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Patrimonio Cultural Nación Paisaje Arqueológico RV 238-2018-VMPCIC-MC Cultura
12/13/2018
Patrimonio Cultural Nación Paisaje Arqueológico RV 238-2018-VMPCIC-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto RV 238-2018-VMPCIC-MC Lima, 11 de diciembre de 2018 VISTOS, el Informe Nº 900355-2018/DGPA/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; y los Informes Nº 900456-2018/DSFL/DGPA/ VMPCIC/MC y Nº 900186-2018-ARD/DSFL/DGPA/ VMPCIC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal; y, CONSIDERANDO: Que,
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto
RV 238-2018-VMPCIC-MC
Lima, 11 de diciembre de 2018
VISTOS, el Informe Nº 900355-2018/DGPA/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; y los Informes Nº 900456-2018/DSFL/DGPA/ VMPCIC/MC y Nº 900186-2018-ARD/DSFL/DGPA/ VMPCIC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que están protegidos por el Estado;
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1255,dispone que es de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;
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Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1255, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, asimismo, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 14 de la Ley antes acotada, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus competencias la de formular, coordinar, ejecutar, y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
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Que, con Informe Nº 900186-2018-ARD/DSFL/ DGPA/VMPCIC/MC de fecha 12 de noviembre de 2018, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal en uso de sus facultades previstas en los numerales 62.7, 62.8, y 62.9 del artículo 62 del ROF, recomienda declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Y alape-Levanto, ubicado en el distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, así como aprobar el expediente técnico de delimitación (ficha técnica, memoria descriptiva y plano) del referido Paisaje Arqueológico;
Que, mediante el Certificado de Búsqueda Catastral con la Publicidad Nº 3597986, la Oficina Registral de Chachapoyas determinó que el predio rústico denominado Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto, con un área de 3.84987 hectáreas, ubicado en el distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, se ubica totalmente sobre la Comunidad Campesina de Levanto inscrita en la Partida
Nº 02014526;
Que, en razón a ello, a través del Oficio Nº 900756-2018/DFSL/DGPA/VMPCIC/MC de fecha 26 de setiembre de 2018, y conforme lo prevé el artículo 18 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS y la Resolución Viceministerial Nº 021-2016-VMPCIC-MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal notificó a la Comunidad Campesina de Levanto respecto del procedimiento de declaratoria y aprobación del expediente técnico del Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto, ubicado en el distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, otorgándosele el plazo de diez (10) días hábiles para que ejerza su derecho de presentar alegaciones; no habiéndose presentado alegación alguna;
Que, mediante Informe Nº 900004-2018-MSM/ DCP/DGPI/VMI/MC, la Dirección de Consulta Previa determinó que en el ámbito donde se ubica el Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto, no se han identificado pueblos indígenas u originarios sujetos a consulta previa, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 365-2017-MC de fecha 28 de setiembre de 2017;
Que, a través del Informe Nº 900355-2018/DGPA/ VMPCIC/MC de fecha 16 de noviembre de 2018, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emite opinión favorable a la declaratoria y delimitación propuesta, elevando el expediente al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que se continúe con el trámite que corresponde;
Que, conforme a lo previsto en el numeral 7.3 del artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-MC, corresponde declarar como Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto, ubicado en el distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; así como aprobar el expediente técnico de delimitación (ficha técnica, memoria descriptiva y plano) del referido Paisaje Arqueológico, por la importancia y valor que tiene para la identidad nacional, así como para brindarle protección legal para su conservación, al tratarse de un área intangible; siendo necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED;
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2014-MC; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; y la Resolución Ministerial Nº 365-2017-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto, según los datos señalados en el siguiente cuadro:
Departamento Amazonas Provincia Chachapoyas Datum WGS84 Zona 18
Paisaje Arqueológico Distrito UTM Este Inicial UTM Norte Inicial UTM Este Final UTM Este Final Camino Prehispánico Yalape-Levanto Levanto 179318.593 9302355.577 179576.782 9303338.159
Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico de delimitación (ficha técnica, memoria descriptiva y plano) del Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto, ubicado en el distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes:
Nombre del Paisaje Arqueológico Nº de Plano en Datum
WGS84
Área (m 2
) Área (ha)
Perímetro (m)
Camino Prehispánico Yalape-Levanto
PP-096-MC_DGPA/DSFL-WGS84
38498.66 3.8498 2585.40
Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en los Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto mencionado en el artículo 1, así como del expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura.
Artículo 5.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad Distrital de Levanto, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Amazonas, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, el Gobierno Regional de Amazonas, al Ministerio de Agricultura y Riego, y a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), para efectos de que el Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen.
Artículo 6.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Comunidad Campesina de Levanto, para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELENA ANTONIA BURGA CABRERA
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales (e)
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 238-2018-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Arqueológico Camino Prehispánico Yalape-Levanto
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 238-2018-VMPCIC-MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-12-13
- Fecha de aplicacion : 2018-12-14
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