2/07/2015

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2015-PCM

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2015-PCM Lima, 6 de febrero de 2015 Vista la Carta N° 053-2015/PRE-INDECOPI, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, del 16 al 20 de febrero de 2015, los señores Mauricio Gonzáles Del Rosario, Gerente de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales - GCT del INDECOPI, y Jorge Roberto Miranda Assen, Especialista 1 de la Gerencia de Cooperación Técnica y

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2015-PCM
Lima, 6 de febrero de 2015
Vista la Carta N° 053-2015/PRE-INDECOPI, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; y,
CONSIDERANDO:

Que, del 16 al 20 de febrero de 2015, los señores Mauricio Gonzáles Del Rosario, Gerente de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales - GCT del INDECOPI, y Jorge Roberto Miranda Assen, Especialista 1 de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales – GCT
de la citada entidad, asistirán a una misión de trabajo en la ciudad de Washington DC, en los Estados Unidos de América, a efectos de sostener una serie de reuniones con altos funcionarios de la United States Patent and Trademark Office (USPTO), la Federal Trade Commission (FTC), el Department of Justice (DOJ), la Consumer Product Safety Commission (CPSC), el Department of Commerce (DOC), la Organización de los Estados Americanos (OEA), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Mundial (BM);

Que, conforme al sustento indicado en el Informe N° 006-2015/GCT de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales del INDECOPI, la participación de los señores Mauricio Gonzales Del Rosario y Jorge Roberto Miranda Assen, en las reuniones indicadas, constituye una importante labor de representación, en la medida que ello permitirá generar oportunidades de mejora para el INDECOPI
y el posicionamiento del Estado peruano a nivel internacional, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurran tales funcionarios, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI;

De conformidad con la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor MAURICIO
GONZÁLES DEL ROSARIO, Gerente de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales - GCT del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI y del señor JORGE
ROBERTO MIRANDA ASSEN, Especialista 1 de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales - GCT
del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, del 15
al 21 de febrero de 2015, a la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo a los recursos presupuestales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre y Apellidos Pasaje
US$
Viáticos por día
US$
Número de días Total Viáticos
US$
Total
US$
Mauricio Gonzales del Rosario 2272,37 440 5 + 1 2640 4912,37
Jorge Roberto Miranda Assen 2272,37 440 5 + 1 2640 4912,37
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos servidores deberán presentar ante el Titular del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros

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