2/03/2013

Resolución Ministerial N° 023-2013-MINCETUR/DM Autorizan viajes de representantes del Ministerio a Bolivia y Qatar, en

Autorizan viajes de representantes del Ministerio a Bolivia y Qatar, en comisión de servicios COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 023-2013-MINCETUR/DM Lima, 1 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Reunión del Comité Andino de Sanidad Agropecuaria – COTASA – Plaguicidas, se llevará a cabo en la Ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia, del 04 al 08 de febrero de 2013; Que, dicho evento tiene por objeto examinar y evaluar la propuesta del Perú de un texto modificatorio
Autorizan viajes de representantes del Ministerio a Bolivia y Qatar, en comisión de servicios

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 023-2013-MINCETUR/DM


Lima, 1 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, la Reunión del Comité Andino de Sanidad Agropecuaria – COTASA – Plaguicidas, se llevará a cabo en la Ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia, del 04 al 08 de febrero de 2013;

Que, dicho evento tiene por objeto examinar y evaluar la propuesta del Perú de un texto modificatorio de la Decisión 436, Norma Andina para el Control y Registro de Plaguicidas, siendo que dicha Decisión tiene por objeto establecer los requisitos y procedimientos armonizados para el registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola, orientar su uso y manejo correctos para prevenir y minimizar daños a la salud y el ambiente en las condiciones autorizadas, y facilitar su comercio en la Subregión;

Que, la propuesta del texto modificatorio de la Decisión 436 será evaluada en primera instancia por el COTASA;

Que, el MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; y es responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias. Asimismo, está encargado de la regulación del Comercio Exterior;

Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice el viaje del señor Julián Cipriano Gamero Alania, Director (e) de Asuntos Bilaterales y Técnicos de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión antes mencionada;

Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Julián Cipriano Gamero Alania, Director (e) de Asuntos Bilaterales y Técnicos de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia, del 03 al 09 de febrero de 2013, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la Reunión del Comité Andino de Sanidad Agropecuaria – COTASA
– Plaguicidas, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes: US$ 751.30
Viáticos (US$ 200,00 x 6 días): US$ 1200,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Gamero Alania presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá;
asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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