7/24/2015

RESOLUCIÓN SBS N° 4053-2015 Rectifican la parte resolutiva de la Res. SBS N° 2661-2015

Rectifican la parte resolutiva de la Res. SBS N° 2661-2015 RESOLUCIÓN SBS N° 4053-2015 Lima, 10 de julio de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Agropecuario - AGROBANCO el 1 de julio de 2015, para que se rectifique en la Resolución SBS N° 2661-2015 la dirección de la oficina especial autorizada a abrirse en la calle Desamparados N° 158-B, distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica. CONSIDERANDO: Que, en la solicitud original presentada por AGROBANCO
Rectifican la parte resolutiva de la Res. SBS N° 2661-2015
RESOLUCIÓN SBS N° 4053-2015
Lima, 10 de julio de 2015
LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:

La solicitud presentada por el Banco Agropecuario - AGROBANCO el 1 de julio de 2015, para que se rectifique en la Resolución SBS N° 2661-2015 la dirección de la oficina especial autorizada a abrirse en la calle Desamparados N° 158-B, distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica.

CONSIDERANDO:

Que, en la solicitud original presentada por AGROBANCO el 30 de abril de 2015 solicitando la apertura de una (1) oficina especial, se incluyó como dirección de apertura "calle Desamparados N° 158-B, distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica";

Que, mediante Resolución SBS N° 2661-2015 del 14
de mayo de 2015, se autorizó a AGROBANCO, en los términos contenidos en su solicitud, la apertura de una oficina especial ubicada en la calle Desamparados N° 158-B, distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica;

Que, mediante comunicación del 1 de julio de 2015
AGROBANCO informa que su Directorio acordó rectificar la dirección de la mencionada oficina especial, precisando que la dirección correcta es "Jr. Libertad N° 181, distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica", y remitiendo la documentación correspondiente;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 201° de la Ley N° 27444 ? Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS N° 12883-2009;

RESUELVE:

Artículo Único.- Rectificar la parte resolutiva de la Resolución SBS N° 2661-2015, según el siguiente detalle:

Dice:
- Autorizar al Banco Agropecuario - AGROBANCO, la apertura de una (1) oficina especial ubicada en la calle Desamparados N° 158-B, distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica.

Debe decir:
- Autorizar al Banco Agropecuario - AGROBANCO, la apertura de una (1) oficina especial ubicada en el Jr. Libertad N° 181, distrito y provincia de Pisco, Departamento de Ica.

Regístrese y comuníquese.

PATRICIA SALAS CORTÉS
Intendente General de Banca
Organos Autonomos, Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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