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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2015-PRODUCE Aprueban la conformación de la Comisión para la

Aprueban la conformación de la Comisión para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual del Pliego 038: Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2015-PRODUCE Lima, 25 de marzo de 2015 VISTOS: El Informe N° 124-2015-PRODUCE/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, el Memorando N° 0337-2015-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 00045-2015-PRODUCE/OGAJ-enunez de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
Aprueban la conformación de la Comisión para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual del Pliego 038: Ministerio de la Producción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2015-PRODUCE
Lima, 25 de marzo de 2015
VISTOS: El Informe N° 124-2015-PRODUCE/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, el Memorando N° 0337-2015-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 00045-2015-PRODUCE/OGAJ-enunez de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y modificatorias, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF , establece que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta normas y establece procedimientos relacionados a su competencia;

Que, el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, verifica y presenta la información que se genere;
así como, coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modificaciones, los que constituyen marco límite de los créditos presupuestarios aprobados;

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Directiva N° 002-2015-EF/50.01, señala que para efectos de elaborar la Programación y Formulación del Presupuesto Anual con una perspectiva Multianual, el Titular de la Entidad, conforma una "Comisión de Programación y Formulación"
en adelante la Comisión, que se encarga de coordinar dichos procesos;

Que, el numeral 3.2 de la citada Directiva establece que la Comisión es presidida por el Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Entidad o el que haga sus veces y está integrada por los responsables técnicos y/o coordinadores de los equipos técnicos de los Programas Presupuestales, los Jefes de la Oficina General de Administración, de Abastecimiento, de Personal, de Infraestructura, de la Oficina de Programación e Inversiones, así como de las Oficinas de Investigación, Seguimiento, Evaluación y/o Estadística, o los que hagan sus veces, con la participación de los representantes de las unidades ejecutoras, según corresponda;

Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Conformación de la Comisión para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Público, con una perspectiva de Programación Multianual del Pliego 038: Ministerio de la Producción, la misma que estará integrada por los siguientes miembros:
• Director (a) General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, quien la presidirá.
• Secretaria (o) General, o persona a la que delegue.
• Viceministro (a) de Pesquería, o persona a la que delegue.
• Viceministro (a) de MYPE e Industria, o persona a la que delegue.
• Coordinadores (as) de los Equipos Técnicos de los Programas Presupuestales.
• Responsable Técnico de los Programas Presupuestales.
• Coordinador (a) de Seguimiento y Evaluación de los Programas Presupuestales.
• Director (a) General de Políticas y Regulación, o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Desarrollo Productivo o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial, o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales, o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Asuntos Ambientales, o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Políticas y Desarrollo Pesquero, o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto, o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Supervisión y Fiscalización o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Sanciones, o persona a la que delegue.
• Director (a) General de Sostenibilidad Pesquera o persona a la que delegue.
• Director (a) General de la Oficina General de Administración, o persona a la que delegue.
• Director (a) de la Oficina de Logística.
• Director (a) General de la Oficina General de Recursos Humanos, o persona a la que delegue.
• Director (a) de la Oficina de Planeamiento y Racionalización.
• Director (a) de la Oficina de Presupuesto.
• Director (a) de la Oficina de Programación e Inversiones.
• Jefe (a) de la Unidad Ejecutora 003: Fomento al Consumo Humano Directo – A Comer Pescado, o persona a la que delegue.
• Coordinador (a) Ejecutivo (a) de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y la Productividad o persona a la que delegue.
• Coordinador (a) Ejecutivo (a) del Programa Nacional de Diversificación Productiva o persona a la que delegue.

Artículo 2.- La Comisión conformada por el artículo 1
de la presente Resolución Ministerial tiene las siguientes funciones, sobre la base de los Programas Presupuestales con los que cuente o participe la entidad a través de la ejecución de productos, el Plan Estratégico o los lineamientos estratégicos vigentes, según corresponda:
a) Revisar la información sobre los resultados logrados por la entidad de los años fiscales anteriores, así como los costos para alcanzar dichos resultados.
b) Revisar y priorizar los objetivos de la entidad, guardando consistencia con las políticas sectoriales y nacionales, según corresponda.
c) Determinar las metas a nivel de Programas Presupuestales (PP), Productos y otras de carácter relevante que proponen cumplir en los años de programación multianual.
d) Evaluar si la capacidad institucional (recursos humanos, tecnología, organización), permitirá brindar la producción de los bienes y servicios en el logro de las metas proyectadas en los años futuros. Si la entidad no contara con dicha capacidad, determinará los cambios que deberán implementarse, su periodo de realización y la estimación de los costos que ellos impliquen.
e) Priorizar los PP y/o productos, según corresponda, en función de la información sobre resultados, costos y las prioridades de política sectorial y nacional, sobre la base de los resultados de la Comisión de los PP.
f) Optimizar las acciones centrales de la entidad que permitan un apoyo más eficiente en la ejecución de los PP, así como alcanzar los objetivos de la entidad.
g) Optimizar las Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos (APNOP) de la entidad, que implique su revisión con el fin de alcanzar los objetivos de la entidad.
h) Determinar las metas conforme a lo establecido en el inciso e) del presente artículo (escala de prioridades).
i) Determinar la demanda global de gastos para el cumplimiento de las metas establecidas durante el periodo de programación.
j) Definir la Estructura Programática y su vinculación con la Estructura Funcional.
k) Revisar el avance de los compromisos firmados a raíz de las Evaluaciones.
l) Presentar al Titular de la entidad un Resumen Ejecutivo de la Programación y Formulación, que contenga los PP, las Acciones Centrales y/o las APNOP, los productos, actividades y proyectos identificados en dichas categorías, según corresponda, así como las metas a alcanzar y su forma de financiamiento.

Artículo 3.- La Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de conducir el proceso de las fases de Programación y Formulación Presupuestaria en el marco del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción ( http:// www.produce.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

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