5/08/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 389-DE/SG Autorizan ingreso al territorio de la República de personal

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 389-DE/SG Lima, 7 de mayo de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nros. 234 y 336 del 26 de marzo y del 6 de mayo de 2015, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que, mediante Oficio G.500-1680, del 15 de abril de 2015, el
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Ecuador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 389-DE/SG
Lima, 7 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímiles (DSD) Nros. 234 y 336 del 26 de marzo y del 6 de mayo de 2015, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra;

Que, mediante Oficio G.500-1680, del 15 de abril de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país de los alumnos del curso de administración militar de la Escuela de Capacitación y Perfeccionamiento de la Armada de la República del Ecuador;

Que, el referido personal militar ingresará al territorio de la República, del 08 al 11 de mayo de 2015, con la finalidad participar en una Gira Académica Profesional en las instalaciones de la Comandancia de la Fuerza de Infantería de la Marina, la cual permitirá intercambiar conocimientos y experiencias de carácter académico profesional, así como afianzar los lazos de amistad y reciprocidad entre ambas Armadas;

Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaría de la Comandancia General de la Marina y, de conformidad con la Ley N° 27856, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a CIENTO SIETE (107) militares de la República del Ecuador, del 08 al 11 de mayo de 2015, con la finalidad de participar en una Gira Académica Profesional en las instalaciones de la Comandancia de la Fuerza de Infantería de la Marina.

Artículo 2°.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley N° 28899 y Ley N° 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAKKE VALAKIVI ALVAREZ
Ministro de Defensa

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