2/04/2019
Tarifario Servicios Tecnológicos Centro RE 31-2019-ITP/DE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Modifican el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa" INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RE 31-2019-ITP/DE Lima, 1 de febrero de 2019 VISTO: El Informe Técnico n.º 14-2018-ITP/CITEagroindustrial Oxapampa de fecha 20 de diciembre de 2018, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia T ecnológica Agroindustrial
Modifican el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa" INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
RE 31-2019-ITP/DE
Lima, 1 de febrero de 2019
VISTO:
El Informe Técnico n.º 14-2018-ITP/CITEagroindustrial Oxapampa de fecha 20 de diciembre de 2018, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia T ecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa; los Memorandos n.º 1248 y 1313-2019-ITP/ OA de fechas 29 y 30 de enero de 2019, emitido por la Oficina de Administración; el Memorando n.º 126-2019-ITP/OGRRHH de fecha 29 de enero de 2019, emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Informe n.º 35-2019-ITP/OPPM de fecha 31 de enero de 2019, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe n.º66-2019-ITP/OAJ de fecha 31 de enero de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo n.º 92, modificado por el Decreto Legislativo n.º 1451 se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); asimismo, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo n.º 1228 "Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE", aprobado por el Decreto Supremo n.º 004-2016-PRODUCE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE, los CITE
TAMBIEN PUEDES VER: Infundada Imposición Multa Candidato Alcalde RE 2517-2018-JNE Organismos Autonomos
públicos son órganos desconcentrados del ITP;
Que, mediante la Resolución Ministerial n.º 49-2016-ITP/DE, se crea el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa";
Que, el ITP tiene entre sus recursos los provenientes de la prestación de servicios, conforme lo dispone el literal d) del artículo 16 del Decreto Legislativo n.º 92;
y los CITE tienen como función, brindar asistencia técnica y capacitación en relación a procesos, productos, servicios, mejora de diseño, calidad, entre otros, de acuerdo a lo dispuesto por el literal a) del artículo 8
MAS NORMAS LEGALES: Resolución Declaró Infundada Tacha Contra RE 2534-2018-JNE Organismos Autonomos
del Decreto Legislativo n.º 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE;
Que, el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por el Decreto Supremo n.º
005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente;
Que, conforme lo previsto el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley n.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo n.º 004-2019-JUS, se establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;
Que, el Decreto Supremo n.º 88-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago;
Que, en ese contexto normativo por Resolución Ejecutiva n.º 212-2016-ITP/DE, se aprueba el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa";
Que, el segundo párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo n.º 88-2001-PCM, dispone que toda modificación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano;
Que, el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa mediante el Informe Técnico n.º 14-2018-ITP/CITEagroindustrial Oxapampa de fecha 20 de diciembre de 2018, propone la modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del referido CITE, incluyendo doce (12) servicios tecnológicos;
Que, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos mediante el Memorando n.º 126-2019-ITP/OGRRHH de fecha 29 de enero de valida la información del "costo de mano de obra por minuto" del personal del CITEagroindustrial Oxapampa;
Que, la Oficina de Administración en cumplimiento de sus funciones por el Memorando n.º 1248-2019-ITP/ OA de fecha 29 de enero de 2019, remite el Informe n.º
62-2019-ITP/OA-CONT, emitido por el Responsable de Contabilidad en el que se indica que la depreciación de los equipos que intervienen en la prestación de servicios, se encuentran conforme el cálculo del costo de depreciación;
asimismo, con respecto a los costos de los servicios, se encuentran acorde el porcentaje de la depreciación según el requerimiento del servicio;
Que, asimismo, con el Memorando n.º 1313-2019-ITP/OA de fecha 30 de enero de 2019, la Oficina de Administración remite el Informe n.º 133-2019-ITP-OA/ ABAST del Responsable de Abastecimiento informando que se ha realizado la verificación de los costos detallados en los Anexos 2 y 4 respecto al "Costo de los materiales Fungibles" y "Costo de los materiales no Fungibles", los mismos que fueron validados y que corresponden a las compras realizadas por el ITP;
Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en cumplimiento de sus funciones, por el el Informe n.º 35-2019-ITP/OPPM de fecha 31 de enero de 2019, emite opinión favorable al proyecto de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Oxapampa, incluyendo doce (12)
servicios tecnológicos;
Que, por el Informe n.º66-2019-ITP/OAJ de fecha 31 de enero de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar la modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa, incorporando los doce (12) servicios propuestos. al encontrarse dichos servicios dentro de las funciones del ITP y por cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la modificación del Tarifario de Servicios del Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa, incorporando los doce (12) servicios propuestos por el mencionado
CITE;
Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo n.º 92, modificado por el Decreto Legislativo n.º 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo n.º 88-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo n.º
005-2016-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa", aprobado por la Resolución Ejecutiva n.º 212-2016-ITP/DE, incluyendo doce (12) servicios, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al Anexo adjunto.
Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial "El Peruano".
Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO VILLARAN CORDOVA
Director Ejecutivo Resolución Ejecutiva Nº 31-2019-ITP/DE
ANEXO
TARIFARIO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS DEL CENTRO DE INNOVACION
PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA AGROINDUSTRIAL
OXAPAMPA - CITEagroindustrial Oxapampa
Nº Denominación del Servicio Tecnológico Requisitos Unidad de Medida Valor del Servicio (Soles)
%
UIT
SERVICIO DE CAPACITACIÓN
001
Técnicas de tratamiento térmico de frutas.
Solicitud Dirigida Al Director/A Del Órgano Con Carácter De Declaración Jurada Y
Obligatoria Según Formulario Itp-00-Fr-0001
Hora 4.80 0.11
002
Procesamiento de café semi húmedos y naturales "honey y natural".
Hora 3.10 0.07
003
Procesamiento de cafés especiales "cosecha selectiva, fermentación, secado, control de calidad, tostado, molido y empaque".
Hora 3.10 0.07
004
Procesamiento de alimentos y frutas con técnicas de escaldado y pasteurización.
Hora 4.80 0.11
Nº Denominación del Servicio Tecnológico Requisitos Unidad de Medida Valor del Servicio (Soles)
%
UIT
005
Las buenas prácticas agrícolas, estandarización e industrialización del grano de cacao.
Solicitud Dirigida Al Director/A Del Órgano Con Carácter De Declaración Jurada Y
Obligatoria Según Formulario Itp-00-Fr-0001
Hora 4.80 0.11
006
Elaboración de alimentos y frutas deshidratadas.
Hora 4.80 0.11
007
Elaboración de pastas y pulpas de frutas.
Hora 4.80 0.11
SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA
008
Buenas prácticas de manufactura y procedimientos operativos estandarizados para la mejora de procesos.
Hora 26.60 0.63
009
Diseño y desarrollo de productos (a partir de frutas, café y cacao).
Hora 26.60 0.63
010
Soporte productivo en la industria de frutas.
Hora 26.60 0.63
011 Procesos de calidad del café. Hora 18.00 0.43
INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E
INNOVACIÓN (I+D+i)
012 Formulación de proyectos. Hora 23.50 0.56
Nota:
* El pago se hará en efectivo, cheque o transferencia bancaria a la cuenta del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), proporcionada por el CITE.
* El Valor del Servicio expresado en porcentaje de la UIT no incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV).
* Los servicios brindados fuera de las instalaciones del CITE, no incluyen gastos por alimentos, transporte y hospedaje; estos se describirán en la propuesta económica presentada por el CITE.
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 31-2019-ITP/DE Modifican el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa - CITEagroindustrial Oxapampa" INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN EJECUTIVA
- Numero : 31-2019-ITP/DE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-02-04
- Fecha de aplicacion : 2019-02-05
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)