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Decreto de Alcaldía N° 002-2013-MDSL Aprueban modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado por
2/06/2013
Decreto de Alcaldía N° 002-2013-MDSL Aprueban modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado por
Aprueban modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado por la Ordenanza N° 119-MDSL MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2013-MDSL San Luis, 1 de febrero de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe N° 008-2013-GM-MDSL de la fecha de la Gerencia Municipal, el Informe N° 038-2013-GAL-MDSL de la Gerencia de Asesoría Legal e Informe N° 029-2013-SGFT-GR/MDSL de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, referido al proyecto
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2013-MDSL
San Luis, 1 de febrero de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SAN LUIS
VISTO:
El Informe N° 008-2013-GM-MDSL de la fecha de la Gerencia Municipal, el Informe N° 038-2013-GAL-MDSL de la Gerencia de Asesoría Legal e Informe N° 029-2013-SGFT-GR/MDSL de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, referido al proyecto de modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones – CIS aprobado por la Ordenanza N° 119-MDSL, modificado por el Decreto de Alcaldía N° 024-2011-MDSL y Decreto de Alcaldía N° 015-2012-MDSL; y,
CONSIDERANDO
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y su modificatoria Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, de conformidad a lo establecido en los artículos 46°,47°, 48° y 49 de la Ley Orgánica de Municipalidades
– Ley N° 27972, en concordancia con las disposiciones contenidas en el Título IV del Capítulo II de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, se reconoce la potestad sancionadora de los gobiernos locales;
La Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 20° las atribuciones del Alcalde, entre las cuales señala en su numeral 6) Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, mediante Ordenanza N° 119-MDSL y sus modificatorias, se aprobó el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones – RAS y el Cuadro de Infracciones y Sanciones – CIS de la Municipalidad Distrital de San Luis, norma que en su Sexta Disposición Final y Transitoria faculta al Alcalde para que mediante Decreto pueda emitir las modificaciones o incorporaciones necesarias al Cuadro de Infracciones y Sanciones - CIS, introduciendo las especificaciones o graduaciones que contribuyan a la más correcta identificación de las conductas o a la más precisa determinación de las sanciones correspondientes;
Que, la Gerencia Municipal a través del informe del visto, señala que de acuerdo al Informe N° 029- 2013-MDSL-GR/SGFT de fecha 01FEB2013 de la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, se requiere que se aprueben la modificaciones al Cuadro de Infracciones y Sanciones
– CIS;
Que, la Gerencia de Asesoría Legal con Informe N° 038-2013-GALMDSL, luego del análisis correspondiente, concluye opinando favorablemente respecto a la propuesta de modificación;
Estando a lo expuesto, de conformidad a los artículos 20° inciso 6) y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades
– Ley N° 27972, en concordancia con la Ley N° 27444 y la Ordenanza N° 119-MDSL y su modificatoria, y contando con el visto bueno de la Gerencia de Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones aprobado por la Ordenanza N° 119-MDSL, unicamente en las infracciones que a continuación se detallan:
CÓDIGO INFRACCIÓN OBSERVACIÓN % UIT
MEDIDA
COMPLEMENTARIA
ORDENANZA N° 119-MDSL.
010-052
Por exhibir en venta vehículos, maquinarias, autopartes y/o similares en la vía pública (conductor del establecimiento y/o propietario del vehículo)
MULTA 50%
Clausura Temporal por 5 días Retiro/Retención 010-054
Por permitir y/o fomentar el comercio ambulatorio (con-ductor del establecimiento)
MULTA 25%
Clausura Temporal por 3 días Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcadía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria y Sub Gerencia de Ejecución Coactiva y demás áreas de acueredo a su competencia y bajo responsabilidad administrativa.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General disponer la publicación en el Diario Oficial 'El Peruano' del presente Decreto de Alcaldía, y a la Sub Gerencia de informática y Estadística su difusión en la página Web de la Municipal y en el Portal del Estado Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde
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