2/13/2020

Transferencia Financiera Favor Gobiernos RM 038-2020-MINEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Autorizan transferencia financiera a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Junín, Loreto y Tumbes, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética RM 038-2020-MINEM/DM Lima, 11 de febrero de 2020 VISTOS: El Informe Nº 019-2020-MINEM-OGPP/ ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Autorizan transferencia financiera a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Junín, Loreto y Tumbes, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética
RM 038-2020-MINEM/DM
Lima, 11 de febrero de 2020
VISTOS: El Informe Nº 019-2020-MINEM-OGPP/ ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (en adelante, OGPP) y el Informe Nº 093-2020-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:



Que, el acápite i, literal p) del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a financiar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5

000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles);

Que, dicha norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso de los acápites i y ii; así también, se dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas;

Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 17.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial El Peruano;


Que, en atención a los dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, el MINEM y los Gobiernos Regionales de Amazonas, Tumbes, Junín y Loreto, en fechas 22 y 30 de enero, y 04 y 05 de febrero de 2020, respectivamente, suscriben los Convenios de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer las capacidades de gestión y apoyar económicamente y técnicamente a las Direcciones y/o Gerencias de los Gobiernos Regionales, como encargadas de desarrollar las funciones y competencias transferidas en las materias de energía y minería;

Que, mediante los mencionados Convenios de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a cada gobierno regional, por el monto de hasta S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, según el detalle establecido en cada convenio. Para tal efecto el MINEM, realizará dos transferencias financieras a los Gobiernos Regionales; una en el primer semestre del año y otra en el segundo semestre de dicho año, siendo cada transferencia correspondiente al 50% del monto antes señalado;

Que, a través del Informe Nº 019-2020-MINEM-OGPP/ODICR de fecha 07 de febrero de 2020, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la OGPP, precisa que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Junín, Loreto y Tumbes cumplieron con presentar el Informe de Avances y Logros correspondiente al segundo semestre del año 2019, por lo que dan conformidad para ejecutar la primera transferencia del año 2020; asimismo, señala que la Oficina de Presupuesto con fecha 23 de enero de 2020, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2020-00350-001 con cargo a la Meta Nº 0045 y SIAF Nº 0000000329, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco millones con 00/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;

Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, resulta necesario autorizar la primera transferencia de recursos presupuestales del MINEM a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Tumbes, Junín y Loreto, hasta por suma de S/ 100 000,00 (Cien mil con 00/100 soles), para cada uno de los referidos Gobiernos Regionales;

De conformidad con lo dispuesto en el acápite i, literal p) del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de Energía y Minas -
Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Junín, Loreto y Tumbes.

Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil con 00/100 soles), a favor de cada uno de los siguientes Gobiernos Regionales:

Amazonas, Junín, Loreto y Tumbes; para ser destinadas exclusivamente a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de Descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes:

2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 400 000,00
Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:

A LA: (En Soles)
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
Pliego 440 : Gobierno Regional de Amazonas 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Amazonas - Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0721
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20479569861
Pliego 450 : Gobierno Regional de Junín 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Junín - Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0818
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20486021692
Pliego 453 : Gobierno Regional de Loreto 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Loreto - Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0861
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20493196902
Pliego 461 : Gobierno Regional de Tumbes 100 000,00
Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Tumbes - Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0936
Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : Nº 20484003883
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en los Convenio de Cooperación y Gestión celebradas, entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Amazonas, Junín, Loreto y Tumbes, correspondiente al año 2020.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 038-2020-MINEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Junín, Loreto y Tumbes, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 038-2020-MINEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-02-13
  • Fecha de aplicacion : 2020-02-14

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