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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 070-2013-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la
10/24/2013
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 070-2013-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Negrería de Huayllay, departamento de Pasco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 070-2013-VMPCIC-MC Lima, 18 de octubre de 2013 Visto el Expediente 41779-2013, con el Informe N° 108-2013-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2) del artículo 1° de la Ley N° 28296,
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 070-2013-VMPCIC-MC
Lima, 18 de octubre de 2013
Visto el Expediente 41779-2013, con el Informe N° 108-2013-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el numeral 2) del artículo 1° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como país;
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante el Oficio 370-2012MDH/A de fecha 8 de noviembre del 2012, la Municipalidad Distrital de Huayllay remite el expediente mediante el cual se solicita, al amparo de las normas vigentes, que la danza Negrería de Huayllay sea declarada Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, mediante Informe N° 612-2013-DGPC-VMPCIC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe N° 108-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 3 de octubre del 2013, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomienda que la danza Negrería de Huayllay, del distrito de Huayllay, provincia y departamento de Pasco, sea declarada como Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, los orígenes de la referida danza, realizada entre los días 24 al 30 de diciembre de cada año, se remontan al siglo XVII, cuando las haciendas ganaderas y los ingenios para la fundición de metales recurrían a afrodescendientes como mano de obra esclava, quienes al estar encargados del cuidado de las casonas de los españoles durante el periodo de Navidad, pudieron llevar a la región su propia representación danzada de la adoración al Niño Dios o Niño Jesús;
Que, la danza Negrería de Huayllay, también llamada Mujiganga, se realiza en honor al Niño Jesús de Anticona Pitash, llamado así al haber aparecido su imagen en el pueblo de Santa Bárbara de Anticona, lugar de fundición de minerales en la colonia; imagen que se conserva actualmente en la iglesia Matriz San Juan Bautista de Huayllay;
Que, los pobladores de la comunidad de Huayllay, a través de esta danza, expresan abiertamente su propia visión del mundo, de su historia y de los afrodescendientes como sectores con una historia común de discriminación, reviviendo y resignificando el pasado, y reforzando con ello su identidad como pueblo; es además una muestra más de la apertura del poblador andino a incorporar elementos de otras procedencias culturales. La asunción del papel del afrodescendiente en esta manifestación es a la vez un acto de respeto al cristianismo dominante pero además a las deidades precristianas del Taitajirca y Mamapacha, sin que la población sienta contradicción entre ambas tradiciones;
Que, el Informe N° 108-2013-DPI-DGPC/MC detalla las características, importancia, valor, alcance y significado cultural de la danza Negrería de Huayllay, motivo por el cual forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2, del artículo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Con los visados de la Directora General de la Dirección General (e) de Patrimonio Cultural, la Directora de la Dirección (e) de Patrimonio Inmaterial, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura;
Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED; Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011/MC, y modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011/ MC; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo
N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Negrería de Huayllay, del distrito de Huayllay, provincia y departamento de Pasco, por ser una expresión cultural de gran valor histórico y simbólico, en la que confiuyen tradiciones culturales de procedencia nativa, afro e hispánica, y que mantiene vigente la fe y la memoria colectiva de un pueblo.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y la difusión del Informe N° 108-2013-DPI-DGPC/MC del 3 de octubre de 2013, en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).
Artículo 3°.- Notificar la presente resolución a la Municipalidad Distrital de Huayllay, para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
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