11/27/2013

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0582-2013-ED Aprueban Norma Técnica denominada "Normas de Procedimiento

Aprueban Norma Técnica denominada "Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permuta de Profesores Comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial" RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0582-2013-ED Lima, 25 de noviembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en concordancia con el literal h) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece
Aprueban Norma Técnica denominada "Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permuta de Profesores Comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0582-2013-ED
Lima, 25 de noviembre de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en concordancia con el literal h) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece que son funciones del Ministerio de Educación definir e implementar las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del Sector;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal a) del artículo 80 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, la Unidad de Personal ejecuta y evalúa la política de personal en el Ministerio de Educación, establecida por la Alta Dirección, leyes, normas legales y disposiciones vigentes;

Que, la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, tiene por objeto normar las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizadas, regulando deberes y derechos, la formación continua, la Carrera Pública Magisterial, la evaluación, el proceso disciplinario, las remuneraciones y los estímulos e incentivos;

Que, el literal h) del artículo 41 de la referida Ley N° 29944, establece que los profesores tienen derecho, entre otros, a las reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en dicha Ley y su reglamento;

Que, el numeral 154.3 del artículo 154 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, señala que el Ministerio de Educación establecerá los lineamientos y procedimientos del proceso de reasignación;

Que, mediante Informe N° 572-2013-MINEDU/ SG-OGA-UPER, la Unidad de Personal señala que resulta necesario contar con normas de procedimiento actualizadas que regulen los procesos de reasignación y permuta del profesorado en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, Especial, Alternativa y Educación Técnico Productiva; así como las competencias de las Direcciones Regionales de Educación, las Unidades de Gestión Educativa Local y las Instituciones Educativas; desarrollando el procedimiento por cada causal y tipo de reasignación y permuta;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; y, en la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación";

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de Profesores Comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial", que como Anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 1174-91-ED y las demás disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3°.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial, así como su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http:// www.minedu.gob.pe/).

Regístrese, comuníquese y publíquese
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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