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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 519-2015/MINSA Aprueban Documento Técnico: Plan de Prevención y Reducción
8/27/2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 519-2015/MINSA Aprueban Documento Técnico: Plan de Prevención y Reducción
Aprueban Documento Técnico: Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud ante la Temporada de las Bajas Temperaturas 2015-2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 519-2015/MINSA Lima, 21 de agosto del 2015 560091 NORMAS LEGALES Jueves 27 de agosto de 2015 El Peruano / Visto, el Expediente Nº 15-045934-001, que contiene el Memorando Nº 722-2015-DG-OGDN/MINSA de la Oficina General de Defensa Nacional; CONSIDERANDO: Que, los artículos II y IV del Título Preliminar
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 519-2015/MINSA
Lima, 21 de agosto del 2015
560091 NORMAS LEGALES
Jueves 27 de agosto de 2015
El Peruano / Visto, el Expediente Nº 15-045934-001, que contiene el Memorando Nº 722-2015-DG-OGDN/MINSA de la Oficina General de Defensa Nacional;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, el numeral 13.4 del artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que los titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres en el ámbito de su competencia. Estos grupos coordinarán y articularán la gestión prospectiva, correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD. Los grupos de trabajo estarán integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes;
Que, en el marco de las competencias asignadas en el artículo 24 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, la Oficina General de Defensa Nacional, en su calidad de órgano encargado de prestar el asesoramiento en el planeamiento, programación, ejecución y supervisión de las acciones de defensa nacional, que requiera la Alta Dirección, los órganos del Ministerio de Salud, órganos desconcentrados y organismos públicos descentralizados, en colaboración con las instancias del Ministerio de Salud, ha elaborado la propuesta de "Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud ante la Temporada de las Bajas Temperaturas 2015-2016", el cual establece las actividades y tareas del Ministerio de Salud para prevenir y reducir el riesgo en salud de la población, frente a los efectos de las bajas temperaturas, teniendo como objetivo específico, estimar los riesgos de desastres en salud, ante la temporada de las bajas temperaturas; prevenir los nuevos riesgos de salud; entre otros;
Que, la Oficina General de Defensa Nacional a través del documento del visto sustentó la necesidad de aprobar el referido Plan de Prevención con eficacia anticipada al 1 de mayo del 2015, teniendo en cuenta las actividades que se vienen ejecutando; por lo que corresponde su aprobación de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que señala que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a las que se pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;
Que, con el Informe Nº 059-2015-OGPP-OPGI/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto otorgó opinión favorable a la suscripción del Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud ante la Temporada de las Bajas Temperaturas 2015-2016;
Estando a lo propuesto por la Oficina General de Defensa Nacional;
Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Jefe del Instituto Nacional de Salud, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar con eficacia anticipada al 1 de mayo del 2015, el Documento Técnico: Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres del Ministerio de Salud ante la Temporada de las Bajas Temperaturas 2015-2016, que adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 019-2015/MINSA, que aprobó con eficacia anticipada al 2 de junio de 2014, el Documento Técnico: Plan de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres frente a los efectos de las Bajas T emperaturas en Salud 2014-2015.
Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Defensa Nacional se encargue de la difusión, asistencia técnica, monitoreo, evaluación y supervisión del citado Documento Técnico.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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