4/28/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 130-2015-J/ONPE Aprueban modelos definitivos de cédulas de sufragio

Aprueban modelos definitivos de cédulas de sufragio municipal provincial, municipal distrital y municipal provincial-distrital para las Elecciones Municipales Complementarias 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 130-2015-J/ONPE Lima, 27 de abril de 2015 VISTOS; El Oficio N° 1521-2015-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, el Informe N° 000059-2015-GG/ONPE de la Gerencia General, el Informe N° 000021-2015-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; así como el Informe N° 000190-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia
Aprueban modelos definitivos de cédulas de sufragio municipal provincial, municipal distrital y municipal provincial-distrital para las Elecciones Municipales Complementarias 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 130-2015-J/ONPE
Lima, 27 de abril de 2015
VISTOS; El Oficio N° 1521-2015-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, el Informe N° 000059-2015-GG/ONPE de la Gerencia General, el Informe N° 000021-2015-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; así como el Informe N° 000190-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2015-PCM, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias para el 5 de julio de 2015, con la finalidad de elegir alcaldes y/o regidores de los concejos municipales, en diversas circunscripciones de la República, en donde se declaró la nulidad de las Elecciones Municipales 2014;

Que, de conformidad con el literal c) del artículo 5°
de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es función de este organismo electoral planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo, que es función de este organismos constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo;

Que, asimismo, según lo dispuesto por el artículo 165° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso, debiendo publicarse y presentarse ante los personeros de los partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatos, dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de inscripción de candidaturas;

Que, teniendo en consideración las citadas normas legales, mediante Resolución Jefatural N° 113-2015-J/ONPE, se aprobaron los diseños de las cédulas de sufragio correspondientes a las Elecciones Municipales Complementarias 2015, a efectos de que los personeros acreditados puedan presentar impugnaciones ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), conforme lo dispone el artículo 167° de la Ley Orgánica antes citada;

Que, de acuerdo a lo informado por la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, mediante el oficio de vistos de fecha 21 de abril de 2015, ante las mesas de parte del JNE, de los Jurados Electorales Especiales, o las mesas de partes habilitadas para el proceso electoral no se ha presentado ninguna impugnación contra el diseño de las cédulas correspondientes a las Elecciones Municipales Complementarias 2015; aprobadas con la Resolución Jefatural antes citada;

Que, teniendo en cuenta el literal d) del artículo 68° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales N° 063-2014-J/ONPE, N° 216-2014-J/ONPE y N° 122-2015-J/ONPE, respectivamente; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe N° 000021-2015-GGE/ ONPE ha propuesto a la Gerencia General los modelos definitivos de las cédulas de sufragio correspondientes a las Elecciones Municipales Complementarias 2015;

Que, de acuerdo a lo expuesto, la Gerencia General, con el Informe N° 000059-2015-GG/ONPE presenta a la Jefatura Nacional la propuesta del modelo definitivo de las cédulas de sufragio antes mencionadas, recomendando su aprobación y publicación;

Que, estando a lo señalado en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta el artículo 168° de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, corresponde la aprobación y publicación del modelo definitivo de la cédula de sufragio a utilizarse en las elecciones convocadas para el domingo 5 de julio de 2015;

De conformidad con lo dispuesto en los incisos c), g)
y h) del artículo 5° de la Ley Orgánica de la ONPE, Ley N° 26487; así como en los literales o) y s) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado y modificado por las Resoluciones Jefaturales N° 063-2014-J/ONPE, N° 216-2014-J/ONPE
y N° 122-2015-J/ONPE, respectivamente; y, con el visado de la Gerencia General, de la Secretaría General y de las Gerencias de Gestión Electoral y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula de sufragio municipal provincial para las Elecciones Municipales Complementarias 2015, cuyo formato aparece en el Anexo N° 2, con sus especificaciones técnicas consignadas en el Anexo N° 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula de sufragio municipal distrital para las Elecciones Municipales Complementarias 2015, cuyo formato aparece en el Anexo N° 4, con sus especificaciones técnicas consignadas en el Anexo N° 3, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Aprobar el modelo definitivo de la cédula de sufragio municipal provincial - distrital para las Elecciones Municipales Complementarias 2015, cuyo formato aparece en el Anexo N° 6, con sus especificaciones técnicas consignadas en el Anexo N° 5, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de las organizaciones políticas participantes, el contenido de la presente resolución, con sus anexos correspondientes.

Artículo Quinto.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, www.onpe.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO CUCHO ESPINOZA
Jefe
ANEXO N° 1
ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CEDULA DE SUFRAGIO
MUNICIPAL PROVINCIAL PARA LAS ELECCIONES
MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015
I. MEDIDAS:

1.1 La cédula de sufragio tendrá las siguientes medidas: Cuando incluya de 01 a 05 Organizaciones Políticas esta será de 16.00 cm de largo x 21.00 cm de ancho, es de formato horizontal. A partir de 06
Organizaciones Políticas la cédula será de formato vertical el largo tendrá un mínimo de 21.00 cm y hasta un máximo de 33.00 cm. El ancho se mantendrá constante, siendo este de 16.00 cm.

II. ANVERSO:

2.1 Encabezado: Consta de un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este centrado el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va impreso en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 Subtítulo: Conformado por una fila en fondo de color negro, consignando el nombre de la provincia a la que pertenece, en letras de color blanco.

2.3 Instrucciones al elector: Conformado por una fila en fondo color gris la cual lleva el texto "MARQUE CON
UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO
DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.4 Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de 08 Organizaciones Políticas, el modelo publicado consta de 08 filas con borde de color negro y el fondo de color rosado con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área de las filas. Cada una de estas filas presenta dos secciones claramente diferenciadas:

2.4.1. Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

2.4.2. Símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos están impresos a full color y los números impresos de color negro), dentro de un recuadro de borde negro con fondo blanco.

2.5 Pie de página: Conformada por una fila en fondo de color gris, indicando el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al lado derecho. Debajo de éste fondo, en la esquina inferior izquierda un código de barras impreso en color negro.

III. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 En el encabezado va el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015", debajo van los "ORGANISMOS ELECTORALES" con las siglas "JNE
- ONPE - RENIEC", en letras de color negro. Bajo estas siglas va el escudo nacional impreso de color negro.

3.3 Se ha consignado el Título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del escudo nacional, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE
LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS
QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

Los Partidos Políticos, Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 27 de marzo de 2015, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 0108-2015-J/ONPE.

El modelo de cédula publicado mide 21.00 cm. de largo x 16.00 cm. de ancho, es de formato vertical a full color y 01 color en el reverso.

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante.

2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas.

3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse.

4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda.

5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

LA DIRECCIÓN
ANEXO N° 3
ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CEDULA DE SUFRAGIO
MUNICIPAL DISTRITAL PARA LAS ELECCIONES
MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015
I. MEDIDAS:

1.1 La cédula de sufragio tendrá las siguientes medidas: Cuando incluya de 01 a 05 organizaciones políticas esta será de 16.00 cm de largo x 21.00 cm de ancho, es de formato horizontal. A partir de 06
organizaciones políticas la cédula será de formato vertical el largo tendrá un mínimo de 21.00 cm y hasta un máximo de 33.00 cm. El ancho se mantendrá constante, siendo este de 16.00 cm.

II. ANVERSO:

2.1 Encabezado: Consta de un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este centrado el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va impreso en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 Subtítulo: Conformado por una fila en fondo de color negro, consignando el nombre del distrito al que pertenece, en letras de color blanco.

2.3 Instrucciones al elector: Conformado por una fila en fondo de color gris la cual lleva el texto "MARQUE
CON UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL
RECUADRO DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU
PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.4 Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de 08 organizaciones políticas, el modelo publicado consta de 08 filas con borde de color negro y el fondo de color celeste con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área de las filas. Cada una de estas filas presenta dos secciones claramente diferenciadas:

2.4.1. Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

2.4.2. Símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos están impresos a full color y los números impresos de color negro), dentro de un recuadro de borde negro con fondo blanco.

2.5 Pie de página: Conformada por una fila en fondo de color gris, indicando el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al lado derecho. Debajo de éste fondo, en la esquina inferior izquierda un código de barras impreso en color negro.

III. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 En el encabezado va el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015", debajo van los "ORGANISMOS ELECTORALES" con las siglas "JNE
- ONPE - RENIEC", en letras de color negro. Bajo estas siglas va el escudo nacional impreso de color negro.

3.3 Se ha consignado el Título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del escudo nacional, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE
LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS
QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las organizaciones políticas, en letras de color negro.

Los Partidos Políticos, Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 27 de marzo de 2015, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 0108-2015-J/ONPE.

El modelo de cédula publicado mide 21.00 cm. de largo x 16.00 cm. de ancho, es de formato vertical a full color y 01 color en el reverso.

Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley N° 26889 y el Decreto Supremo N° 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:

1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.

2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.

3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.

4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN
ANEXO N° 5
ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CEDULA DE SUFRAGIO
MUNICIPAL PROVINCIAL - DISTRITAL PARA LAS
ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS
2015
I. MEDIDAS:

1.1 El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 21.00 cm. de largo x 26.00 cm. de ancho y de acuerdo al número de Organizaciones Políticas que se presenten, el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 33.00 cm.

II. ANVERSO:

2.1 Encabezado: Consta de un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este centrado el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va impreso en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 La cédula se encuentra dividida en dos cuerpos:

A) Provincial y B) Distrital; cada una sub dividida en tres secciones de acuerdo al siguiente detalle:

A) PROVINCIAL
1. Título: Conformado por una fila en fondo de color negro, consignando el nombre de la provincia a la que pertenece en letras de color blanco.

2. Instrucciones al elector: Conformado por una fila en fondo de color gris la cual lleva el texto "MARQUE CON
UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO
DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

3. Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de 06 Organizaciones Políticas, el modelo publicado consta de 08 filas con borde de color negro y fondo de color rosado con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC" repetidas de manera uniforme sobre el área de las filas. Cada una de estas filas presenta dos secciones claramente diferenciadas:

3.1 Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

3.2 Símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos están impresos a full color y el número impreso de color negro), dentro de un recuadro de borde negro con fondo blanco.

B) DISTRITAL
1. Título: Conformado por una fila en fondo de color negro, consignando el nombre del distrito al que pertenece en letras de color blanco.

2. Instrucciones al elector: Conformado por una fila en fondo de color gris la cual lleva el texto "MARQUE CON
UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO
DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

3. Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de 08 Organizaciones Políticas, el modelo publicado consta de 08 filas con borde de color negro y fondo de color celeste con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC" repetidas de manera uniforme sobre el área de las filas. Cada una de estas filas presenta dos secciones claramente diferenciadas:

3.1 Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

3.2 Símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos están impresos a full color y el número impreso en color negro), dentro de un recuadro de borde negro con fondo blanco.

2.3 Pie de página: Conformada por una fila en fondo de color gris, indicando el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al lado derecho. Debajo de éste fondo, en la esquina inferior izquierda un código de barras impreso en color negro.

III. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 En el encabezado va el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2015", debajo van los "ORGANISMOS ELECTORALES" con las siglas "JNE
- ONPE - RENIEC", en letras de color negro. Bajo estas siglas va el escudo nacional impreso de color negro.

3.3 Se ha consignado el Título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del escudo nacional, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE
LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS
QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

Los Partidos Políticos, Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 27 de marzo de 2015, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 0108-2015-J/ONPE.

El modelo de cédula publicado mide 21.00 cm. de largo x 26.00 cm. de ancho, es de formato vertical a full color y 01 color en el reverso.

PUBLICACIfiN OBLIGATORIA DE
REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS
DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51° y 109° de la Constitución Política del Perú.

LA DIRECCION
{E}TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Autorizan viaje de magistrado a Paraguay, en comisión de servicios
{N}RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 048-2015-P/TC
Lima, 22 de abril de 2015
VISTAS:

La Carta de invitación de fecha 31 de marzo de 2015, cursada por la Cámara de Libro de Asunción – Paraguay, y la Carta N° 002-2015-CRN/TC dirigida a la Presidencia del Tribunal Constitucional; y,
CONSIDERANDO:

Que mediante la Carta de fecha 31 de marzo de 2015, se invita al magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez, Director del Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del Tribunal Constitucional del Perú, a participar en la Feria Internacional del Libro de Asunción, para dictar una conferencia sobre "T oribio Pacheco y la Guerra del Pacífico" y presentar el libro "Cuestiones Constitucionales", editado por el CEC;

Que para facilitar la participación del magistrado, la carta de invitación señala que la Cámara de Libro de Asunción, asumirá los costos de hospedaje por los días dure la presencia del magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez, para dictar la conferencia;

Que el Secretario General ha informado que el Pleno ha tomado conocimiento de la invitación y autorizado el viaje en su sesión de fecha 14 de abril de 2015, estimando que la participación del magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez, es muy importante y valiosa para intercambiar experiencia en el área académica y jurisdiccional, la misma que, sin duda, redundará en beneficio de éste Tribunal;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N° 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Reglamento Interno de Trabajo, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, su modificatoria el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, la Décimo Tercera Disposición Final de la Ley N° 28411 y la Directiva N° 001-2013-DIGA/TC aprobada por Resolución de Dirección General N° 24/2013-DIGA/TC.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez, del 29 de abril al 2 de mayo de 2015, a la ciudad de Asunción, Paraguay, para los fines que se exponen en la presente.

Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle:

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.