8/20/2015

DECRETO SUPREMO N° 231-2015-EF Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO Nº 231-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio
Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 231-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, señala que en la Reserva de Contingencia se ha 559554 NORMAS LEGALES
Jueves 20 de agosto de 2015 / El Peruano incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para realizar acciones durante el Año Fiscal 2015 que permitan brindar la atención oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitación post desastre de la infraestructura pública dañada, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico - científico competente;

Que, los literales c) y d) de la citada Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, establecen que el Instituto Nacional de Defensa Civil -
INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Inversión Pública, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos;

Que, el artículo 4 de la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01
"Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 010-2014-EF/63.01, dispone que la mencionada Directiva es de aplicación a las Entidades del Sector Público No Financiero de los tres (03) niveles de gobierno, que soliciten los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, para ejecutar acciones ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos durante el último trimestre del Año Fiscal 2014, así como los que se produzcan o pudieran producirse durante el Año Fiscal 2015 y los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia declarados elegibles en el Año Fiscal 2014
a los que no se les hubiera asignado recursos en dicho año fiscal;

Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la misma Directiva señala que es competencia del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente a las entidades correspondientes en un plazo máximo de diez (10) días calendario, contados desde el día siguiente de haber sido autorizada la transferencia de partidas por parte del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, según el artículo 10 de la referida Directiva Nº 002-2014-EF/63.01, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención:

Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; y Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, que son presentados a la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles;

Que, el numeral 11.6 del artículo 11 de la citada Directiva, señala que el Titular del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI
aprobando las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Directiva, Que, el numeral 12.2 del artículo 12 de la Directiva en mención, señala que para el financiamiento de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia, el Titular del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI
remite al Ministerio de Economía y Finanzas, mediante informe sustentatorio la solicitud de crédito presupuestario, en el cual señala la relación de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, indicándose sus respectivos montos de inversión;

Que, la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 011-2014-EF/63.01, establece un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia ante la presencia de desastres que declare elegibles la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, como requisito previo a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282;

Que, el numeral 7.9 del artículo 7 de la Directiva en mención, señala que el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI en un plazo máximo de cinco (05) días calendario contado desde el día siguiente de haber recibido la declaratoria de elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia por parte de la Dirección General de Inversión Pública solicitará los recursos a los que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el artículo 13 de la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01, establece que la transferencia de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

Que, en aplicación de lo antes señalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2291-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de
SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 668 980,00), de los cuales serán transferidos financieramente CIENTO
OCHENTA Y SEIS MIL CINCO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 186 005,00) a la Municipalidad Distrital de Uraca del Gobierno Regional de Arequipa para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación del servicio de abastecimiento de agua para riego, mediante la rehabilitación del acueducto ubicado en el anexo del Pedregal, Distrito de Uraca, Provincia de Castilla, Región Arequipa, dañado severamente por el ingreso de la torrentera (huayco) del pedregal como consecuencia de las intensas lluvias inusuales producidas en la zona entre los días 24 al 26 de marzo del año 2015" y "Rehabilitación del servicio de tratamiento de aguas residuales con la rehabilitación de biodigestores severamente dañados y enterrados por efecto del huayco producido en la quebrada Pedregal, como consecuencia de intensas precipitaciones en la microcuenca de pedregal, en fecha 24 de marzo del 2015, anexo de Pedregal, Distrito de Uraca, Provincia de Castila, Región Arequipa"; DIECINUEVE
MIL DOSCIENTOS ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 19 211,00) a la Municipalidad Distrital de Lluta del Gobierno Regional de Arequipa para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de la bocatoma y canal San Luis Suchocc en 1768 ml, localidad de Suchocc, Distrito de Lluta, Provincia de Caylloma, Departamento de Arequipa, afectado por intensas lluvias e ingreso de huaycos producido el día 20 de marzo del 2015";

CIENTO VEINTE MIL SETECIENTOS CUATRO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 120 704,00) a la Municipalidad Distrital de Huaynacotas del Gobierno Regional de Arequipa para la ejecución de tres (03) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación del canal de riego Chacclla - Taurisma del Distrito de Huaynacotas, Provincia de la Unión del Departamento de Arequipa, afectado por las intensas lluvias ocurrido el 17 de marzo del 2015", "Rehabilitación de la red de agua potable de Taurisma del Distrito de Huaynacotas, Provincia de la Unión, Departamento de Arequipa, afectado por intensas lluvias del 17 de marzo del 2015", y "Rehabilitación de la red de agua potable de Antabamba del Distrito de Huaynacotas, Provincia de La Unión, Departamento de Arequipa, afectado por intensas lluvias del 17 de marzo del 2015"; CIENTO NOVENTA Y
CINCO MIL QUINIENTOS CUATRO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 195 504,00) a la Municipalidad Distrital de Yanaquihua del Gobierno Regional de Arequipa para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de 540 m del sistema de riego del canal principal de la barrera, (entre las progresivas 0+00 a 11+377) Distrito de Yanaquihua, Provincia Condesuyos, Departamento Arequipa, afectado por las intensas lluvias del día 22 de marzo del 2015", CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS
559555 NORMAS LEGALES
Jueves 20 de agosto de 2015
El Peruano /
CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.

45 447,00) a la Municipalidad Distrital de Chiguata del Gobierno Regional de Arequipa para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de cobertura de aulas en IE
40637 Fernando Belaunde Terry, en un área de 210.8
m2, ubicado en el anexo de Espiritu Santo, Distrito de Chiguata, Provincia y Departamento de Arequipa, afectado por las intensas lluvias del día 08 de marzo del 2015" y CIENTO DOS MIL CIENTO NUEVE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 102 109,00) para la Municipalidad Distrital de Maca para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación del canal Tarucani ubicado en el sector de Anansaya perteneciente al Distrito de Maca, Provincia de Caylloma, Región Arequipa; afectado por las lluvias intensas ocurridas en los meses de febrero y marzo del año 2015" y "Rehabilitación del canal Putuciero ubicado en el sector de Anansaya perteneciente al Distrito de Maca, Provincia de Caylloma, Región Arequipa; afectado por las lluvias intensas ocurridas en los meses de febrero y marzo del año 2015", los cuales en todos los casos han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3007-2015-EF/63.01 de fecha 10 de julio del 2015;

Que, asimismo, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2295-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de UN MILLON SETECIENTOS
SESENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y NUEVE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 1 767 049,00) los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Río Grande del Gobierno Regional de Arequipa, para la ejecución de once (11) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación de la carretera Piuca-Huaca Sector el Fronton, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias de fecha 24 de marzo, 2015", "Rehabilitación de Dique La Banda - Buenos Aires progresivas 0+129.29 km, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias de fecha de 24 de marzo, 2015", "Rehabilitación del Dique Iquipi - La Victoria progresiva 0+165.54 km, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias de fecha de 24 de marzo, 2015", "Rehabilitación de la trocha carrozable La Victoria en el Sector Alto Molino - La Barrera, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias de fecha 24 de marzo, 2015", "Rehabilitación de la Bocatoma Iquipi - Ispana, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias de fecha 24 de marzo, 2015", "Rehabilitación de la carretera Alto Molino -San Juan Sector Pueblo Libre, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias de fecha 24 de marzo, 2015", "Rehabilitación de la trocha carrozable San Juan Cerro Rico en el Sector Arroyo, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias de fecha 24 de marzo, 2015", "Rehabilitación de la trocha carrozable San Juan Cerro Rico en el Sector La Capilla, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Departamento de Arequipa, afectado por las intensas lluvias de fecha 24 de marzo, 2015", "Rehabilitación de la trocha carrozable San Juan Cerro Rico en el Sector Champune, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias del 24 de marzo, 2015", "Rehabilitación de la trocha carrozable San Juan Cerro Rico en el Sector Santo Solano, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias del 24 de marzo, 2015", y "Rehabilitación de la línea de conducción de agua para consumo humano Quebrada El Porvenir, Andaray - AAHH
Pueblo Libre (Avispa) en la progresiva 0+000 a 11+480.31
km, Distrito de Río Grande, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias de fecha 24 de marzo, 2015", los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3008-2015-EF/63.01 de fecha 10 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2420-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO SESENTA MIL TRESCIENTOS
VEINTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 160
324,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Chalaco del Gobierno Regional de Piura, para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable Quebrada La Guerra - Ñoma-Chalaco-Lanche, Distrito de Chalaco, Provincia de Morropón, Departamento de Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 22 de marzo del 2015" y "Alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable del tramo Chalaco - Silahua-Las Mishcas, Distrito de Chalaco, Provincia de Morropón, Departamento de Piura, afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 22 de marzo del 2015";

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2572-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS
DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 214
419,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 401 Salud Chota del Gobierno Regional de Cajamarca, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación del puesto de salud El Nogal Distrito de Chalamarca - Provincia de Chota - Departamento de Cajamarca, afectado por inundación ocurridas el 19 de marzo del 2015", el cual ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3298-2015-EF/63.01 de fecha 24 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2573-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA
Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 61 389,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Carayani del Gobierno Regional de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de la Bocatoma de Marcani - Torocha, Distrito de Cayarani, Provincia de Condesuyos, Región Arequipa afectado por las intensas lluvias del 26 de marzo del 2015" el cual ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3338-2015-EF/63.01 de fecha 31 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2574-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 399 338,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Tumbes del Gobierno Regional de Tumbes, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de la defensa ribereña en la margen izquierda de la Quebrada Cabuyal, Progresiva 0+086.35 A 0+233.10 en el Distrito de Pampas de Hospital - Provincia y Departamento de Tumbes, afectado por las lluvias el 28 de marzo de 2015" el cual ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3361-2015-EF/63.01 de fecha 31 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2577-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y
UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 631,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Nicolás de Piérola del Gobierno Regional de Arequipa, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación del Canal Nueva Esperanza en una longitud de 25 m. de la localidad de Socso, ubicado en el Distrito de Nicolas, Provincia de Camaná, Departamento de Arequipa afectado por la entrada de huayco en la quebrada de Molles, ocurrida el día 26 de marzo del 2015, ocasionado por las fuertes precipitaciones, en la zona altoandina", el cual ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3338-2015-EF/63.01 de fecha 31 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2579-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 619
448,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de San Juan de la Virgen del Gobierno Regional de Tumbes, para la ejecución de un 559556 NORMAS LEGALES
Jueves 20 de agosto de 2015 / El Peruano (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de vías de acceso a centros poblados y centros de producción agrícola en el Distrito de San Juan de la Virgen, Provincia y Departamento de Tumbes, por inundación ocurrida el 27 y 28 de marzo del 2015", el cual ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3925-2015-EF/63.01 de fecha 24 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2594-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 189 918,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Huanca del Gobierno Regional de Arequipa, para la ejecución de cinco (05) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación del canal Aqquero de la progresiva 0+100 a la 0+236.60, afectados por inundaciones y deslizamientos a causa de torrenciales lluvias ocurridas el 15 de febrero del 2015 en el Distrito de Huanca, Provincia de Caylloma, Región Arequipa", "Rehabilitación del canal El Pueblo de la progresiva 0+020.00 a la 0+091.20 y de la progresiva 0+260.00 a la 0+310.50 afectados por la entrada de huaycos a causa de torrenciales lluvias ocurridas el 15/02/2015 en el Distrito de Huanca Provincia de Caylloma - Arequipa", "Rehabilitación del canal de Murco entre las progresivas 0+170 a la 0+215 y la progresiva 0+540 a la 00+595 m y la progresiva 0+760 a la 00+805
m, afectado por la caída de huaycos y deslizamientos del día 19 de marzo del 2015, en el anexo de Murco Distrito de Huanca, Provincia Caylloma, Departamento Arequipa", "Rehabilitación del canal Paltanayoc de la progresiva 0+309.63 a la 0+484.64 en el Distrito de Huanca, Provincia de Caylloma, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias y deslizamientos del día 15 de febrero del 2015", y "Rehabilitación del canal Vailillas Pujya de la progresiva 1+040 a la 1+257 m y la progresiva 0+343.468
a la 0+381.488 m afectados por deslizamientos a causa de torrenciales lluvias ocurridas el 19 de marzo del 2015
en el Distrito de Huanca, Provincia de Caylloma, Región Arequipa" los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3354-2015-EF/63.01 de fecha 31 de julio del 2015;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a través del Oficio Nº 2595-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y
NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 189 967,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Huánuco del Gobierno Regional de Huánuco, para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Instalación del servicio de protección frente a inundaciones y erosión en la margen izquierda del Rio Topa y derecha del Río Silabarco en el poblado de San Pablo, Distrito de Chaglla, Provincia de Pachitea, Departamento de Huánuco por peligro inminente" y "Instalación del servicio de protección frente a inundaciones y erosión en la margen izquierda del Río Topa en el Caserío de Topa, Distrito de Chaglla, Provincia de Pachitea, Departamento de Huánuco por peligro inminente" los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3362-2015-EF/63.01 de fecha 31 de julio del 2015;

Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de SIETE MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 7 307 463,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015" y la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres";

De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres" y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI hasta por la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS SIETE
MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 7 307 463,00), a fin de atender treinta y tres (33) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia y dos (02) Actividades de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.0. Reserva de Contingencia 7 307 463,00
------------------ TOTAL EGRESOS 7 307 463,00
==========
A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.4. Donaciones y Transferencias 7 307 463,00
------------------ TOTAL EGRESOS 7 307 463,00
==========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

559557 NORMAS LEGALES
Jueves 20 de agosto de 2015
El Peruano / 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas

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