9/27/2018

Inmobiliaria Selaya Sac Como Empresa Calificada RM 334-2018-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban a INMOBILIARIA SELAYA S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, por el desarrollo del proyecto denominado "Hotel Iberostar Miraflores" RM 334-2018-MINCETUR Lima, 21 de setiembre de 2018 Visto, el Oficio Nº 969-2018/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Aprueban a INMOBILIARIA SELAYA S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, por el desarrollo del proyecto denominado "Hotel Iberostar Miraflores"
RM 334-2018-MINCETUR
Lima, 21 de setiembre de 2018
Visto, el Oficio Nº 969-2018/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el Oficio Nº 2603-2018-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas y el Memorándum Nº 824-2018-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato;

Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, concordado con el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 973, establece que mediante Resolución

Ministerial se precisará, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV;

Que, con fecha 17 de setiembre de 2018, la empresa INMOBILIARIA SELAYA S.A.C. celebró, en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "Hotel Iberostar Mirafl ores", en adelante el Proyecto, para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, tal y como lo dispone el artículo 3 de la referida norma legal;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Reglamento, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio Nº 2603-2018-EF/13.01, ingresada bajo Registro Nº 1183300 al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual acompaña el Informe Nº 226-2018-EF/61.01 de la Dirección General de Políticas de Ingresos Públicos, opina que procede la aprobación de la lista de bienes, servicios y contratos de construcción presentada por la empresa INMOBILIARIA SELAYA S.A.C. para el acogimiento al Régimen de Recuperación Anticipada del IGV de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 973 por el Proyecto "Hotel Iberostar Mirafl ores", acompañando los Anexos que contienen el detalle de los bienes, servicios y actividades de construcción;


De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar como empresa calificada, para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa INMOBILIARIA SELAYA S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Hotel Iberostar Mirafl ores", de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado el 17 de setiembre de 2018.

Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, que el monto de la inversión a cargo de la empresa INMOBILIARIA SELAYA
S.A.C., asciende a la suma de US$ 27 811 000,00 (Veintisiete Millones Ochocientos Once Mil y 00/100
Dólares Americanos), a ser ejecutado en un plazo total de dos (02) años y trece (13) días, contados a partir del 14 de marzo de 2018, fecha de presentación de la solicitud del Contrato de Inversión antes mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Objetivo principal del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo Nº 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en las Cláusulas Primera y Segunda del mismo, y el inicio de las operaciones productivas estará constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del Proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto Legislativo.

Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas.

4.1. El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se refiere el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de bienes intermedios nuevos y bienes de capital nuevos, así como los servicios y contratos de construcción que se señalan en los Anexos de la presente Resolución, y siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del Proyecto a que se refiere el Contrato de Inversión. Para determinar el beneficio antes indicado se considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubiesen efectuado a partir del 14 de marzo de 2018 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se refiere el artículo anterior.

4.2. La Lista de Servicios y Contratos de Construcción se incluirán como Anexo al Contrato de Inversión y podrá ser modificada a solicitud de la empresa INMOBILIARIA
SELAYA S.A.C., de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF.

Artículo 5.- Aprobación de la lista de bienes, servicios y contratos de construcción.

Aprobar la lista de servicios y contrato de construcción a favor de la empresa INMOBILIARIA SELAYA S.A.C., aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para el acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV del Proyecto "Hotel Iberostar Mirafl ores".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROGERS VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
ANEXO I
Nº CUODE
SUBPARTIDA
ARANCELARIA
DESCRIPCION
613 MATERIDE CONSTRUCCION ELABORADOS
1 613 9405409000 - - Los demás 840 MAQUINARIA INDUSTRIAL
2 840 8415101000
- - Con equipo de enfriamiento inferior o igual a 30.000
BTU/hora 3 840 8415109000 - - Los demás 4 840 8415822000 - - - Inferior o igual a 30.000 BTU/hora 5 840 8415823000
- - - Superior a 30.000 BTU/hora pero inferior o igual a 240.000 BTU/hora 6 840 8415824000 - - - Superior a 240.000 BTU/hora 7 840 8428109000 - - Los demás 8 840 8539500000 - Lámparas y tubos de diodos emisores de luz (LED)
850 OTRO EQUIPO FIJO
9 850 9028100000 - Contadores de gas 10 850 9028201000 - - Contadores de agua 11 850 9028301000 - - Monofásicos 12 850 9028309000 - - Los demás
ANEXO II
I. LISTA DE SERVICIOS
1 Servicio de gerencia de proyectos.

2 Servicio de supervisión de obra.

3 Servicios administrativos, notariales y registrales.

4 Servicio de levantamiento topográfico.

5 Servicio de estudio de suelos.

6 Servicio de gestión ingeniería-construcción.

7 Servicio de estudio de estabilización de taludes.

8
Servicio de modelación del proyecto con información para la construcción (Building Information Modeling - IBM).

9 Servicio de diseño del proyecto de arquitectura 10 Servicio de diseño del proyecto de estructuras.

11 Servicio de diseño de proyecto de instalaciones.

12 Servicio de diseño del proyecto de reubicación de interferencias.

13 Servicio de análisis de resistividad y asesoría.

14 Servicio de estudio de impacto ambiental (EIA).

15
Servicio de diseño y desarrollo de proyecto de muros cortafuegos, seguridad y evacuación.

16 Servicio de desarrollo de proyecto acústico.

17 Servicio de diseño de iluminación.

18 Servicio de desarrollo de diseño de losas postensadas.

19 Servicio de diseño de interiores.

20 Servicio de asesoría legal y financiera.

21 Servicio de diseño y desarrollo de paisajismo.

22 Servicio para la obtención de licencias, permisos y derechos.

23
Servicio técnico de equipamiento e implementación (FF&E y OS&E) (no incluye la adquisición de bienes)
24
Servicio de implementación de comunicaciones, software y sistemas de tecnología (No incluye la adquisición de bienes)
25
Servicio de pruebas de equipamiento en general y de operaciones de servicio (Marcha Blanca)
II. ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN VINCULADAS A:

1 Construcción de edificios.

2 Preparación del terreno.

3 Instalaciones eléctricas.

4 Instalaciones de fontanería, calefacción y aire acondicionado.

5
Otras instalaciones para obras de construcción necesarias para la ejecución del proyecto.

6 Terminación y acabado de edificios.

7
Construcción de proyectos de servicio público necesarios para la ejecución del proyecto.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 334-2018-MINCETUR Aprueban a INMOBILIARIA SELAYA S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, por el desarrollo del proyecto denominado "Hotel Iberostar Miraflores"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 334-2018-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-09-27
  • Fecha de aplicacion : 2018-09-28

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