10/02/2019
Fijan Fecha Cierre Padrón Electoral Proceso RE 0150-2019-JNE JNE
Poder Judicial, Jurado Nacional de Elecciones Fijan fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Congresales 2020 y dictan otras disposiciones RE 0150-2019-JNE Lima, uno de octubre de dos mil diecinueve. VISTO el Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 30 de setiembre de 2019. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en la edición extraordinaria del diario
Fijan fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Congresales 2020 y dictan otras disposiciones
RE 0150-2019-JNE
Lima, uno de octubre de dos mil diecinueve.
VISTO el Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 30 de setiembre de 2019.
CONSIDERANDOS
1. Mediante Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano del 30 de setiembre de 2019, el Presidente de la República disolvió el Congreso de la República y convocó, para el domingo 26 de enero de 2020, a elecciones para elegir congresistas que completen el periodo constitucional del Congreso disuelto, esto es, el periodo 2016-2021.
2. De conformidad con lo previsto en el artículo 79 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modificado por la Ley Nº 30682, los procesos electorales se inician con la convocatoria a elecciones por el Presidente de la República y terminan con la resolución del Jurado Nacional de Elecciones que declara su conclusión; así también, los artículos 201 y 82 de la misma norma, disponen que el padrón electoral se cierra 365 días calendario antes de la fecha de la respectiva elección y que la convocatoria se hace con anticipación no menor a 270 días de la fecha del acto electoral.
TAMBIEN PUEDES VER: Directiva Administrativa Monitoreo Supervisión RJ 146-2019/SIS Salud
3. Así, todo proceso electoral, como regla general, debería tener una duración total de 365 días contados desde el primer acto del proceso electoral, es decir, desde el cierre del padrón electoral, lo que en este caso no es posible de aplicar, pues entre la convocatoria y el día de la elección median solo 118 días calendario, a los que el cronograma electoral debe restringirse, siendo necesario adoptar medidas excepcionales para compatibilizar el cronograma electoral general, es decir, los hitos que establecen las leyes electorales, con las actividades propias de la elección convocada que deben realizar los organismos electorales, en el marco de sus competencias en relación con el padrón electoral.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:
MAS NORMAS LEGALES: Unidad Inteligencia Análisis Datos (uiad) RPE 655-PE-ESSALUD-2019 Trabajo y Promocion del Empleo
Artículo Primero.- FIJAR el 30 de setiembre de como fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Congresales 2020, por ser la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, que lo convoca.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil debe remitir al Jurado Nacional de Elecciones, la Lista del Padrón Inicial para el proceso de Elecciones Congresales 2020, el 7 de octubre de 2019. La remisión de esta información debe efectuarse en formato electrónico y con el siguiente contenido:
• Código Único de Identificación • Dígito de verificación • Grupo de votación, con su respectivo ubigeo • Primer apellido • Segundo apellido • Prenombres • Fecha de nacimiento • Ubigeo de nacimiento • Sexo • Código de grado de instrucción • Domicilio actual • Fecha de inscripción • Fecha de emisión del DNI
• Fecha de caducidad del DNI
• Fecha del último trámite • Fecha del último cambio de ubigeo • Ubigeo y domicilio de procedencia (anterior al cambio)
• Tipo de Documento (DNI: convencional, electrónico o menor)
• Indicador de discapacidad del ciudadano • Nombre del padre • Nombre de la madre • DNI del padre (de los ciudadanos respecto de los que se cuente con tal información)
• DNI de la madre (de los ciudadanos respecto de los que se cuente con tal información)
• Archivos que contengan las fotografías de los electores en formato estándar (JPEG).
Artículo Tercero.- ESTABLECER que, el 6 de noviembre de 2019, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil debe remitir al Jurado Nacional de Elecciones el padrón electoral, para su aprobación, dentro del plazo de 10 días después de su recepción.
Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines que se estime pertinentes.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Concha Moscoso Secretaria General
NORMA LEGAL:
- Titulo: RE 0150-2019-JNE Fijan fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Congresales 2020 y dictan otras disposiciones
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN
- Numero : 0150-2019-JNE
- Emitida por : Jurado Nacional de Elecciones - Poder Judicial
- Fecha de emision : 2019-10-02
- Fecha de aplicacion : 2019-10-03
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)