12/07/2018

Transferencias Financieras Favor Dieciséis (16) RM 551-2018-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Autorizan transferencias financieras, a favor de dieciséis (16) entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental y Educación RM 551-2018-PRODUCE Lima, 6 de diciembre de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 182-2018-PRODUCE/PNIPA-DE del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura-PNIPA; el Memorando Nº 1573-2018-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el
Poder Ejecutivo, Produce
Autorizan transferencias financieras, a favor de dieciséis (16) entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental y Educación
RM 551-2018-PRODUCE
Lima, 6 de diciembre de 2018
VISTOS: El Oficio Nº 182-2018-PRODUCE/PNIPA-DE del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura-PNIPA; el Memorando Nº 1573-2018-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 472-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, el Informe Nº 1552-2018-PRODUCE/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 617-2017-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038
Ministerio de la Producción;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 396-2016-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento-BIRF, por un monto de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y
00/100 DÓLARES AMERICANOS) destinada a financiar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura-PNIPA;


Que, con fecha 13 de marzo de 2017, se suscribe el Contrato de Préstamo Nº 8692-PE, entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento-BIRF, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad del Prestatario en la ejecución de innovaciones en las cadenas de valor de la pesca y acuicultura;

Que, el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura- PNIPA, está conformado por tres proyectos de inversión pública: i) Proyecto Nacional de Innovación en Acuicultura, ii) Proyecto Nacional de Innovación en Pesca y iii) Proyecto Mejoramiento de la Gobernanza del Sistema Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, teniendo como uno de sus ejes principales de intervención la movilización de recursos concursables para financiar subproyectos de investigación, desarrollo e innovación, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, en la cual podrían participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos;


Que, con fecha 05 de mayo de 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 198-2017-PRODUCE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 005
denominada "Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura" en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP;

Que, con fecha 22 de noviembre de 2018, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, remite a la Secretaría General del Ministerio de la Producción el Oficio Nº 182-2018-PRODUCE/ PNIPA-DE, a través del cual adjunta el Informe Nº 086-2018-PRODUCE-PNIPA-UPP, emitido por la Unidad de Planificación y Presupuesto del PNIPA, que sustenta la necesidad de que el Despacho Ministerial disponga la autorización de las transferencias financieras a favor de las entidades públicas vinculadas, entre otros, a los Sectores de Producción, Ambiental y Educación, que corresponden a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y a la fuente Recursos Directamente Recaudados, en el marco de la ejecución del Programa (con registro PROG-19-2014-SNIP), Contrato de Préstamo Nº 8692-PE y a lo dispuesto en el literal d) del numeral 15.1 del Artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

Que, mediante Memorando Nº 1573-2018-PRODUCE/ OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción remite el Informe Nº 472-2018-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto a su cargo, a través del cual emite opinión favorable en materia presupuestal, precisando que es procedente la aprobación de la Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a favor de dieciséis (16) entidades públicas para el cofinanciamiento de 46 subproyectos, hasta por el monto de S/ 2 800 141,89, de los cuales S/ 877 994,60 corresponde a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y S/ 1 922 147,29 a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5001253: Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión y Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Contrato de Préstamo Nº 8692-PE;
el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, y modificatoria;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencias Financieras.

Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005:

Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, a favor de dieciséis (16) entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental y Educación señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CIENTO
CUARENTA Y UNO Y 89/100 SOLES (S/ 2 800 141,89), de los cuales S/ 877 994,60 corresponde a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y S/ 1 922 147,29 a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, destinadas a cofinanciar los subproyectos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8692-PE y de lo dispuesto en el literal d) del numeral 15.1 del Artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5001253:

Transferencias de recursos para la ejecución de proyectos de inversión y Genérica de Gasto 4:

Donaciones y Transferencias, en las fuentes de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038:

Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realizan las citadas transferencias financieras, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 del Artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura del Pliego 038:

Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones
administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 7.- Publicación Dispóngase la publicación del Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Ministro de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 551-2018-PRODUCE Autorizan transferencias financieras, a favor de dieciséis (16) entidades públicas vinculadas a los Sectores Producción, Ambiental y Educación
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 551-2018-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-12-07
  • Fecha de aplicacion : 2018-12-08

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