12/04/2014
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 720-2014-DE/FAP
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 720-2014-DE/FAP Lima, 3 de diciembre de 2014 Visto el Oficio N° 488-2014/DP-CM/EDEC de fecha 03 de diciembre de del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán las tripulaciones principales y alternas de la aeronave principal Boeing 737-500 FAP 356 y de la aeronave alterna Boeing 737-200 FAP 352, que trasladará al señor Presidente de
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 720-2014-DE/FAP
Lima, 3 de diciembre de 2014
Visto el Oficio N° 488-2014/DP-CM/EDEC de fecha 03 de diciembre de del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República.
CONSIDERANDO:
Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP
que conformarán las tripulaciones principales y alternas de la aeronave principal Boeing 737-500 FAP 356 y de la aeronave alterna Boeing 737-200 FAP 352, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Veracruz – Estados Unidos Mexicanos, del 07
al 09 diciembre de 2014;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora N° 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
– Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y;
Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán las tripulaciones principales y alternas de la aeronave principal Boeing 737-500 FAP 356 y de la aeronave alterna Boeing 737-200 FAP 352, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Veracruz – Estados Unidos Mexicanos, del 07
al 09 diciembre de 2014:
AERONAVE PRINCIPAL BOEING 737-500 FAP 356
TRIPULACIÓN PRINCIPAL
Coronel FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto
NSA: O-9544187 DNI: 43412943
Comandante FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO
GONZALES Piloto
NSA: O-9573089 DNI: 07871146
Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO Piloto
NSA: O-9589691 DNI: 43623935
Comandante FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO Piloto
NSA: O-9601791 DNI: 09393112
Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico
NSA: S-60397183 DNI: 09712366
Suboficial de 1ra. FAP MIGUEL ANGEL ORTIZ ESPINOZA Mecánico
NSA: S-60932704 DNI: 41576191
Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess
NSA: C-70941901 DNI: 06624283
Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess
NSA: C-71347807 DNI: 44934122
Empleada Civil FAP LIRIA SOFIA DELGADO WONG Hostess
NSA: C-78121912 DNI: 70619365
Empleada Civil FAP STEFANIA ANTONELLA ARFINENGO
MESONES Hostess
NSA: C-78133913 DNI: 47169366
TRIPULACIÓN ALTERNA
Coronel FAP RODER MARINSON BRAVO VALERA Piloto
NSA: O-9498984 DNI: 43296272
Comandante FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ
PORTELLA Piloto
NSA: O-9579890 DNI: 43412386
Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico
NSA: S-60736293 DNI: 05349005
Empleada Civil FAP KATHERINE TERESA GARCIA
CORDOVA Hostess
NSA: C-78122012 DNI: 45091776
AERONAVE ALTERNA BOEING 737-200 FAP 352
TRIPULACIÓN PRINCIPAL
Coronel FAP JUAN CARLOS MARTIN SCHROTH
MIER Y PROAÑO Piloto
NSA: O-9473883 DNI: 07878291
Coronel FAP MARTIN IVAN GALVEZ BOLUARTE Piloto
NSA: O-9469182 DNI: 43346392
Coronel FAP ERNESTO BARDALES ARIAS Piloto
NSA: O-9514085 DNI: 43334729
Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO Piloto
NSA: O-9582190 DNI: 43345549
Técnico Inspector FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA Mecánico
NSA: S-60531187 DNI: 06723835
Técnico Inspector FAP ANSELMO WILSON MARTIN OLEA
ALFARO Mecánico
NSA: S-60547387 DNI: 43329903
Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess
NSA: C-70941901 DNI: 06624283
Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess
NSA: C-71347807 DNI: 44934122
Empleada Civil FAP LIRIA SOFIA DELGADO WONG Hostess
NSA: C-78121912 DNI: 70619365
Empleada Civil FAP STEFANIA ANTONELLA ARFINENGO
MESONES Hostess
NSA: C-78133913 DNI: 47169366
TRIPULACIÓN ALTERNA
Coronel FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE
GARCIA Piloto
NSA: O-9539886 DNI: 02840132
Comandante FAP OMAR MARTIN SANCHEZ GUILNET
LEON Piloto
NSA: O-9582490 DNI: 43354037
Técnico Inspector FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA
CONTRERAS Mecánico
NSA: S-60551687 DNI: 06282743
Empleada Civil FAP KATHERINE TERESA GARCIA
CORDOVA Hostess
NSA: C-78122012 DNI: 45091776
Artículo 2°.- La participación de la Aeronave Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación de la Aeronave Principal; asimismo, la participación de las Tripulaciones Alternas queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de las Tripulaciones Principales.
Artículo 3°.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente:
Viáticos:
US$ 440.00 x 02 días x 10 personas = US$ 8,800.00
Total a pagar = US$ 8,800.00
Artículo 4°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5°.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 6°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 7°.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa
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