12/03/2014

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 137-2014-SMV/02 Reconocen la incorporación de la Bolsa Mexicana de

Reconocen la incorporación de la Bolsa Mexicana de Valores S.A.B. de C.V . y del S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores S.A. de C.V. al Mercado Integrado Latinoamericano en el que participan la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV . RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 137-2014-SMV/02 Lima, 2 de diciembre de 2014 La Superintendente del Mercado de Valores VISTOS: El Expediente N° 2014045253 así como el Informe N° 870-2014-SMV/10.2 del 02 de diciembre de 2014, presentado por la Superintendencia
Reconocen la incorporación de la Bolsa Mexicana de Valores S.A.B. de C.V . y del S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores S.A. de C.V. al Mercado Integrado Latinoamericano en el que participan la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV .
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 137-2014-SMV/02
Lima, 2 de diciembre de 2014
La Superintendente del Mercado de Valores
VISTOS:

El Expediente N° 2014045253 así como el Informe N° 870-2014-SMV/10.2 del 02 de diciembre de 2014, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modificado por Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley N° 29782, la Superintendencia del Mercado de Valores, SMV, tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de los precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos a través de la regulación, supervisión y promoción;

Que, mediante Resolución CONASEV N° 107-2010-EF/94.01.1, modificada por Resolución de Superintendente N° 113-2014-SMV/02, se aprobó el Reglamento del Mercado Integrado a través del Enrutamiento Intermediado, hoy denominado Reglamento del Mercado Integrado Latinoamericano, el mismo que establece las condiciones, requisitos, obligaciones y aspectos operativos exigibles para el acceso e interconexión entre los intermediarios autorizados a operar en alguno de los sistemas de negociación conformantes del Mercado Integrado Latinoamericano (MILA);

Que, por Resolución CONASEV N° 036-2011-EF/94.01.1 se autorizó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV a participar en el MILA a través de la interconexión de los sistemas de negociación de la Bolsa de Valores de Lima S.A. con los administrados por la Bolsa de Valores de Colombia S.A. y la Bolsa de Comercio de Santiago, así como la participación recíproca de CAVALI S.A. ICLV en el Depósito Centralizado de Colombia – Deceval S.A. y en el DCV Depósito Central de Valores S.A., con el objeto de facilitar la liquidación de las operaciones realizadas en el mercado integrado;

Que, el Título VII del Reglamento del Mercado Integrado Latinoamericano establece disposiciones para la incorporación de nuevos mercados o sistemas de negociación extranjeros al MILA y requiere que, a tal efecto, la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A.

ICLV obtengan autorización previa de la SMV y acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos;

Que, mediante Memorando de Entendimiento suscrito el 04 de noviembre de entre la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores - CNBV, reguladores de los mercados de valores del Perú y de los Estados Unidos Mexicanos, dichas instituciones acordaron ejecutar las principales actividades y tareas con el objeto de establecer un marco de asistencia mutua y de facilitar el intercambio de información entre ellas;

Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A.

ICLV, solicitaron la autorización para la incorporación al MILA de la Bolsa Mexicana de Valores S.A.B. de C.V. y de S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores S.A.
de C.V. , presentando la documentación e información establecidas en el artículo 33 del Reglamento del Mercado Integrado Latinoamericano, y;

Estando a lo dispuesto por el artículo 12, numeral 35, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y modificatoria;

RESUELVE:

Artículo 1°.- Reconocer la incorporación de la Bolsa Mexicana de Valores S.A.B. de C.V. y del S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores S.A. de C.V. al Mercado Integrado Latinoamericano en el que participan la Bolsa de Valores de Lima S.A. y CAVALI S.A. ICLV.

Artículo 2°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su notificación.

Artículo 3°.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 4°.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores

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