9/22/2019

Apci Gasto Concepto Adquisición Pasajes Aéreos RM 0650/RE-2019 Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de servidor del MIDIS, a fin de brindar asistencia técnica y capacitación en la República del Paraguay RM 0650/RE-2019 Lima, 18 de setiembre de 2019 VISTOS: El Memorándum (APC) Nº APC00301/2019, de 5 de septiembre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y el Memorándum (DCI) Nº DCI00585/2019,
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de servidor del MIDIS, a fin de brindar asistencia técnica y capacitación en la República del Paraguay
RM 0650/RE-2019
Lima, 18 de setiembre de 2019
VISTOS:

El Memorándum (APC) Nº APC00301/2019, de 5 de septiembre de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y el Memorándum (DCI) Nº DCI00585/2019, de 6 de septiembre de 2019, de la Dirección de Cooperación Internacional;

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con la Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece;

Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo Nº 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú;


Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI
financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración;


Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, la cooperación entre la República de Perú y la República del Paraguay se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica, suscrito el 7 de agosto de 1996, a través del cual, se estableció un mecanismo de reuniones denominado "Comisiones Mixta de Cooperación Técnica y Científica", cuya periodicidad es determinada de acuerdo a las necesidades de los programas, Proyectos y Actividades de cooperación que acuerden las partes mutuamente;

Que, en la III Reunión de la Comisión Mixta Peruano-Paraguaya, sostenida el 31 de octubre de 2017, se aprobó el Programa de Cooperación 2017-2019, conformado, entre otros, por el Proyecto denominado "Transferencia de conocimientos prácticos entre Perú y el Programa Nacional de Voluntariado - AROVIA", siendo su objetivo "Modernizar y ajustar diseños, metodologías y herramientas del programa AROVIA entre otros programas sociales del gobierno de Paraguay en cuanto a la gestión articulada en territorio y las estrategias de seguimiento y evaluación", cuyas instituciones ejecutoras son el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) de la República del Perú y la Secretaría Técnica de Planificación del Desarrollo Económico y Social (STP) de la República del Paraguay;

Que, en el marco del mencionado Proyecto, se ha programado la segunda actividad que se llevará a cabo en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 29 de septiembre al 4 de octubre de 2019, en la cual, el MIDIS actúa como Organismo Oferente de Cooperación (OFC) y compartirá sus conocimientos en los modelos de articulación territorial a través es del intercambio, así como estrategias de seguimiento y evaluación a la STP de Paraguay como Organismo Receptor de Cooperación (ORC);

Que, en la referida actividad la asistencia técnica y capacitación que brindará el MIDIS contribuirá al fortalecimiento del trabajo territorial de la STP, a partir del intercambio de experiencias sobre articulación territorial, previéndose que en el Programa Nacional de Voluntariado (AROVIA) de la STP se fortalecerá y consolidará la metodología de evaluación, las herramientas de diseño, gestión e intervención; lo que contribuirá a mejorar las capacidades nacionales del Paraguay en materia de gestión articulada en territorio y estrategias de seguimiento y evaluación políticas sociales;

Que, en dicha actividad participará el servidor civil de nacionalidad peruana, señor Elmer Guerrero Yupanqui del MIDIS, quien brindará asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Asunción, República del Paraguay;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento del mencionado servidor civil serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;

Que, mediante Memorándum Nº 0738-2019-APCI/ OGA, de 3 de septiembre de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados;
asimismo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, mediante Memorándums Nº 0397-2019-APCI/ OPP de 27 de agosto de y Nº 0402-2019-APCI/OPP de 2 de septiembre de 2019, indicó que se cuenta con disponibilidad presupuestal, emitiendo las respectivas certificaciones de crédito presupuestal;

Que, mediante Informe Nº 0116-2019-APCI/DGNI, de 3 de septiembre de 2019, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, emitió opinión técnica, concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento del servidor civil del MIDIS a la República del Paraguay;

Que, finalmente, mediante Informe Nº 0219-2019/ APCI-OAJ, de 4 de septiembre de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI verificó el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto;

Que, a través del Memorándum (DCI) Nº DCI000585/2019, de 6 de septiembre de 2019, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indicó haber verificado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación;

De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento del señor Elmer Guerrero Yupanqui, servidor civil peruano del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) de la República del Perú, quien brindará asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la segunda actividad del Proyecto denominado "Transferencia de conocimientos prácticos entre Perú y el Programa Nacional de Voluntariado - AROVIA", a realizarse en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 29 de septiembre al 4 de octubre de 2019, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasajes Aéreos Clase Económi-ca USD
Viáticos por día
USD
Número de días Total de viáticos
USD
Elmer Guerrero Yupanqui 1153.04 370.00 6 2220.00
Artículo 2º.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización.

Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0650/RE-2019 Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de servidor del MIDIS, a fin de brindar asistencia técnica y capacitación en la República del Paraguay
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0650/RE-2019
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-22
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-23

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