3/18/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 101-2014-MINEDU Modifican "Norma Técnica para la Implementación de los

Modifican "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Gestión y Asignación de Recursos", aprobada por R.M. N° 019-2014-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 101-2014-MINEDU Lima, 14 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014, dispone que con cargo a los recursos previstos en el pliego Ministerio de Educación, se transferirán a favor de las unidades ejecutoras de educación de los gobiernos regionales a nivel nacional
Modifican "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Gestión y Asignación de Recursos", aprobada por R.M. N° 019-2014-MINEDU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 101-2014-MINEDU
Lima, 14 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 19 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014, dispone que con cargo a los recursos previstos en el pliego Ministerio de Educación, se transferirán a favor de las unidades ejecutoras de educación de los gobiernos regionales a nivel nacional hasta S/. 153
900 000,00 (CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES
NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para el financiamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular y del Programa Presupuestal Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular; y, que de dichos recursos se podrán transferir a favor de las unidades ejecutoras de educación de los gobiernos regionales a nivel nacional hasta S/. 100 000
000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES)
para el financiamiento de nuevas plazas docentes para la ampliación de la cobertura en educación inicial;

Que, el referido artículo adicionalmente precisa que dichos recursos serán transferidos previo cumplimiento de compromisos de gestión para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula, y que tales compromisos, así como los lineamientos y requisitos serán definidos mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación;

Que, en atención a ello, con Resolución Ministerial N° 019-2014-MINEDU se aprobó la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Gestión y Asignación de Recursos", en adelante la Norma Técnica, cuya finalidad es establecer los compromisos de gestión, procedimientos y requisitos para la transferencia de recursos orientados a una adecuada provisión de servicios educativos de calidad en el aula, en el marco de la disposición legal antes mencionada; disponiendo en su acápite V, que las unidades ejecutoras de los Gobiernos Regionales deben cumplir con los referidos Compromisos de Gestión para acceder a los recursos señalados en dicho documento normativo;

Que, de acuerdo con lo establecido en el acápite VII
de la Norma Técnica, la evaluación del cumplimiento de los Compromisos de Gestión es realizada por la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación sobre la base de los resultados obtenidos por cada unidad ejecutora en cada uno de los compromisos que le corresponden, estableciendo además, que los resultados de dichas evaluaciones serán aprobados mediante informe del mencionado órgano, en función de los informes de cumplimiento remitidos a las oficinas de Ministerio de Educación, y como requisito para la asignación de los recursos;

Que, el literal a) del acápite VIII de la Norma Técnica establece que en el primer tramo se distribuye hasta el 50% de los recursos, que incluye el financiamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular, y como prioridad, el financiamiento de nuevas plazas docentes para la ampliación de cobertura en educación inicial; distribuyéndose en el segundo tramo, el 50% restante, el mismo que también estará destinado al financiamiento de bienes y servicios del referido programa presupuestal y del Programa Presupuestal Incremento en el acceso a la población de 3 a 16 años a los servicios educativos de la Educación Básica Regular;

Que, mediante el Oficio N° 040-2014-MINEDU/SPE, la Secretaría de Planificación Estratégica remite el Informe N° 001-2014-MINEDU/SPE-CMCM, en el cual señala que, teniendo en cuenta los resultados del cumplimiento de los Compromisos de Gestión en las referidas unidades ejecutoras después de culminado el primer tramo, y teniendo en cuenta lo señalado por la Dirección General de Educación Básica Regular en su Oficio N° 009-2014-VMGP-DIGEBR-DEI, se observa que los recursos para cubrir las plazas validadas para educación inicial no serán transferidos en su totalidad, a pesar del significativo cumplimiento de dichas unidades ejecutoras;

Que, adicionalmente, con Informe N° 002-2014-MINEDU/SPE-CMCM, la especialista de la referida secretaría manifiesta que dado que a la fecha se cuenta con información complementaria que amplía los resultados de la evaluación del cumplimiento de los Compromisos de Gestión del primer tramo, resulta necesario incluir la aprobación de estos resultados complementarios; y que si bien en el acápite IX de la referida Norma Técnica se hace referencia a la distribución de los recursos no asignados por incumplimiento de los Compromisos de Gestión del primer y segundo tramo, es necesario precisar que dichos recursos se distribuirán en la transferencia correspondiente al segundo tramo, ya que se requiere verificar el cumplimiento de los referidos compromisos de ambos tramos para determinar la magnitud de los recursos a distribuirse entre las unidades ejecutoras de mayor cumplimiento;

Que, en atención a ello, la Secretaría de Planificación Estratégica recomienda modificar la Norma Técnica a fin que en caso las unidades ejecutoras cumplan con los Compromisos de Gestión del segundo tramo, la transferencia de recursos sea destinada prioritariamente a cubrir las plazas de educación inicial faltantes; como se señaló para el primer tramo;

De conformidad con la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014;
el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el literal a) del acápite VIII
de la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Gestión y Asignación de Recursos", aprobada por Resolución Ministerial N° 019-2014-MINEDU, quedando redactado de la siguiente manera:
"VIII. DE LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS DE
LOS COMPROMISOS DE GESTIÓN A LAS UNIDADES
EJECUTORAS (…)
a) Los recursos se distribuyen en dos tramos, cada uno de ellos condicionado al cumplimiento de los Compromisos de Gestión y a lo regulado sobre las condiciones de otorgamiento señaladas en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. En el primer tramo se distribuye hasta el 50% de los recursos, que incluye el financiamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular y, como prioridad, el financiamiento de nuevas plazas docentes para la ampliación de cobertura en educación inicial. En el segundo tramo se distribuirá el 50% restante, adicionalmente a los recursos no asignados por incumplimiento de los Compromisos de Gestión a que hace referencia el Acápite IX y los recursos correspondientes a los resultados complementarios de la evaluación del cumplimiento de los Compromisos de Gestión que corresponden al primer tramo. Los recursos a distribuirse en el segundo tramo, serán destinados al financiamiento de bienes y servicios del Programa Presupuestal Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular y del Programa Presupuestal Incremento en el Acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular, teniendo como prioridad el financiamiento de nuevas plazas docentes para la ampliación de cobertura de educación inicial."
Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente resolución, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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