10/11/2013

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 270-2013-SUNARP/SN Autorizan

Autorizan la creación, apertura y funcionamiento de la Oficina Receptora de Cascas, en la provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 270-2013-SUNARP/SN Lima, 10 de octubre de 2013 VISTOS, el Oficio N° 601-2013-UE004-JPD/JEF-ZRN°V-ST de fecha 12 de agosto de 2013, por el cual el Jefe (e) de la Zona Registral N° V – Sede Trujillo, solicita la aprobación de la creación de la Oficina Receptora de Cascas, y el Informe N° 583-2013-SUNARP/GPD de fecha 02
Autorizan la creación, apertura y funcionamiento de la Oficina Receptora de Cascas, en la provincia de Gran Chimú, departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 270-2013-SUNARP/SN
Lima, 10 de octubre de 2013
VISTOS, el Oficio N° 601-2013-UE004-JPD/JEF-ZRN°V-ST de fecha 12 de agosto de 2013, por el cual el Jefe (e) de la Zona Registral N° V – Sede Trujillo, solicita la aprobación de la creación de la Oficina Receptora de Cascas, y el Informe N° 583-2013-SUNARP/GPD de fecha 02 de setiembre de 2013; y el Informe N° 675-2013-SUNARP/GL de fecha 30 de setiembre de 2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 26366 se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de la SUNARP, organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar las políticas y normas técnico - administrativas de los Registros Públicos;

Que, la Zona Registral N° V – Sede Trujillo, Órgano Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos tiene ámbito geográfico y competencia registral en el departamento de La Libertad;

Que, de acuerdo con la política de descentralización impulsada por el Estado, esta Superintendencia ha considerado prioritario facilitar el acceso a los servicios registrales de la población de menores recursos y sectores más alejados de la ciudad; de tal manera que se ha considerado la apertura de una Oficina Receptora en el distrito de Cascas, ubicado en la provincia de Gran Chimú, departamento y región La Libertad;

Que, de acuerdo al Oficio de Vistos, la Zona Registral N° V – Sede Trujillo, solicita se declare la apertura de la Oficina Receptora de Cascas.

Que, mediante Informe N° 583-2013-SUNARP/GPD de fecha 02 de setiembre de 2013, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central, opina favorablemente respecto a la propuesta de implementar una Oficina Receptora en el distrito de Cascas; y la Gerencia Legal en su Informe de Vistos, opina favorablemente a la creación de la apertura de la Oficina Receptora de Cascas;

De conformidad al Acuerdo adoptado en Sesión de Directorio N° 290, del 05 de febrero de 2013, se delegó en el Superintendente Nacional la facultad de aprobar la creación de Oficinas Receptoras de la SUNARP; y a lo previsto en el literal v), del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la creación, apertura y funcionamiento de la Oficina Receptora de Cascas, en el distrito de Cascas, provincia de Gran Chimú, departamento y región La Libertad, bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° V – Sede Trujillo.

La Oficina Receptora, como unidad de ejecución de la Zona Registral, se encargará de prestar los servicios de recepción de títulos y servicios de publicidad registral, además de los servicios que la Zona Registral considera oportuno implementar. El detalle de los servicios a prestar será determinado por Resolución emitida por el Jefe Zonal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos

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