8/09/2019
Reglamento Organización Funciones DS 145-2019-PCM PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS DS 145-2019-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de diciembre de 1992 se publicó el Decreto Ley Nº 25965 que creó a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS; Que, mediante Ley Nº 27332 - Ley Marco de los
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS
DS 145-2019-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 19 de diciembre de 1992 se publicó el Decreto Ley Nº 25965 que creó a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS;
Que, mediante Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se define a la SUNASS como un organismo público adscrito a la Presidencia de Consejo de Ministros;
Que, los artículos 28 y 31 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, definen la naturaleza de los organismos públicos, siendo la SUNASS un Organismo Público Especializado-Organismo Regulador;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM
se aprobó el Reglamento General de la SUNASS que precisa las facultades y establece su estructura orgánica;
Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 032-2006-SUNASS-CD se aprobó el Manual de Organización y Funciones de la SUNASS y con Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2009-SUNASS-CD se cambió su denominación a Reglamento de Organización y Funciones, el cual fue modificado mediante el Decreto Supremo Nº 076-2009-PCM;
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Que, con el Decreto Legislativo Nº 1280 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, se otorgan nuevas competencia y funciones a la SUNASS, garantizando a los usuarios la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito urbano y rural, en condiciones de calidad, contribuyendo a la salud de la población y a la preservación del ambiente;
Que, mediante la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y normas complementarias, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, para cuyo efecto la norma establece las principales acciones y los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública;
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Que, conforme lo dispone el numeral 45.1 del artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, el ROF de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por decreto supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la sección primera del artículo 44. La organización interna de sus órganos y el despliegue de sus funciones, que comprende del tercer nivel organizacional en adelante, se estructura conforme la segunda sección del artículo 44 y se aprueba por resolución del titular de la Entidad. El decreto supremo que aprueba el ROF rige a partir de la entrada en vigencia de la resolución del titular de la entidad;
Que, por Resolución de Contraloría Nº 163-2015-CG se aprobó la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL
"Directiva de los Órganos de Control Institucional", cuya versión actualizada se aprobó mediante Resolución de Contraloría Nº 353-2015-CG, la cual contiene en su numeral 7.1.7 las funciones de los Órganos de Control Institucional - OCI; así también, dispone en la Sétima Disposición Final que las entidades que cuenten con un OCI deben realizar las modificaciones en sus documentos de gestión institucional;
Que, la Contraloría General de la República - CGR, mediante Oficio Nº 00114-2017-CG/DOCI, opinó favorablemente sobre la propuesta de modificación de las funciones del Órgano de Control Institucional de la
SUNASS;
Que, en ese sentido resulta necesario aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, que defina la estructura orgánica y funciones permitiendo cumplir las responsabilidades asignadas, de conformidad con los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM.
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Estado; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento Apruébase la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, que consta de tres (03) Títulos y cuarenta y siete (47) Artículos, que forman parte integrante del presente decreto supremo.
Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de la SUNASS, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3.- Vigencia El presente decreto supremo entra en vigencia al día siguiente de publicada la Resolución del Titular de la SUNASS que apruebe la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento.
Artículo 4.- Publicación y difusión La Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, aprobada por el artículo 1 del presente decreto supremo, es publicada en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente decreto supremo en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 5.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Implementación del Reglamento de Organización y Funciones Con resolución del titular de la SUNASS se emiten las disposiciones complementarias necesarias para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado con la presente norma.
Segunda.- Adecuación de documentos de gestión La SUNASS adecua sus documentos de gestión a lo establecido en el presente Reglamento de Organización y Funciones-ROF, en un plazo no mayor de 120 (ciento veinte) días calendario, contados desde su entrada de vigencia.
Tercera.- Mención a Unidades de Organización Para todo efecto y de acuerdo a la nueva organización, toda mención a las gerencias en las normativas de la SUNASS, entiéndase ahora a las direcciones y oficinas, según detalle:
Gerencia de Usuarios, ahora Dirección de Usuarios Gerencia de Políticas y Normas, ahora Dirección de Políticas y Normas Gerencia de Regulación Tarifaria, ahora Dirección de Regulación Tarifaria Gerencia de Supervisión y Fiscalización, ahora Dirección de Fiscalización Gerencia de Asesoría Jurídica, ahora Oficina de Asesoría Jurídica Gerencia de Administración y Finanzas, ahora Oficina de Administración y Finanzas
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
TRANSITORIA
Única.- Encargo de Funciones En tanto se apruebe el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la SUNASS el titular de la entidad queda facultado para encargar, mediante resolución, las competencias, funciones y atribuciones de los órganos de línea y de administración interna establecidas en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
Única.- Derogación Derógase la Resolución de Consejo Directivo Nº 032-2006-SUNASS-CD que aprobó el Manual de Organización y Funciones de la SUNASS, la Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2009-SUNASS-CD que cambia su denominación a Reglamento de Organización y Funciones, el Decreto Supremo Nº 076-2009-PCM que modifica este último.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Presidente del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 145-2019-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y funciones de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 145-2019-PCM
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-08-09
- Fecha de aplicacion : 2019-08-10
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