Inicio
Educacion
Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0038-2013-ED Aprueban el Instructivo para la ejecución de los
12/28/2013
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0038-2013-ED Aprueban el Instructivo para la ejecución de los
Aprueban el Instructivo para la ejecución de los Programas de Segunda Especialidad en: Educación Especial y Educación Rural en Alternancia RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0038-2013-ED Lima, 24 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en concordancia con el literal h) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece que son funciones del Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0038-2013-ED
Lima, 24 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en concordancia con el literal h) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece que son funciones del Ministerio de Educación definir e implementar las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del Sector;
Que, la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, tiene por objeto normar las relaciones entre el Estado y los profesores que prestan servicios en las instituciones y programas educativos públicos de educación básica y técnico productiva y en las instancias de gestión educativa descentralizadas, regulando deberes y derechos, la formación continua, la Carrera Pública Magisterial, la evaluación, el proceso disciplinario, las remuneraciones y los estímulos e incentivos;
Que, el primer párrafo del artículo 7 de la referida Ley N° 29944, establece que la formación en servicio tiene por finalidad organizar y desarrollar, a favor de los profesores en servicio, actividades de actualización, capacitación y especialización, que responden a las exigencias de aprendizaje de los estudiantes y de la comunidad o a la gestión de la institución educativa y a las necesidades reales de la capacitación de los profesores;
Que, mediante Resolución Suprema N° 001-2007-ED se aprobó el "Proyecto Educativo Nacional al 2021:
La Educación que queremos para el Perú", elaborado por el Consejo Nacional de Educación, que a través de su política 10.2, correspondiente al Resultado 2: Carrera Pública Magisterial renovada, del Objetivo Estratégico 3:
Maestros bien preparados que ejercen profesionalmente la docencia, busca establecer un sistema nacional integrado y descentralizado de formación de docentes en servicio articulado con la formación docente inicial, enfocado al logro de metas efectivas y evaluables de desarrollo profesional, y con un enfoque intercultural;
Que, por Resolución Ministerial N° 0175-2013-ED, se aprobó el documento normativo denominado "Lineamientos para la Organización y Desarrollo de los Programas de Especialización y Actualización Docente", dirigido a profesores que laboran en las distintas áreas de desempeño laboral que establece la Ley N° 29944
y demás profesionales que ejercen la docencia en programas e instituciones educativas públicas, los mismos que se implementarán con la participación de Universidades, Institutos y Escuelas de Educación Superior, así como de otras instituciones de prestigio públicas y privadas;
Que, en el marco de los lineamientos antes señalados es necesario ejecutar los Programas de Segunda Especialidad en: Educación Especial dirigido a directores, docentes y profesionales no docentes de Programas de Intervención Temprana (PRITE); y Educación Rural en Alternancia, dirigido a directores y docentes – monitores del nivel de educación secundaria de los Centros Rurales de Formación en alternancia de Educación Básica Regular, los cuales contribuirán a la mejora del desempeño docente, a través de procesos formativos que les provean de conocimientos para profundizar su dominio pedagógico disciplinar y actitudinal, así como sus competencias investigativas, en el marco de un enfoque de formación docente crítico refiexivo, que permita el manejo efectivo de procesos pedagógicos que incidan en el logro y la calidad de los aprendizajes de los estudiantes.
Que, mediante Informe N° 001-2013-MINEDU/ VMGP-DIGESUTP-DESP-BMEE-GAVL, la Dirección de Educación Superior Pedagógica, dependiente de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, sustenta la necesidad de ejecutar los Programas de Segunda Especialidad mencionados en el párrafo anterior, la misma que estará a cargo del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico (IPNM), Unidad Ejecutora del Ministerio de Educación, institución especializada y con amplia experiencia en formación inicial y en servicio de docentes, para lo cual la referida Dirección elaboró un proyecto de instructivo, recomendando su aprobación.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; y, la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación";
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el "Instructivo para la ejecución de los Programas de Segunda Especialidad en:
Educación Especial dirigido a directores, docentes y profesionales no docentes de Programas de Intervención
Temprana (PRITE) y Educación Rural en Alternancia, dirigido a directores y docentes – monitores del nivel de educación secundaria de los Centros Rurales de Formación en alternancia de Educación Básica Regular, a cargo del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico", el mismo que como Anexo, forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Viceministerial, así como su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MARTÍN VEGAS TORRES
Viceministro de Gestión Pedagógica
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)