1/29/2015

RM N° 0057/RE-2015 Delegan diversas facultades en el Secretario General en

Delegan diversas facultades en el Secretario General en materia presupuestaria y financiera RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0057/RE-2015 Lima, 27 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 27 de la precitada Ley
Delegan diversas facultades en el Secretario General en materia presupuestaria y financiera
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0057/RE-2015
Lima, 27 de enero de 2015
CONSIDERANDO:

Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el artículo 27 de la precitada Ley N° 29158, establece que el Secretario General asiste y asesora al Ministro en los sistemas de administración de la entidad, pudiendo asumir por delegación expresa del Ministro las materias que correspondan a éste y que no sean privativas de su función de Ministro de Estado;

Que, en ese marco, el inciso 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF , establece que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad;

Que, asimismo, el inciso 40.2 del artículo 40 del citado Texto Único Ordenado señala que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, disponiendo además, que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en ese contexto, el artículo 9 de la Ley N° 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores dispone, entre otros aspectos, que el Ministro ejerce la titularidad del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo desconcentrar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función. Asimismo, el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, establece que el Ministro de Relaciones Exteriores puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, de conformidad con el artículo 11 de la referida Ley N° 29357 y con el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Secretario General es la más alta autoridad administrativa del Ministerio, por lo que resulta procedente delegar en él, las facultades en materia presupuestaria a que se refiere la presente resolución, a la luz de la normativa legal anteriormente citada;

Con los visados de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asuntos Legales;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- De las delegaciones Delegar en el Secretario General, las siguientes facultades en materia presupuestaria, correspondientes al Pliego 008 Ministerio de Relaciones Exteriores:

1.1.- Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático hasta el cierre del año fiscal 2015.

1.2.- Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio y sus respectivas modificatorias.

1.3.- Aprobar la evaluación semestral y anual del Plan Operativo Institucional y del Presupuesto Institucional.

1.4.- Aprobar directivas internas, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo en materia presupuestal, que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento, pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias.

1.5.- Aprobar los reportes de la Programación Multianual del Presupuesto.

1.6.- Aprobar los reportes de la Formulación del Presupuesto Institucional.

1.7.- Suscribir formatos, fichas y documentación que tenga incidencia presupuestaria.

Artículo 2°.- Del plazo de las delegaciones Las delegaciones otorgadas mediante la presente resolución tendrán vigencia durante el año 2015.

Artículo 3°.- De las actuaciones realizadas El funcionario a quien se le delega las facultades indicadas en la presente resolución, está obligado a dar cuenta al Ministro de Relaciones Exteriores, respecto de las actuaciones realizadas en el marco de las delegaciones otorgadas.

Artículo 4°.- De la vigencia Disponer que la presente resolución entre en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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