Inicio
Defensa
Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 304-2014-DE/ Crean Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto
7/03/2014
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 304-2014-DE/ Crean Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto
Crean Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 304-2014-DE/ Lima, 2 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1132 del 09 de diciembre de 2012, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, dispuso
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 304-2014-DE/
Lima, 2 de julio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 1132 del 09 de diciembre de 2012, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, dispuso en el segundo párrafo de su Sétima Disposición Complementaria Final, la entrega del beneficio que otorga el Fondo de Seguro de Retiro, Compensación y Cesación a favor del personal militar y policial, a partir del 02 de enero de 2014, según las reglas que se determinen mediante Decreto Supremo a propuesta de los Ministerios de Defensa e Interior;
Que, a través de la Resolución Suprema N° 725-2013-DE, se constituyó la Comisión Multisectorial a fin de elaborar el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, como consecuencia de los cambios de empleo y de situación militar de algunos de sus integrantes, la continuidad de las labores de la Comisión referida se ha visto afectada;
Que, mediante la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se estableció que el plazo dispuesto en el segundo párrafo de la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, rige a partir del 2 de enero de 2015;
Que, atendiendo al plazo ampliatorio en mención, así como a los cambios de asignación de empleo y de situación militar de algunos de los representantes designados a través de la Resolución Suprema N° 725-2013-DE, resulta necesario que se conforme una nueva Comisión Multisectorial encargada de elaborar el Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, el artículo 36° numeral 2 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, precisa que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal son creadas con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes; y, se crean formalmente mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35°
y el numeral 2 del artículo 36° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Deja sin efecto Déjese sin efecto la Resolución Suprema N° 725-2013-DE.
Artículo 2.- Creación y objeto de la Comisión Multisectorial Temporal Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, encargada de elaborar el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, la cual estará adscrita al Ministerio de Defensa.
Artículo 3.- Conformación La Comisión Multisectorial estará conformada por:
Representantes del Ministerio de Defensa:
- Contralmirante MGP ALCALA LUNA, Alberto (Presidente)
- Coronel EP GONZALEZ MORALES, Luis Guillermo (Secretario)
- Comandante FAP MURGUIA ENRIQUEZ, Freddy Gonzalo Representantes del Ejército del Perú:
- Coronel EP NORIEGA VINCES, Pablo Milton - Coronel EP NARVAEZ SIERRALTA, Luis Alberto - Coronel EP RONDON DELGADO, José Enrique Representantes de la Marina de Guerra:
- Contralmirante MGP SALAZAR MURO, Carlos Miguel - Capitán de Navío AP ADRIAZOLA CAHUAS, José Angel - Capitán de Fragata MGP GIANNINI ZAVALA, Arnold Armando Representantes de la Fuerza Aérea del Perú:
- Mayor General FAP LIZARZABURU RECHKEMMER, Francisco - Coronel FAPJORDAN ALTAMIRANO, Juan Agustín - Empleado Civil Abog.ILLAMAT PONCA, Víctor Hugo Representantes del Ministerio del Interior:
- General PNP DÍAZ PEREZ, Eleuterio - Coronel PNP CRUZ SAENZ, Juan Gualberto - Coronel PNP LARREA MARCHENA, Manuel Fernando - Comandante PNP PRENTICE FON, Carlos Felipe La Comisión Multisectorial se instalará en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema.
Artículo 4°.- Funciones La Comisión Multisectorial creada en virtud a lo dispuesto en el artículo 2° de la presente Resolución, tiene las siguientes funciones:
a) Elaborar el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú.
b) Elaborar y presentar el informe, en el cual se proponga el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú.
c) Proponer las recomendaciones para la adecuada implementación de la propuesta normativa.
Artículo 5°.- Plazo La vigencia de la Comisión Multisectorial será de noventa (90) días calendario.
Artículo 6°.- Informe Al vencimiento del plazo de vigencia, la Comisión Multisectorial deberá presentar, al Ministro de Defensa, su informe conteniendo el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 7°.- Gastos de la Comisión La creación de la Comisión Multisectorial y el cumplimiento de las funciones de la Comisión no demandarán recursos adicionales al Tesoro Público.
Cada Pliego Presupuestal asumirá los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus integrantes.
Artículo 8°.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- abril 2026 (54)
- marzo 2026 (96)
- febrero 2026 (108)
- enero 2026 (61)
- diciembre 2025 (84)
- noviembre 2025 (86)
- octubre 2025 (81)
- septiembre 2025 (36)
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)