9/20/2013

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 089-2013-P-CE-PJ Constituyen el Equipo de Trabajo para el seguimiento

Constituyen el Equipo de Trabajo para el seguimiento y monitoreo de los órganos jurisdiccionales que conocen procesos contenciosos administrativos con subespecialidad en diversas materias RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 089-2013-P-CE-PJ Lima, 18 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Primero. Que por Ley N° 29391 se incorporaron el numeral 6) al artículo 46° y el artículo 52°-A al Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, creándose los denominados Juzgados de Tránsito y Seguridad Vial. Segundo.
Constituyen el Equipo de Trabajo para el seguimiento y monitoreo de los órganos jurisdiccionales que conocen procesos contenciosos administrativos con subespecialidad en diversas materias
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 089-2013-P-CE-PJ
Lima, 18 de setiembre de 2013
CONSIDERANDO:

Primero. Que por Ley N° 29391 se incorporaron el numeral 6) al artículo 46° y el artículo 52°-A al Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, creándose los denominados Juzgados de Tránsito y Seguridad Vial.

Segundo. Que mediante Resoluciones Administrativas Nros. 206-2012-CE-PJ y 102-2013-CE-PJ, del 24 de octubre de 2012 y 12 de junio de 2013, respectivamente, se crearon nueve Juzgados y tres Salas Especializados en lo Contencioso Administrativo con Subespecialidades en materia tributaria, aduanera e INDECOPI, disponiéndose su funcionamiento desde el 16 de julio del año en curso, para tramitar y resolver procesos en los cuales sean parte el Tribunal Fiscal, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; así como un Juzgado con jurisdicción constitucional para conocer procesos de amparo y otros procesos constitucionales que se instauren contra las señaladas instituciones. Los referidos órganos jurisdiccionales comenzaron su labor con carga procesal recibida de los Juzgados y Salas Contenciosos Administrativos en ese momento existentes.

Tercero. Que, asimismo, por Resolución Administrativa N° 101-2013-CE-PJ, del 12 de junio del año en curso, se dispuso, a partir del 18 de junio del mismo año, reubicar y convertir a determinados órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima que asumirían la competencia de los Juzgados de Tránsito y Seguridad Vial y de los Juzgados de Paz Letrado - Tránsito y Seguridad Vial, a partir del 1 de julio de 2013; otorgándose competencia al Primer y Segundo Juzgado Especializado de Tránsito y Seguridad Vial Permanentes, y al Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lima - Tránsito y Seguridad Vial Permanente, para conocer procesos civiles, penales y contenciosos administrativos derivados de eventos de tránsito, según corresponda.

Cuarto. Que también por Resolución Administrativa N° 155-2013-CE-PJ, del 1 de agosto último, se crearon dos Juzgados Penales con competencia supraprovincial, para tramitar procesos derivados de la comisión de Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente (Minería Ilegal y otros), cuyas sedes son las ciudades de Piura y Cusco.

Quinto. Que la creación de los nuevos órganos jurisdiccionales en mención, respondió a la necesidad de atender con mayor celeridad y eficacia los procesos judiciales donde se encuentren en controversia las materias señaladas, que por su contenido patrimonial inciden determinantemente en la marcha económica del país; por lo que, para garantizar los objetivos planteados que motivaron su establecimiento, resulta indispensable efectuar el seguimiento y monitoreo de la labor que desarrollan, evaluando: su casuística, técnicas procesales e indicadores de carga procesal; y de ser el caso, proponer medidas orientadoras a los usuarios de justicia tendientes a la presentación de sus pretensiones a través de formatos;
así como la creación o conversión de Juzgados o Salas de las especialidades indicadas, que la realidad requiera, en los demás distritos judiciales del país.

Sexto. Que la precitada labor será desarrollada por un Equipo de Trabajo que contará con atribuciones para coordinar con la Comisión Distrital de Jueces y Personal Técnico para la Implementación, Seguimiento y Monitoreo de las Salas y Juzgados Contenciosos Administrativos con Subespecialidad Tributaria, Aduanera y de Mercado, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Administración Distrital de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Piura y Cusco, y sus unidades en la formulación, revisión y ejecución de propuestas técnicas y reglamentarias para la mejor gestión del despacho judicial, servicios judiciales; así como capacitación general para los jueces y auxiliares jurisdiccionales.

Sétimo. Que el citado Equipo de Trabajo tendrá una vigencia de 180 días calendarios, a partir de la publicación de la presente resolución.

Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en mérito a las resoluciones administrativas que crearon los mencionados órganos jurisdiccionales.

RESUELVE:

Artículo Primero.- Constituir el Equipo de Trabajo para el seguimiento y Monitoreo de los órganos jurisdiccionales que conocen procesos contenciosos administrativos con subespecialidad en materia Tributaria, Aduanera y de Mercado; Tránsito y Seguridad Vial; y procesos penales relacionados a delitos contra los Recursos Naturales y Medio Ambiente; el cual estará conformado por:
• María del Carmen Rita Gallardo Neyra, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien la presidirá.
• Dos representantes del Gabinete de Asesores del Poder Judicial.
• El Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
• El Subgerente de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación del Poder Judicial.

Artículo Segundo.- El Equipo de Trabajo, dentro del plazo de 5 días hábiles, elevará al Presidente del Poder Judicial un cronograma de las actividades y tareas que deben realizarse para el seguimiento y monitoreo de las nuevas subespecialidades; y dentro del plazo de 30 días hábiles luego de aprobado el cronograma elevará las propuestas e informe a que hubiere lugar.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, y a los integrantes del equipo de Trabajo designado, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMIREZ
Presidente

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