1/26/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2014-EM Aprueban Segunda Modificación al Contrato de Concesión Definitiva

Aprueban Segunda Modificación al Contrato de Concesión Definitiva de Generación N° 367-2011, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y Energía Eólica S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2014-EM Lima, 25 de enero de 2014 VISTO: El Expediente N° 17266310 sobre la solicitud de modificación de concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, presentada por la empresa Energía Eólica S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12061536 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral
Aprueban Segunda Modificación al Contrato de Concesión Definitiva de Generación N° 367-2011, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y Energía Eólica S.A.
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2014-EM
Lima, 25 de enero de 2014
VISTO: El Expediente N° 17266310 sobre la solicitud de modificación de concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, presentada por la empresa Energía Eólica S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12061536 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima, Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 150-2010-MEM/DM de fecha 30 de marzo de 2010, se autorizó al Director General de Electricidad para que, en representación del Ministerio de Energía y Minas en calidad de concedente, suscriba el Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), mediante el proyecto de generación Central Eólica Talara;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 091-2011-MEM/DM de fecha 23 de febrero de 2011, el Ministerio de Energía y Minas aprobó el texto de la Minuta que contiene la Primera Modificación al Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), mediante el proyecto de generación Central Eólica Talara, donde se incluye la modificación del Cronograma de Ejecución de Obras;

Que, la empresa Energía Eólica S.A. como adjudicataria de la Primera Subasta de Generación con Recursos Energéticos Renovables mediante el proyecto de generación Central Eólica Talara, presentó su solicitud de concesión definitiva de generación de energía eléctrica para el proyecto de la Central Eólica Talara (SEIN), de conformidad con el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y los artículos pertinentes del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, concesión que fue otorgada mediante la Resolución Suprema N° 033-2011-EM publicada el 27 de abril de 2011, aprobándose el Contrato de Concesión Definitiva de Generación N° 367-2011;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 380-2011-MEM/DM de fecha 23 de agosto de 2011, el Ministerio de Energía y Minas aprobó el texto de la Minuta que contiene la Segunda Modificación al Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) mediante el proyecto de generación eólica Central Eólica Talara, donde se incluye la modificación del Cronograma de Ejecución de Obras hasta el 20 de junio de 2013;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 255-2012-MEM/DM de fecha 04 de junio de 2012, el Ministerio de Energía y Minas aprobó el texto de la Minuta que contiene la Tercera Modificación al Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) mediante el proyecto de generación Central Eólica Talara, que incluye la modificación del Cronograma de Ejecución de Obras hasta el 21 de octubre de 2013;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 557-2012-MEM/DM de fecha 27 de diciembre de 2012, el Ministerio de Energía y Minas aprobó el texto de la Minuta que contiene la Cuarta Modificación al Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), mediante el proyecto de generación Central Eólica Talara, donde se incluye la modificación del Cronograma de Ejecución de Obras hasta el 18 de febrero de 2014;

Que, mediante la Resolución Suprema N° 001-2012-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 04
de enero de 2012, de conformidad con el artículo 25 de la Ley de Concesiones Eléctricas, y los artículos pertinentes del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas se aprobó a favor de Energía Eólica S.A. la Primera Modificación al Contrato de Concesión Definitiva de Generación N° 367-2011 para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Eólica Talara (SEIN);

Que, con fechas 15 de abril y 22 de julio de 2013, mediante los documentos con registros de ingreso N° 2284076 y N° 2314230, respectivamente, Energía Eólica S.A. solicitó la Segunda Modificación del Contrato de Concesión Definitiva de Generación N° 367-2011 para prorrogar el plazo de ejecución de obras, y de esta forma concluir las obras, pruebas y puesta en operación comercial el 18 de febrero de 2014;

Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refiere el Informe N° 687-2013-DGE-DCE, corresponde aprobar la segunda modificación del Contrato de Concesión Definitiva de Generación N° 367-2011 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 y el artículo 54 del citado Reglamento;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Definitiva de Generación N° 367-2011, en los aspectos referidos a modificar la Cláusula Séptima y el Anexo N° 04, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y Energía Eólica S.A., por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Definitiva N° 367-2011, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que dé origen la segunda modificación al Contrato de Concesión Definitiva de Generación N° 367-2011.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.