12/23/2014

RESOLUCIÓN N° 3719-2014-JNE Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Yauli, provincia de Yauli, departamento de Junín RESOLUCIÓN N° 3719-2014-JNE Expediente N° J-2014-0653 YAULI - YAULI - JUNÍN ACREDITACIÓN DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, nueve de diciembre de dos mil catorce. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada el 7 de mayo de por Esther Castro Tinoco, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Yauli, provincia de Yauli, departamento de Junín, dado que
Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Yauli, provincia de Yauli, departamento de Junín
RESOLUCIÓN N° 3719-2014-JNE
Expediente N° J-2014-0653
YAULI - YAULI - JUNÍN
ACREDITACIÓN DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, nueve de diciembre de dos mil catorce.

VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada el 7 de mayo de por Esther Castro Tinoco, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Yauli, provincia de Yauli, departamento de Junín, dado que se declaró la vacancia de Christian José Caso León, regidor de la citada comuna, por la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES
Con fecha 7 de mayo de 2014, fue recibido el Oficio N° 117-2014-ALC/MDY, mediante el cual la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Yauli, provincia de Yauli, departamento de Junín, remite la documentación referida al procedimiento de vacancia de Christian José Caso León en el cargo de regidor de la citada comuna.

Posteriormente, con fecha 18 de noviembre de 2014, se remite el Oficio N° J-2014-653, que adjunta la Resolución de Alcaldía N° 072-2014-MDY, de fecha 5 de mayo de 2014, y el informe N° 124-2014-SG/MDY, de los que se advierte que no se ha interpuesto recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo Municipal N° 011-2014-MDY , de fecha 27 de marzo de 2014, por lo que este quedó consentido.

CONSIDERANDOS
1. Inicialmente, debemos precisar que, conforme al artículo 23 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada en sesión extraordinaria por el correspondiente concejo municipal, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar, además, si durante el proceso se han tomado en cuenta los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento.

3. Ahora bien, del análisis de autos se puede apreciar que, el Acuerdo de Concejo Municipal N° 074-2013/MDY, de fecha 19 de diciembre de 2013, aprobado en sesión extraordinaria de fecha 16 de diciembre de 2013, declara la vacancia del cargo de regidor del señor Christian José Caso León, por la causal contemplada en el artículo 22, numeral de 7, de la LOM, por inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas, realizadas por el concejo municipal, en las fechas 23 de octubre de 2013, y 18 y 25 de noviembre del mismo año.

4. Asimismo, del citado acuerdo de concejo, se desprende que la declaración de vacancia de Christian José Caso León cumple con el requisito del voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del artículo 23 de la LOM.

5. Asimismo, con fecha 20 de marzo de 2014, Christian José Caso León interpone recurso de reconsideración en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 074-2013/MDY, que declara su vacancia del cargo de regidor, el cual es punto de agenda del acta de sesión extraordinaria de fecha 26 de marzo de 2014, donde cuatro (4) regidores votaron por declarar infundado dicho recurso, siendo seis (6) el número de miembros del concejo, precisamente, el Acuerdo de Concejo Municipal N° 011-2014/MDY, de fecha 27 de marzo de 2014, lo declara infundado.

6. Según los cargos de notificación destinadas a la autoridad vacada (fojas 4 y 9), Christian José Caso León ha sido debidamente notificado en la fecha 8 de abril de 2014, y según el Informe N° 124-2014-SG/MDY, emitido por la Secretaría General de la citada comuna, se aprecia que no se interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 011-2014/ MDY , y en virtud de ello, se declara acto firme mediante la Resolución de Alcaldía N° 072-2014-MDY, de fecha 5 de mayo de 2014.

7. Por consiguiente, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el artículo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley.

8. En ese sentido, de conformidad con el artículo 24, numeral 2, de la LOM, en caso de vacancia del regidor, lo reemplaza el regidor suplente, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral, por lo que, según el acta de proclamación de resultados del 10 de noviembre de 2010, con motivo de las elecciones municipales de dicho año, corresponde convocar a Julia Liz Huancaya Casaico, identificada con DNI N° 41484993, candidata no proclamada del partido político Fuerza 2011, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Yauli, provincia de Yauli, departamento de Junín, a fin de que complete el periodo de gobierno municipal 2011-y, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Acuerdo de Concejo N° 074-2013/MDY , de fecha 19 de diciembre de 2013, que declaró la vacancia del cargo de regidor de Christian José Caso León, por haber incurrido en la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Christian José Caso León, como regidor del Concejo Distrital de Yauli, provincia de Yauli, departamento de Junín, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2010.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Julia Liz Huancaya Casaico, identificada con DNI N° 41484993, candidata no proclamada del partido político Fuerza 2011, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Yauli, provincia de Yauli, departamento de Junín, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2011-2014, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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