11/22/2013

ORDENANZA REGIONAL N° 279-2013/GRP-CR Aprueban la Estrategia Regional y Plan de Acción para la

Aprueban la Estrategia Regional y Plan de Acción para la Conservación de la Diversidad Biológica de la Región Piura ORDENANZA REGIONAL N° 279-2013/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional N° 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias - Ley N° 27902,
Aprueban la Estrategia Regional y Plan de Acción para la Conservación de la Diversidad Biológica de la Región Piura
ORDENANZA REGIONAL N° 279-2013/GRP-CR
El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura
POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191°
y 192° de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional N° 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867
y sus modificatorias - Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley N° 28926, Ley N° 28961, Ley N° 28968, Ley N° 29053 y demás normas complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 7) del artículo 192° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización – Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a la ley;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 077-2005/ GRP-CR publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 22
de julio de 2005, se crea el Sistema Regional de Gestión Ambiental en el ámbito del Gobierno Regional Piura y se aprueba la Política Ambiental Regional del Gobierno Regional; asimismo, con Ordenanza Regional N° 259-2013/GRP-CR se actualiza la Política Ambiental Regional, que contiene los principios de la Gestión Ambiental y los Objetivos de la política Ambiental Regional;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, se aprobó la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente-MINAM, en el Artículo 7.- Funciones Específicas, establece en el inciso j)
"Implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respectivas comisiones nacionales".

Asimismo, el Artículo 11.- Funciones del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del MINAM, establece en el inciso d) "Elaborar y coordinar la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica, así como supervisar su implementación en coordinación con los sectores competentes";

Que, mediante Resolución Suprema N° 227-93-RE, se creó la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica-CONADIB, con la finalidad de coordinar las actividades de implementación del Convenio de Diversidad Biológica;

Que, mediante Ley N° 26410, Ley de creación del Consejo Nacional del Ambiente-CONAM, estableció entre sus funciones la de presidir las comisiones Nacionales de los Convenios sobre Cambio Climático, Diversidad Biológica y Fondo para el Medio Ambiente Mundial, en coordinación con las entidades del sector público y privado; en tal sentido se constituyó un proceso nacional para la formulación de la Estrategia Nacional sobre la Diversidad Biológica (ENDB);

Que, mediante Oficio N° 244-2012-DGDB-DVMDERN/ MINAM, de fecha 26 de diciembre de 2012, la Dirección General de Diversidad Biológica del MINAM, comunica que el documento Estrategia Regional de Diversidad Biológica de Piura es concordante con los lineamientos y la Guía para la elaboración de las estrategias y planes de acción regional;

Que, con Informe N° 128-2013/GRP-450000, del 16
de setiembre de 2013, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente alcanza la propuesta de Estrategia Regional y Plan de Acción para la Conservación de la Diversidad Biológica de la Región Piura; con Informe N° 1913-2013/GRP-460000 del 01 de octubre de 2013, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emite informe legal favorable a la propuesta presentada;
y con Informe N° 067-2013/GRP-200010-ACCR del 25
de octubre de 2013, Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional recomienda su aprobación mediante Ordenanza Regional;

Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 26-2013, de fecha 30 de octubre de 2013, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;

Ha dado la siguiente Ordenanza Regional:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRATEGIA
REGIONAL Y PLAN DE ACCIÓN PARA LA
CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD
BIOLÓGICA DE LA REGIÓN PIURA
Artículo Primero.- Aprobar la Estrategia Regional y Plan de Acción para la Conservación de la Diversidad Biológica de la Región Piura, que comprende cinco (05)
Objetivos o Acciones Estratégicas, y el Plan de Acción de Diversidad Biológica de Piura al 2021, que contiene indicadores, metas y acciones por cada objetivo; y cuyo contenido forma parte de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la implementación de la presente Ordenanza Regional, informando a la Secretaría del Consejo Regional las acciones para dicho fin.

Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación.

En Piura, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil trece.

TOMÁS FIESTAS ECHE
Consejero Delegado Consejo Regional
POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil trece.

JAVIER ATKINS LERGGIOS
Presidente

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