10/02/2019

Fijan Fecha Cierre Padrón Electoral Proceso RE 0150-2019-JNE JNE

Poder Judicial, Jurado Nacional de Elecciones Fijan fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Congresales 2020 y dictan otras disposiciones RE 0150-2019-JNE Lima, uno de octubre de dos mil diecinueve. VISTO el Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 30 de setiembre de 2019. CONSIDERANDOS 1. Mediante Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en la edición extraordinaria del diario
Poder Judicial, Jurado Nacional de Elecciones
Fijan fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Congresales 2020 y dictan otras disposiciones
RE 0150-2019-JNE
Lima, uno de octubre de dos mil diecinueve.

VISTO el Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 30 de setiembre de 2019.

CONSIDERANDOS


1. Mediante Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano del 30 de setiembre de 2019, el Presidente de la República disolvió el Congreso de la República y convocó, para el domingo 26 de enero de 2020, a elecciones para elegir congresistas que completen el periodo constitucional del Congreso disuelto, esto es, el periodo 2016-2021.

2. De conformidad con lo previsto en el artículo 79 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, modificado por la Ley Nº 30682, los procesos electorales se inician con la convocatoria a elecciones por el Presidente de la República y terminan con la resolución del Jurado Nacional de Elecciones que declara su conclusión; así también, los artículos 201 y 82 de la misma norma, disponen que el padrón electoral se cierra 365 días calendario antes de la fecha de la respectiva elección y que la convocatoria se hace con anticipación no menor a 270 días de la fecha del acto electoral.


3. Así, todo proceso electoral, como regla general, debería tener una duración total de 365 días contados desde el primer acto del proceso electoral, es decir, desde el cierre del padrón electoral, lo que en este caso no es posible de aplicar, pues entre la convocatoria y el día de la elección median solo 118 días calendario, a los que el cronograma electoral debe restringirse, siendo necesario adoptar medidas excepcionales para compatibilizar el cronograma electoral general, es decir, los hitos que establecen las leyes electorales, con las actividades propias de la elección convocada que deben realizar los organismos electorales, en el marco de sus competencias en relación con el padrón electoral.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:




Artículo Primero.- FIJAR el 30 de setiembre de como fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Congresales 2020, por ser la fecha de publicación del Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, que lo convoca.

Artículo Segundo.- ESTABLECER que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil debe remitir al Jurado Nacional de Elecciones, la Lista del Padrón Inicial para el proceso de Elecciones Congresales 2020, el 7 de octubre de 2019. La remisión de esta información debe efectuarse en formato electrónico y con el siguiente contenido:
• Código Único de Identificación • Dígito de verificación • Grupo de votación, con su respectivo ubigeo • Primer apellido • Segundo apellido • Prenombres • Fecha de nacimiento • Ubigeo de nacimiento • Sexo • Código de grado de instrucción • Domicilio actual • Fecha de inscripción • Fecha de emisión del DNI
• Fecha de caducidad del DNI
• Fecha del último trámite • Fecha del último cambio de ubigeo • Ubigeo y domicilio de procedencia (anterior al cambio)
• Tipo de Documento (DNI: convencional, electrónico o menor)
• Indicador de discapacidad del ciudadano • Nombre del padre • Nombre de la madre • DNI del padre (de los ciudadanos respecto de los que se cuente con tal información)
• DNI de la madre (de los ciudadanos respecto de los que se cuente con tal información)
• Archivos que contengan las fotografías de los electores en formato estándar (JPEG).

Artículo Tercero.- ESTABLECER que, el 6 de noviembre de 2019, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil debe remitir al Jurado Nacional de Elecciones el padrón electoral, para su aprobación, dentro del plazo de 10 días después de su recepción.

Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines que se estime pertinentes.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Concha Moscoso Secretaria General

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 0150-2019-JNE Fijan fecha de cierre del padrón electoral para el proceso de Elecciones Congresales 2020 y dictan otras disposiciones
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN
  • Numero : 0150-2019-JNE
  • Emitida por : Jurado Nacional de Elecciones - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2019-10-02
  • Fecha de aplicacion : 2019-10-03

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