1/16/2015

RM N° 009-2015-VIVIENDA Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector

Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al año 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2015-VIVIENDA Lima, 15 de enero de 2015 VISTOS, el Informe N° 001-2015/VIVIENDA-OGMEI de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto; y el Memorándum N° 121-2015/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como una de las competencias
Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al año 2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 009-2015-VIVIENDA
Lima, 15 de enero de 2015
VISTOS, el Informe N° 001-2015/VIVIENDA-OGMEI de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto;
y el Memorándum N° 121-2015/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como una de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley N° 29158, dispone que los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas;

Que, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señala que el Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; y tiene entre sus competencias exclusivas, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial, bajo su responsabilidad;

Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y modificatorias, se definen y establecen las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fin que el conjunto de las instituciones y los funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo citado en el considerando precedente establece que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, que deberá ser aprobada dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia, y que dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Económica y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios;

Que, con Informe N° 001-2015/VIVIENDA-OGMEI, la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto señala que, en el marco de lo regulado por el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, se ha elaborado la Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente al año 2015, de acuerdo a los lineamientos de la Presidencia del Consejo de Ministros y a la información proporcionada por los órganos y programas del Ministerio, organismos públicos y entidades adscritas, responsables de cada meta e indicador, proponiendo se proceda a su aprobación;

Que, con Memorándum N° 121-2015/VIVIENDA-OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que ha participado en la revisión de la Matriz de Programación de Metas e Indicadores en el marco de las Políticas de Obligatorio Cumplimiento del Sector, correspondiente al año 2015, considerando conforme la propuesta y recomendando se continúe con el trámite de aprobación;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento para el año 2015;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; y el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondientes al año 2015, contenidas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- La Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable de elaborar los informes de evaluación semestral de las Metas e Indicadores de Desempeño aprobados por el artículo precedente.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.
pe) con el Anexo que forma parte integrante de la misma.

Regístrese, comuníquese y publíquese
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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