6/13/2019

Transferencia Financiera Favor Organización RM 273-2019-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Autorizan transferencia financiera a favor de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura RM 273-2019-MINEDU Lima, 11 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 730-2018-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente
Poder Ejecutivo, Educacion
Autorizan transferencia financiera a favor de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura
RM 273-2019-MINEDU
Lima, 11 de junio de 2019

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 730-2018-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 9 919
451 096,00 (NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL
NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el artículo 76 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, establece que son transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; asimismo, señala que las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público;

Que, el artículo 40 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza, al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2019, para aprobar transferencias financieras a favor de organismos internacionales y celebrar convenios de asistencia técnica para la formulación, implementación, gestión, monitoreo y evaluación de programas de formación, capacitación y evaluación docente, así como de análisis de experiencias internacionales exitosas e investigación aplicada, para la mejora de los aprendizajes de las niñas y niños, lo que incluye las contrataciones necesarias a efectos de asegurar la operatividad y cumplimiento de las actividades mencionadas que se desarrollen en el marco del Plan Nacional de Educación; asimismo, señala que los acuerdos son suscritos por el titular de la entidad y, previo a su celebración, se requiere contar con un informe técnico que demuestre las ventajas y beneficios del acuerdo como mejor alternativa; un informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces, en el cual se demuestre la disponibilidad de recursos para su financiamiento; y un informe legal. El Ministerio de Educación, bajo responsabilidad de su titular, debe proveer información a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), de ser solicitada por estos. Finalmente, indica que las transferencias financieras autorizadas se realizan mediante resolución de titular del pliego Ministerio de Educación, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano y que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme a la presente disposición;



Que, con fecha 30 mayo de 2019, se suscribe el Convenio Nº 073-2019-MINEDU, denominado "Convenio de Asistencia Técnica que celebran el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura", en adelante el CONVENIO, con el objeto de que la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI brinde asistencia técnica al Ministerio de Educación - MINEDU en la implementación del Programa Nacional de Formación y Capacitación de Directores y Subdirectores de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva - Etapa de Especialización para el año 2019;

Que, la Cláusula Sexta del CONVENIO, establece que el MINEDU transferirá a favor de la OEI la suma de hasta S/ 14 797 808,00 (CATORCE MILLONES
SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS
OCHO Y 00/100 SOLES). Dicho monto, cubrirá los gastos efectivamente realizados y sustentados por la OEI para el cumplimiento del objeto del CONVENIO, según las Líneas Presupuestales y el Cronograma de Desembolso contenido en el Anexo 2 del mismo; conforme a lo establecido en el artículo 40 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

Que, de conformidad con lo señalado en el numeral 3.2
Cronograma de Desembolso del Anexo 2 del CONVENIO, en un plazo no mayor a los treinta (30) días calendario posteriores a la fecha de suscripción del CONVENIO se procederá con la entrega del 70% del monto al que se hace referencia en el considerando precedente, el cual equivale a S/ 10 358 465,60 (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA
Y CINCO Y 60/100 SOLES)
Que, mediante Memorándum Nº 00690-2019-MINEDU/ VMGI-DIGC e Informe Nº 00006-2019-MINEDU/VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, sustenta y señala que en virtud a lo establecido en la Cláusula Sexta del CONVENIO corresponde realizar la Primera Transferencia a favor de la OEI por el monto al que se hace referencia en el considerando precedente;

Que, a través del Informe Nº 00604-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP , la Unidad de Planificación y Presupuesto
de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Primera Transferencia Financiera a favor de la OEI, hasta por la suma de S/ 10 358
465,60 (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA
Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO
Y 60/100 SOLES), por cuanto se cuentan con recursos necesarios en el presupuesto institucional del Pliego 010:

Ministerio de Educación, en la Unidad Ejecutora 026:

Programa Educación Básica para Todos, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;

Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una transferencia financiera por el monto señalado en el considerando precedente a favor de la OEI;

Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026:

Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 10 358 465,60 (DIEZ MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
CINCO Y 60/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1:

Recursos Ordinarios, a favor de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en cumplimiento de lo establecido en la Cláusula Sexta y del numeral 3.2 Cronograma de Desembolso del Anexo 2 del Convenio Nº 073-2019-MINEDU denominado "Convenio de Asistencia Técnica que celebran el Ministerio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura".

Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera referida en el artículo precedente, no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad.

Artículo 3.- El Ministerio de Educación a través de la Dirección General de la Calidad de la Gestión Escolar, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfirieron los recursos.

Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLOR PABLO MEDINA
Ministra de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 273-2019-MINEDU Autorizan transferencia financiera a favor de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 273-2019-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-06-13
  • Fecha de aplicacion : 2019-06-14

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