7/03/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 304-2014-DE/ Crean Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto

Crean Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 304-2014-DE/ Lima, 2 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1132 del 09 de diciembre de 2012, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, dispuso
Crean Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 304-2014-DE/
Lima, 2 de julio de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1132 del 09 de diciembre de 2012, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, dispuso en el segundo párrafo de su Sétima Disposición Complementaria Final, la entrega del beneficio que otorga el Fondo de Seguro de Retiro, Compensación y Cesación a favor del personal militar y policial, a partir del 02 de enero de 2014, según las reglas que se determinen mediante Decreto Supremo a propuesta de los Ministerios de Defensa e Interior;

Que, a través de la Resolución Suprema N° 725-2013-DE, se constituyó la Comisión Multisectorial a fin de elaborar el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, como consecuencia de los cambios de empleo y de situación militar de algunos de sus integrantes, la continuidad de las labores de la Comisión referida se ha visto afectada;

Que, mediante la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se estableció que el plazo dispuesto en el segundo párrafo de la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, rige a partir del 2 de enero de 2015;

Que, atendiendo al plazo ampliatorio en mención, así como a los cambios de asignación de empleo y de situación militar de algunos de los representantes designados a través de la Resolución Suprema N° 725-2013-DE, resulta necesario que se conforme una nueva Comisión Multisectorial encargada de elaborar el Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, el artículo 36° numeral 2 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, precisa que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal son creadas con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes; y, se crean formalmente mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35°
y el numeral 2 del artículo 36° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Deja sin efecto Déjese sin efecto la Resolución Suprema N° 725-2013-DE.

Artículo 2.- Creación y objeto de la Comisión Multisectorial Temporal Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, encargada de elaborar el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, la cual estará adscrita al Ministerio de Defensa.

Artículo 3.- Conformación La Comisión Multisectorial estará conformada por:

Representantes del Ministerio de Defensa:
- Contralmirante MGP ALCALA LUNA, Alberto (Presidente)
- Coronel EP GONZALEZ MORALES, Luis Guillermo (Secretario)
- Comandante FAP MURGUIA ENRIQUEZ, Freddy Gonzalo Representantes del Ejército del Perú:
- Coronel EP NORIEGA VINCES, Pablo Milton - Coronel EP NARVAEZ SIERRALTA, Luis Alberto - Coronel EP RONDON DELGADO, José Enrique Representantes de la Marina de Guerra:
- Contralmirante MGP SALAZAR MURO, Carlos Miguel - Capitán de Navío AP ADRIAZOLA CAHUAS, José Angel - Capitán de Fragata MGP GIANNINI ZAVALA, Arnold Armando Representantes de la Fuerza Aérea del Perú:
- Mayor General FAP LIZARZABURU RECHKEMMER, Francisco - Coronel FAPJORDAN ALTAMIRANO, Juan Agustín - Empleado Civil Abog.ILLAMAT PONCA, Víctor Hugo Representantes del Ministerio del Interior:
- General PNP DÍAZ PEREZ, Eleuterio - Coronel PNP CRUZ SAENZ, Juan Gualberto - Coronel PNP LARREA MARCHENA, Manuel Fernando - Comandante PNP PRENTICE FON, Carlos Felipe La Comisión Multisectorial se instalará en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema.

Artículo 4°.- Funciones La Comisión Multisectorial creada en virtud a lo dispuesto en el artículo 2° de la presente Resolución, tiene las siguientes funciones:
a) Elaborar el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú.
b) Elaborar y presentar el informe, en el cual se proponga el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú.
c) Proponer las recomendaciones para la adecuada implementación de la propuesta normativa.

Artículo 5°.- Plazo La vigencia de la Comisión Multisectorial será de noventa (90) días calendario.

Artículo 6°.- Informe Al vencimiento del plazo de vigencia, la Comisión Multisectorial deberá presentar, al Ministro de Defensa, su informe conteniendo el proyecto de Reglamento para la entrega del beneficio del Fondo de Seguro de Retiro y Cesación al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú.

Artículo 7°.- Gastos de la Comisión La creación de la Comisión Multisectorial y el cumplimiento de las funciones de la Comisión no demandarán recursos adicionales al Tesoro Público.

Cada Pliego Presupuestal asumirá los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus integrantes.

Artículo 8°.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
DANIEL URRESTI ELERA
Ministro del Interior

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