10/12/2013

RESOLUCIÓN SBS N° 5913-2013 Autorizan a HSBC Bank Perú S.A. la subcontratación significativa del

Autorizan a HSBC Bank Perú S.A. la subcontratación significativa del servicio de procesamiento de datos, que será prestado por HSBC Servicios S.A. de C.V . ubicado en México RESOLUCIÓN SBS N° 5913-2013 Lima, 27 de setiembre de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por HSBC Bank Perú S.A. (en adelante, el Banco), para que se le autorice la subcontratación significativa de procesamiento de datos en la ciudad de T oluca, Estados
Autorizan a HSBC Bank Perú S.A. la subcontratación significativa del servicio de procesamiento de datos, que será prestado por HSBC Servicios S.A. de C.V . ubicado en México
RESOLUCIÓN SBS N° 5913-2013
Lima, 27 de setiembre de 2013
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTA:

La solicitud presentada por HSBC Bank Perú S.A. (en adelante, el Banco), para que se le autorice la subcontratación significativa de procesamiento de datos en la ciudad de T oluca, Estados Unidos Mexicanos, a cargo del proveedor HSBC Servicios S.A. de C.V., Institución del Grupo Financiero HSBC; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la resolución SBS N° 2116-2009
se aprobó el Reglamento para la Gestión del Riesgo Operacional;

Que, la Circular N° G-140-2009, referente a la Gestión de la seguridad de la información, establece que las empresas que deseen realizar una subcontratación significativa de su procesamiento de datos en el exterior, requerirán de la autorización previa y expresa de esta Superintendencia;

Que, el Banco ha asegurado un adecuado cumplimiento de la Circular en mención, en lo referido al servicio de procesamiento contratado;

Que, mediante Resolución SBS N° 444-2007 del 16 de abril de 2007, se autorizó al Banco a efectuar su procesamiento principal de información en la ciudad de Toluca, México, a cargo del proveedor HSBC México S.A.

Institución de Banca Múltiple Grupo Financiero HSBC.;

Que, mediante Resolución SBS N° 5378-2013 del 6 de setiembre de 2013, se autorizó al HSBC Latin America Holdings (UK) Limited y HSBC Inversiones S.A., accionistas del 100% de las acciones del Banco, la transferencia de dichas acciones al Banco GNB Sudameris S.A. de Colombia;

Que, HSBC Servicios S.A. de C.V . prestará los servicios de procesamiento de información al Banco, manteniendo la misma operativa que desarrolla actualmente el HSBC
México S.A. de C.V. hasta la implementación de un sistema propio por parte del Banco GNB Sudameris S.A.;

De acuerdo a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B", el Departamento Legal y el Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y modificatorias;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar a HSBC Bank del Perú S.A., la subcontratación significativa del servicio de procesamiento de datos en el exterior, el cual será prestado por HSBC Servicios S.A. de C.V., ubicado en la ciudad de Toluca, Estados Unidos Mexicanos, en sustitución de HSBC México S.A. de C.V.

Artículo Segundo.- En caso de producirse cambios posteriores de proveedor, país o de otras condiciones generales que fueron objeto de autorización otorgada por esta Superintendencia, la empresa deberá iniciar un nuevo procedimiento de autorización ante este Organismo de Control, conforme a lo establecido en el Artículo 7° de la Circular N° G-140-2009.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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