obligaciones y límites establecidos en la ley;
Que, el numeral 52.11 del artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, indica que la Dirección General de Patrimonio Cultural propone la delimitación de los bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación con sustento en la documentación técnica elaborada por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 22 de agosto de 1980, se declara monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble denominado Antiguo Polvorín ubicado con frente a la avenida Huayruropata del distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco;
Que, a través del Informe Nº 0000182-2026-DGPC-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural, con sustento en lo desarrollado en el Informe Nº 000019-2026-DPHI-DGPC-VMPCIC-YQV/MC de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble, propone la delimitación del monumento;
Que, con Resolución Directoral Nº 000072-2025-DGPC-VMPCIC/MC se da inicio de oficio al procedimiento de delimitación del bien inmueble denominado Antiguo Polvorín con sustento en la documentación proporcionada por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y las actuaciones realizadas por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble;
Que, con Oficio Nº 000057-2026-DGPC/MC, se notifica al Gobierno Regional de Cusco y con Oficio Múltiple Nº 000004-2026-DGPC/MC, se notifica a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a la Municipalidad Provincial de Cusco y a la Municipalidad Distrital de Wanchaq la nueva propuesta técnica, plano de delimitación y ficha de información básica para que puedan presentar sus comentarios y/o aportes que estimen convenientes;
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales a través del Oficio Nº 02517-2026/SBN-DGPE-SDAPE; la Municipalidad Provincial de Cusco mediante el Oficio Nº 091-2026-MPC-SG; el Gobierno Regional de Cusco con Oficio Nº 091-2026-MPC-S y la Municipalidad Distrital de Wanchaq con Oficio Nº 019-2026-SGDU-MDW/C
responden el pedido descrito en el párrafo anterior;
Que, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble, mediante Hoja de Elevación Nº 000175-2026-DPHI-DGPC-VMPCIC, haciendo suyo el Informe Nº 000030-2026-DPHI-DGPC-VMPCIC-YQV/MC, señala que los comentarios formulados por la Municipalidad de Provincial del Cusco no constituyen oposición a la propuesta de delimitación del bien. Respecto a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, refiere que lo manifestado por dicha institución no constituye oposición a la propuesta de delimitación. Asimismo, el órgano técnico, precisa que el Gobierno Regional de Cusco, manifiesta su conformidad a la propuesta técnica de delimitación al no advertirse observaciones adicionales, salvo poner en conocimiento el trámite de rectificación de coordenadas presentado con Título Nº 2026586318 ante la Zona Registral Nº IX - Sede Cusco, respecto al predio inscrito en la P.E. Nº1132086, cuyo polígono contiene al de la propuesta actual de delimitación del monumento;
Que, finalmente, respecto a la respuesta de la Municipalidad Distrital de Wanchaq, refiere que el gobierno local no formula observación técnica a la propuesta de delimitación del bien inmueble denominado "Antiguo Polvorín", por lo que se considera viable la continuidad del procedimiento administrativo que viene siendo desarrollado por el Ministerio de Cultura, recomendando que una vez que concluya el procedimiento de aprobación de la delimitación, se comunique a la Municipalidad Provincial de Cusco para que se incorpore al proceso de actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia del Cusco, garantizando su adecuada protección, gestión territorial y compatibilidad con los instrumentos de planificación urbana vigentes;
Que, en ese contexto, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes resulta procedente la delimitación del bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación denominado Antiguo Polvorín ubicado en la avenida Huayruropata Nº 850, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, advirtiéndose que los informes técnicos citados constituyen parte integrante de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Establecer que cualquier intervención al bien cultural inmueble deberá contar con autorización del Ministerio de Cultura, conforme lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, sin perjuicio de las competencias propias de cada sector o gobierno local involucrado, bajo la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiere lugar.
Artículo 3.- Disponer que la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble de la Dirección General de Patrimonio Cultural proceda a la inscripción de la resolución ante la respectiva oficina registral.
Artículo 4.- Notificar la resolución a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, a la Municipalidad Distrital de Wanchaq, a la Municipalidad Provincial de Cusco y al Gobierno Regional de Cusco para los fines pertinentes.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; así como en 14 NORMAS LEGALES Viernes 20 de marzo de 2026
la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura. gob.pe), en este último caso con la propuesta técnica, la Lámina DBI-01 y la Ficha de Información Básica.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 000080-2026-VMPCIC/MC 13 NORMAS LEGALES Viernes 20 de marzo de 2026 Delimitan el monumento denominado Antiguo Polvorín, ubicado en la avenida Huayruropata Nº 850, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, declarado monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 000080-2026-VMPCIC/MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-03-20
- Fecha de aplicacion : 2026-03-21
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